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Participaciones Preferentes de SOS (Grupo de preferentistas)

Estimados “preferentistas” de SOS

A menudo veo las amargas quejas de varios de vosotros sobre el engaño al que habéis sido sometidos, vosotros o vuestros parientes, con la colocación de bonos preferentes de SOS, por parte de vuestro banco o caja de ahorros. Así que me he decidido, con la inestimable ayuda de Rankia, a llevar a cabo algo que varias veces se ha intentado y que yo sepa, nunca se ha conseguido, como es hacer oír la voz de los minoritarios. Tenemos los intentos fallidos en casos como los de Terra, Dogi o La Seda de Barcelona.

Una vez finalizada la ampliación de capital de SOS se dan dos puntos positivos para los preferentistas que anteriormente no ocurrían:

1) Creo que definitivamente la posibilidad de una suspensión de pagos en la compañía ha quedado muy lejana, tanto por la inyección de capital y reducción de deuda, como por la entrada de un accionista de referencia como Ebro Puleva.

2) Cerca de la mitad de los bonos preferentes de SOS estaban en manos de la cajas de ahorros, habiendo acudido estas mayoritariamente a la conversión, por lo que actualmente prácticamente la totalidad de las participaciones que quedan están en manos de pequeños inversores. La importancia de este punto la explicaré mas adelante.

 

Tras estudiar el folleto de colocación de las participaciones, se presentan varios puntos para conseguir hacer oír nuestra voz, los cuales trascribo:

4.7.2.1. Falta de pago integro de la remuneración durante cinco períodos trimestrales consecutivos.

(a) En el caso de que ni el Emisor ni el Garante, en virtud de la Garantía, satisfagan la Remuneración no Acumulativa íntegra respecto de las Participaciones Preferentes durante cinco períodos trimestrales consecutivos los titulares de las Participaciones Preferentes, junto con los titulares de otras participaciones preferentes que haya emitido o, en su caso, pueda emitir el Emisor en el futuro, y que tengan derecho de designación de administradores en dicho supuesto, tendrán derecho a designar a dos miembros adicionales del Consejo de Administración del Emisor. Producida dicha designación, el Garante se compromete a nombrar a las personas así indicadas como miembros del Consejo de Administración del Emisor en el plazo máximo de quince (15) días hábiles desde la referida designación.

Los titulares de Participaciones Preferentes, junto con los titulares del resto de participaciones preferentes que haya emitido o, en su caso, pueda emitir el Emisor, podrán solicitar, de acuerdo con los estatutos sociales, también el cese o la destitución de los miembros del Consejo de Administración del Emisor así designados y designar otros en su lugar, en cuyo caso el Garante se compromete a tomar las medidas oportunas para que la destitución y el nuevo nombramiento tengan lugar en el plazo máximo de quince (15) días hábiles desde que el cese o la destitución y el nuevo nombramiento le sea comunicada por los titulares de las Participaciones Preferentes y el resto de participaciones preferentes del Emisor.

El ejercicio de los derechos citados en el párrafo anterior no se reconoce de forma aislada a los titulares de Participaciones Preferentes, sino de forma conjunta con el resto de titulares de participaciones preferentes que el Emisor haya emitido o, en su caso, pueda emitir en el futuro con un mismo rango que las Participaciones Preferentes. Por tanto, si en el futuro el Emisor decidiera emitir nuevas participaciones preferentes, los titulares de Participaciones Preferentes deberían actuar conjuntamente con los titulares de las participaciones preferentes emitidas con anterioridad por el Emisor y con los titulares de las nuevas participaciones preferentes que tuviesen reconocido el derecho de designación en el mismo supuesto, a efectos de designación de consejeros y del cese o destitución de los mismos.

El acuerdo de designación o destitución de miembros adicionales del Consejo de Administración requerirá el voto favorable de los titulares de las participaciones preferentes del Emisor que tengan reconocido el citado derecho de elección de administradores, que representen la mayoría de las cuotas de liquidación de las mismas. Dicho voto se emitirá en la forma que se indica a continuación.

