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Bajada de sueldo de funcionarios: en 2010... como en el siglo pasado
...Y los recursos limitados de ahí el que toque recortar.
Almotamid13/05/10 18:19
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Bajada de sueldo de funcionarios: en 2010... como en el siglo pasado
No, desgraciadamente no lo es. Requiere tiempo, por supuesto capacidad, algo de mano (tú me entiendes) y unas circunstacias económicas que igual todos no poseemos. Por no hablar del tapón que suponen todos aquellos que hace muuchos años entraron de interinos sin tenerlas aprobadas y, muuuchosaños después, concursan y opositan, obligando a los que se incorporan a sacarse un 10 para "pillar cacho".
Almotamid13/05/10 15:46
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Bajada de sueldo de funcionarios: en 2010... como en el siglo pasado
Es un placer compartir este espacio con vosotros. Se aprende mucho. Aunque hay posturas, ya no dispares, sino opuestas os daría la razón a casi todos por una razón u otra. Mi único arma para esto que voy a decir es el sentido común y mi experiencia. En lo que se refiere a funcionarios no voy a hablar de todos, pero sí de bastantes.
Si se toman esas medidas es para poder seguir endeudándonos y, si lo hacemos, será porque no tenemos bastante con lo que generamos. Así que si queremos que nos presten tendremos que "pasar por el tubo". Podemos discutir lo que queramos y tener razón y ser los "más mejores" pero como no podemos optar por no endeudarnos pues consumiremos antirreumáticos (ajo y agua).
Soy licenciado universitario, trabajo en una empresa privada, en la misma desde hace ya algunas crisis y, afortunada o desgraciadamente, mi "concurso oposición" es diario, y no me garantiza nada. El día que la empresa vaya mal no se tomará ni la molestia de bajar los sueldos a nadie. Montará un ERE bendecido por el sindicato de turno (los denominados "de clase" incluidos, sólo es cuestión de hacer lo que sabemos que se hace)y Trabajo dirá amén. También puede cerrar. Kaputt, fin.
Estoy convencido de que muchos de los que no somos funcionarios, aun perdiendo mucha pasta, nos cambiabamos "a pelo" por esos mileuristas. Despúes de todo hay bastantes de ellos que tienen a su mujer o a su hijo "trabajando" por las tardes(a ratos por las mañanas también) en otros sectores (en una tienda, como comisionista, cuando no en negro directamente). Creo que casi todo dios sabe a qué me refiero.
Tener un trabajo vitalicio durante una crisis no tiene precio; como no lo tiene el acceso garantizado a la sanidad privada (yo me lo tengo que pagar); el disfrute de cualquier conquista social ipso facto (¿quién no se pilla su baja "paternal?¿quién no su hora/s de lactancia?). Ni admiten comparación esos horarios de trabajo (excepto en algunos servicios) envidiables. Si además perteneces a una Comunidad Autónoma, Ayuntamiento o Diputación (¡qué paraíso amigo!)esas condiciones estándar mejoran notablemente.
Y que nadie se queje de que se ganaba más en el sector privado mientras ellos ganaban sueldos misérrimos para pagar tanto master y título universitarios. Quien no se ha pedido una excedencia es porque no le ha dado la gana. Podéis probar a hacerlo en la empresa privada y ver cómo te despiden al volver.
Un apartado especial para los funcionarios titulados que "ganan poco". Si obtuvistéis vuestra licenciatura, como lo hice yo, en una universidad pública, vuestra carrera ha sido sufragada por los impuestos de todos. Ferrallistas incluidos. Esa carrera os ha servido después para optar a puestos de inferior cualificación a los que quizá no pudo el hijo del ferrallista porque a lo mejor en su casa no se podían permitir mantener a nadie hasta los 30 buscando "un trabajo fijo para toda la vida". Si eres licenciado en algo que no le importa a nadie más que a ti y le has "quitado" en una oposición el trabajo de jardinero a uno con la FP aguántate, curra y no te quejes.
Mi intención no es molestar a nadie pero, para terminar, si me he de endeudar y hacen pagar más impuestos para infraetructuras, formación e i+d, trago. Si es para mantener sueldos que no nos podemos permitir, no trago.
Saludos.
