Si lees bien el artículo: "caída de la demanda, entorno al 30%", lo que significa, al menos, mayor dificultad de poder vender, si eres el propietario por ejemplo de una compra en subasta, si antes tenias X compradores en tu precio de venta, ahora puedes tener 1 o 0. Y sino, tiempo al tiempo.
Angelcaceres08/09/20 11:47
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Chat de subastas
Ya lo pone: "Los precios bajarán más o menos en función de la ciudad y el barrio"
Angelcaceres04/09/20 01:51
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Chat de subastas
Se avecinan malos tiemposhttps://www.expansion.com/empresas/inmobiliario/2020/09/03/5f50bcace5fdeac45e8b458b.html
Angelcaceres02/09/20 14:30
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Chat de subastas
Si, por desgracia en numerosisimas ocasiones, yo he escrito a secretarios coordinadores, por ejemplo de Málaga, y por cuestiones de corporativismo se protegen, y al colegio de registradores. Cuando tenga tiempo escribiré al Ministerio de Justicia y defensor del pueblo andaluz y estatal. Si lo hiciéramos mas gente, igual cambiarían.
Angelcaceres23/04/19 00:12
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Subastas judiciales. Problemática de la posesión
¿? ¿Seguro con la respuesta?, ¿no sería el caso B, el excluido, entendiendo el que la casa construida no estaría con el terreno adquirido?
En el caso B, la hipoteca se formaliza el 1-1-2003 y la casa se hace un año después, sin embargo en el caso C sería el que estaría incluida la casa, porque la hipoteca se hace 1-1-2000, y la escritura de Adquisición por edificación (obra nueva vieja por haber una construcción anterior) es de solo dos meses después.
El comentario no está para dejar en feo a nadie, sino para al menos conocer, que no siempre que se adquiera en subasta un terreno con casa, esté incluida la casa.
Angelcaceres23/04/19 00:00
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La imperiosa necesidad de la aprobación del remate en las subastas judiciales
A todo lo anteriormente citado añadiría dos propuestas:
1.- Poner la queja formal en el CGPJ para que si no ha realizado el decreto de remate lo haga, hay informes al respecto.
2.- Pediría al LAJ que haga el decreto de remate según el art. 670.6 de la LEC, aunque no se vaya a formalizar ninguna hipoteca, para presionar y aportar como otra prueba más que no hace lo que debía hacer.
Art. 670.6 de la LEC "Cuando se le reclame para constituir la hipoteca a que se refiere el número 12.º del artículo 107 de la Ley Hipotecaria, el Secretario judicial expedirá inmediatamente testimonio del decreto de aprobación del remate, aun antes de haberse pagado el precio, haciendo constar la finalidad para la que se expide."
Angelcaceres16/04/19 22:29
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Si el acreedor cree que tiene preferencia tras la quiebra de la subasta es que está en la luna
A veces ocurre que el dinero se queda en tierra de nadie, colgado, a pesar que el letrado haya pedido la devolución, lo mejor es contactar con la Agencia Tributaria o con los del portal BOE para desatascar
Angelcaceres16/04/19 22:19
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Subastas judiciales. Problemática de la posesión
Buenas noches Jotaerre, ¿cual seria la diferencia para ti entre considerar hipotecada y entender adjudicada?, la adjudicación sería un paso más, el último, y el que a la gente que participa en subastas le interesa.
Sobre una edificación anterior, es como tu dices en la misma finca, bien porque se tira la antigua, y se construye una nueva o se va ampliando.
Respecto a "adquisición por edificación", se llamaba así en las antiguas escrituras, en las mas modernas, se llama nueva construcción, y es para poder registrar una vivienda que no figuraba, se hace una escritura con ese contenido.
Para no darle yo un disgusto al veterano mfmelo, te dejo que le contestes el caso que falta el B, y si deseas comentar algo sobre el C, una vez resuelta la duda.
Saludos
Angelcaceres13/04/19 23:23
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Subastas judiciales. Problemática de la posesión
No un ejemplo, sino cinco para que sirvan para la discusión, con fechas hipotéticas. Uno de ellos al menos no entraría la vivienda, en el resto sería discutible ¿Cuáles serian para vosotros los que si estaría incluida la vivienda y en cuales no?, con argumentos.
Todo ello en base a la Ley hipotecaria Artículo 109. La hipoteca se extiende a las accesiones naturales, a las mejoras y al importe de las indemnizaciones concedidas o debidas al propietario por razón de los bienes hipotecados.
Artículo 110.Conforme a lo dispuesto en el artículo anterior, se entenderán hipotecados juntamente con la finca, aunque no se mencionen en el contrato, siempre que correspondan al propietario: Primero. Las mejoras que consistan en nuevas plantaciones, obras de riego o desagüe, obras de reparación, seguridad, transformación, comodidad, adorno o elevación de los edificios y cualesquiera otras semejantes que no consistan en agregación de terrenos, excepto por accesión natural, o en nueva construcción de edificios donde antes no los hubiere.
Finca 1111
Caso A
1-1-2000 Adquisición por compraventa
1-1-2001 Inicio de edificación de casa
1-1-2003 Fin de obra de casa, no se lleva al registro.
1-1-2004 Solicitud de hipoteca
1-1-2010 Subasta
Caso B
1-1-2000 Adquisición por compraventa
1-1-2003 Solicitud de hipoteca
1-1-2004 Inicio construcción casa
1-1-2006 Fin de obra de casa, no se lleva al registro.
1-1-2010 Subasta
Caso C
1-1-2000 Compra de terreno
1-1-2000 Solicitud de hipoteca
1-3-2000 Adquisición por edificación
1-1-2010 Subasta
Caso D
1-1-2000 Adquisición por compraventa
1-1-2004 Solicitud de hipoteca
1-1-2005 Sobre una edificación anterior se construye una casa mas grande a lo largo ancho y alto.
1-1-2007 Fin de obra de casa, no se lleva al registro.
1-1-2010 Subasta
Caso E
1-1-2000 Adquisición por compraventa
1-1-2001 Inicio de edificación de casa
1-1-2003 Fin de obra de casa, no se lleva al registro.
1-1-2004 Solicitud de hipoteca
1-1-2005 Sobre una edificación anterior se construye una casa mas grande a lo largo ancho y alto.
1-1-2007 Fin de obra de casa, no se lleva al registro.
1-1-2008 Ambas casas se unen en una por medio de corredores
1-1-2010 Subasta