(b) Los titulares del conjunto de participaciones preferentes del Emisor que tengan reconocido el derecho de designación de consejeros en el supuesto anterior, podrán emitir por escrito el voto para la designación y destitución de consejeros referido en el subapartado a) precedente y remitirlo al Emisor, o bien adoptar el acuerdo correspondiente en una Asamblea General de dichos titulares. En caso de que, transcurridos treinta (30) días naturales desde la fecha en que los titulares de participaciones preferentes que tengan aparejada la facultad a que se refiere el párrafo anterior puedan ejercitar tal derecho, un número de éstos que representen la mayoría de las cuotas de liquidación de las participaciones preferentes no hubieran presentado la notificación por escrito descrita en el párrafo anterior, el Consejo de Administración del Emisor convocará una Asamblea General de los titulares de participaciones preferentes con el objeto de proceder a la designación.

Si el Consejo de Administración no convoca la Asamblea General dentro del citado plazo de treinta (30) días naturales, podrán convocarla los titulares de participaciones preferentes representativas de, al menos, el 10% de las cuotas de liquidación correspondientes a las mismas.

Las disposiciones relativas a la convocatoria y celebración de las Juntas Generales de Accionistas recogidas en los Estatutos del Emisor se aplicarán mutatis mutandis a las Asambleas Generales de titulares de participaciones preferentes convocadas por el Emisor. Dicha convocatoria le será comunicada igualmente a la CNMV.

Los Estatutos del Emisor establecen un mínimo de tres (3) miembros del Consejo de Administración y un máximo de doce (12) miembros. A la fecha de registro de este Folleto, el Consejo de Administración se compone de cinco (5) miembros. A efectos aclaratorios, en el supuesto de que los titulares de participaciones preferentes designaran dos miembros en el Consejo de Administración del Emisor de acuerdo con lo establecido anteriormente, el número máximo de consejeros no se alteraría y seguiría siendo de doce (12), por lo que el Garante, como titular del 100% de las acciones ordinarias del Emisor podría nombrar hasta diez (10) miembros del Consejo de Administración.

Lo establecido en los apartados anteriores será de aplicación siempre que, habiendo incumplido el Emisor con sus obligaciones de pago de la remuneración en los términos indicados, el Garante no hubiera hecho frente a las mismas de acuerdo con la Garantía.

Cualquier miembro del Consejo de Administración nombrado de conformidad con lo dispuesto anteriormente cesará en su cargo si, tras la circunstancia que hubiera dado lugar a su nombramiento, el Emisor o el Garante, en virtud de la Garantía, reanuda la distribución de las remuneraciones íntegras respecto de las Participaciones Preferentes y, en su caso, de las demás participaciones preferentes durante cuatro períodos de remuneración consecutivos.

Tanto el nombramiento como el cese de los consejeros será objeto de anuncio por parte del Emisor en un periódico de difusión nacional en España.

Y hasta aquí la trascripción integra del texto, del cual y aunque no soy abogado, entiendo lo siguiente:

Si durante cinco trimestres consecutivos se deja de pagar la remuneración a las participaciones preferentes (este es el caso), los poseedores de estas participaciones, junto con los de futuras emisiones (no existen mas emisiones de preferentes de SOS) podrán designar dos miembros en el consejo de administración de SOS (para que velen por los intereses de los preferentistas, cosa que actualmente no se esta haciendo), igual que posteriormente destituir a estos dos miembros y nombrar otros nuevos.

Para nombrar a estos miembros, deberá convocarse una asamblea general de preferentistas por parte del consejo de administración de SOS.

Si en el plazo de 30 días este no lo convoca, podrán convocarla “preferentistas” que sumen un 10% de las participaciones.

Estos consejeros nombrados por los poseedores de las participaciones preferentes, cesaran en su cargo, si SOS vuelve a pagar la remuneración durante 4 trimestres consecutivos.

Por lo tanto, nuestro objetivo debe ser reunirnos los poseedores de preferentes que al menos sumemos un 10% de las actuales.