Almotamid22/02/10 19:35
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Heredera de un beneficiario en Renta Vitalicia
Hola, necesitaríamos saber qué tipo de renta vitalicia es, si tiene algún tipo de reversibilidad prevista o capital de fallecimiento. Si es una vitalicia pura, sin capital de fallecimiento, al producirse dicha contingencia deja de abonarse la renta. No tendriais, pues, derecho a nada más. Es muy raro encontrar vitalicias pura en las que los beneficiarios sean distintos del asegurado. Si existe algún tipo de garantía de fallecimiento, se estará a lo designado en la póliza excepto que por testamento se haya producido una alteración en la designación de los mismos.
Con más información podría ser más exacto.
Saludos.
Almotamid11/02/10 11:38
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Dudas fallecimiento de mi padre- Seguro de vida
En la póliza han de figurar forzosamente los beneficiarios o los criterios de designación de los mismos mediante algún tipo de fórmula legal (El cónyuge, en su defecto por orden excluyente de prelación....etc).Podéis hacer una liquidación provisional exclusivamente por el importe del seguro de vida. Aquí cada CA tiene potestad normativa sobre el asunto así que debes informarte sobre eso. En cualquier caso, lo más económico suele ser repartir entre el cónyuge y los hijos. Imagino que cuando hablas de "Hacienda" te refieres al IRPF. Son impuestos distintos. En el de sucesiones (ISD) estas liquidando la transmisión de bienes y derechos a título gratuito "mortis causa". Este es el que se te aplica. El IRPF vendrá cuando, por ejemplo, inviertas ese dinero en algún activo que genere rendimientos (depósitos, fondos, acciones, etc) tributando exclusivamente por los mismos. Espero que te sirva de ayuda. Saludos.
Almotamid14/01/10 12:25
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¿Cuanto puede ser la prima anual de un seguro de vida por 30.000€ de capital?
No sé qué edad tienes, y el mercado es libre...pero 270 euros por un seguro de 30.000 es un atraco. Mira por bien por ahí.
Almotamid13/01/10 18:47
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Seguro de vida: ¿Hay posibilidades?
El apartado de drogas, alcohol, estupefacientes, tabaco, forma parte de la declaración del Tomador/Asegurado sobre la naturaleza del riesgo (en este caso el estado de salud de la persona que se va asegurar. Por supuesto que forma parte de las exclusiones de las causas de fallecimiento o invalidez accidentales, como bien dices. Pero en el caso que nos ocupa no sería necesario ya que el sucidio no está cubierto por los eventuiales complementarios de accidentes que pudiera tener la póliza principal de vida.
Almotamid13/01/10 12:26
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Seguro de vida: ¿Hay posibilidades?
Van a tener que pagar. Pero como les suena a que les han colado un "gol por la escuadra" (27 años, seguro de vida, suicidio transcurrida la carencia legal para la causa de autolisis) van a agarrarse a todo lo que puedan (buscaran posibles falsedades en la declaración de salud, entre otras cosas si contestó negativamente al consumo de grogas o estupefacientes). Lo normal es que hagan el amago de ir juicio y poco antes os hagan un ofrecimiento de cantidad por debajo del capital asegurado.
Almotamid13/01/10 12:12
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Axa acepta dos seguros y solo paga uno.
Esta claro que lo que sí ha existido es una mala praxis (digamoslo suavemente) por parte de AXA, ya que es ecidente que esa situación se va a producir en todas las ocasiones en que un vehiculo que haya contratado esta cobertura resulte siniestro total por intervención de un tercero. Es evidente que la velocidad de depreciación del vehículo supera durante los primeros meses el ritmo de amortización del préstamo de manera que siempre quedaría más capital pendiente que indemización a percibir.
Almotamid13/01/10 12:08
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Axa acepta dos seguros y solo paga uno.
Efectivamente, el último párrafo me da la razón. El Servicio de Reclamaciones hace la indicación de que un seguro de daños NO es la vía para el aseguramiento de la cancelación de una deuda en caso de siniestro del bien dañado ya que, efectivamente, se produciría un enriquecimiento injusto. Por ello recomienda ese seguro de crédito como medio más conveniente. De hecho expresa el criterio de que se devuelva la prima pero no que se abone la diferencia entre la indemnización y la deuda. Está claro q