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Participaciones del usuario Bloguer

Bloguer 01/02/11 15:38
Ha respondido al tema Seguro de vida
Si era un seguro de vida a prima única y pago único no tienes por que atender mas cargos sobre el mismo. Pero si te han llegado cargos, lo mas probable es que se trate de un seguro de protección de tipo de interés.
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Bloguer 01/02/11 15:30
Ha respondido al tema Seguro de vida
Exiten cuatro posibilidades: 1.- Que se trate de un seguro de vida a prima única con pagos aplazados. En ese caso dejando de pagar una cuota primero la Aseguradora te informa que suspende la cobertura y con posterioridad anulan el contrato por falta de pago. A partir de aquí contrata donde quieras. 2.- Que se trate de un seguro de vida anual renovable con vencimiento 2015. En ese caso se comunica la no renovación en la próxima anualidad con dos meses de antelación al vencimiento anual. A partir de aquí contrata donde quieras. 3.- Que se trate de un seguro de protección de tipo de interés, en cuyo caso, si tu no eras consciente de ello a la firma del contrato debes denunciar (las asociaciones de consumidores te pueden hechar una mano). 4.- Que no sea ninguna de las anteriores en cuyo caso debes pedir por escrito al banco que justifique el cargo y a la Aseguradora que te remita (por extravio del original) copia del contrato suscrito. Todo ello siempre por escito con dos copias la que entregas al banco o a la Aseguradora y la tuya sellada por el banco o la Aseguradora conforme la han recibido. Saludos.
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Bloguer 01/02/11 14:06
Ha respondido al tema ¿ Se puede pedir información de un Plan de Jubilación actualizado?
Tienes todo el derecho a solicitar los valores de rescate actualizados de cualquier seguro de jubilación. La manera de que te hagan caso es enviarles un fax o un mail, solicitando dichos valores actualizados informandoles que si no los recibes en breve plazo presentaras la correspondiente denuncia contra el Director General de la Sociedad por intento de apropiación indebida. Veras como así te atienden. Generali Seguros C/ Orense, 2 28020 MADRID Fax 91 590 57 90 Correo [email protected] Consejero Delegado : Jaime Anchústegui. Espero que funcione. Saludos.
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Bloguer 01/02/11 13:50
Ha respondido al tema Duda contenido o continente
Los toldos anclados son continente. Si el edificio no es tuyo puedes contratar el continente a PRIMER RIESGO por el importe de los toldos y un poco mas, con lo que te aseguraras que la Compañia no pueda aplicarte regla proporcional. Saludos.
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Bloguer 31/01/11 19:02
Ha respondido al tema Dudas sobre decesos con Alianza Española
Antes que nada, les acompaño en el sentimiento. Yo actuaria de la siguiente manera: Primero buscar la copia de la póliza (condicionados general y particular). Si no los encuentras pedirlos a la Aseguradora. Segundo revisar la póliza, comprovar las garantias contratadas y comparalas con las recibidas en el proceso de defunción y entierro. Si no han cumplido reclamar, siempre por escrito cuantificado y duplicado para que quede constancia.
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Bloguer 31/01/11 18:55
Ha respondido al tema Cancelar seguro de vida en sabadell
Para cancelar cualquier seguro hay que comunicarlo a la Aseguradora con dos meses de antelación, es importante que quede constancia, por lo tanto hacerlo por escrito y duplicado (copia para el banco, copia para ti sellada por el banco). La Ley les impide retener a un cliente que cumple esta premisa, en consecuencia una vez presentado el escrito de baja puedes contratar donde quieras. Escrito de baja Muy señores mios: Les agradecere que a su próximo vencimiento -dia-, -mes-, -año-, den de baja la póliza nº ............ que les tengo suscrita, lo cual les comunico en el presente documento para que sirva a los efectos oportunos en -ciudad- y -fecha- Firmado. (firma con rúbrica) Nombre completo (Se acompaña fotocopia del dni.). Saludos. Bloguer.
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Bloguer 31/01/11 18:19
Ha respondido al tema Chocan mi coche aparcado en la calle sin seguro.????
En primer lugar tener o no tener seguro no influye en la responsabilidad de un tercero, definida en el Articulo 1902 del Código Civil abreviando "el que por acción u omisión ocasionare daño a un tercero vendrá obligado a repararlo" Por tanto tienes derecho a cobrar de la Compañia de Seguros del causante el daño sufrido por tu vehículo. No obstante para poder cobrar son imprescindibles dos requisitos: 1) Reclamar por escrito a la Aseguradora del causante de forma que quede constancia de la reclamación 2) La fra. de reparación ya que no podremos reclamar un importe indefinido. En cuanto al valor del vehículo los términos "valor venal" y "siniestro total" no pueden aplicarse cuando es un tercero el que ocasiona los daños, ya que son conceptos que van unidos por contrato (no por responsabilidad) a las garantias de daños propios, incendio y robo.
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