Vamos a estudiar el punto del 10%:

En su día SOS emitió 6.000 participaciones preferentes de 50.000€ de nominal cada una y dado que a la conversión, según publicó la compañía a través de la CNMV, el 78,13% acudieron a la misma, actualmente quedan en circulación 1.311 participaciones. Por lo tanto, necesitamos reunir al menos 132 participaciones.

He aquí la importancia del punto 2) de circunstancias positivas que comentaba en un principio, ya que antes de la ampliación de capital y la conversión voluntaria de participaciones preferentes en acciones, cerca del 50% de las mismas estaban en posesión de las cajas y bancos, por lo que estos tenían la mayoría y hubiera sido imposible nombrar a ningún miembro que representase los intereses de los pequeños inversores. Sin embargo actualmente, quiero pensar que la mayoría de las 1.311 participaciones que permanecen en circulación están en manos de pequeños inversores a los que debemos intentar movilizar, si no queremos que este sea otro intento mas fallido de los pequeños inversores por dar un golpe de mano en los consejos de las empresas cotizadas.

Si conseguimos reunir este 10%, el paso siguiente será convocar una asamblea de “preferentistas” para nombrar dos representantes como consejeros de SOS.

Estoy completamente seguro de que no va a ser del agrado de SOS que dos personas ajenas a su mundo estén vigilando sus pasos, por lo que en primer lugar intentaran poner todas las trabas legales a este nombramiento y en segundo lugar de producirse el nombramiento, harán todo lo posible para volver a remunerar a los poseedores de las participaciones preferentes, para así cesar en el cargo a estos dos representantes. Con lo cual habríamos conseguido nuestro objetivo, ya que una vez que la compañía vuelva a remunerar a las participaciones preferentes, por un lado los poseedores obtienen un rendimiento y por otro lado debería mejorar su cotización.

Estoy deseando escuchar vuestras sugerencias para intentar conseguir el objetivo marcado.

Un saludo a todos y suerte.

 

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  1. #20
    01/02/11 13:54

    Me parece una buena iniciativa además de ver bastante factible la unión de 130 participaciones.
    Si logramos asociarnos una de las primeras cosas que debemos hacer es solicitar la reducción de nominal en la parte proporcional que corresponda por la venta de CUETARA (215M) y SOS (195M), independientemente del pago de cupón. Cuando nosotros prestamos nuestro dinero a SOS, estos activos formaban parte de la empresa y por lo tanto parte era nuestra; si ahora se venden y no reparten beneficios ni pasan a reservas, las condiciones de la compañía cambian sustancialmente y por tanto el contrato inicial se ve modificado unilateralmente perjudicando a una de las partes, nosotros.
    El endeudamiento bestial para la compra de Bertolli (900M), que es el que ha hecho arrastrarse a la compañía y no ha levantado cabeza desde entonces, también hizo cambiar las condiciones económicas y financieras de la empresa a la que nosotros prestamos el dinero.

    Definitivamente, si logramos asociarnos y con la ayuda de un buen abogado creo que podremos conseguir muchas cosas y que se nos oiga fuertemente, por tanto contar conmigo para esta asociación.

    Un saludo.

  2. en respuesta a Montpal
    -
    Top 100
    #19
    29/01/11 12:51

    hombre, los estatutos los puedes conseguir tu, o yo....

    son publicos.

    quien nombra, como y porque al consejo de administración también....

    etc...

    de hecho lo curioso del caso es que sentandote en el consejo de administración la única ventaja es que tienes derecho a oir lo que se dice en el consejo de administración, pero a su vez tienes la obligación de secreto.

    Por lo tanto en este caso en el consejo de administración obtienes sólo la información que ellos querrán que se sepa, ¡para que no la puedas hacer pública!.

    Vamos, que te conviertes en un cura con secreto de confesión....

    si por eso.. mejor fuera del consejo de administración.

  3. en respuesta a Yo mismo
    -
    #18
    29/01/11 12:41

    En cualquier caso, aunque sólo sean dos, pueden pedir muchos estatutos, cuentas, relaciones con la matriz... Pueden llegar a ser moscas co*oneras, que es de lo que se trata.
    Habría que ver lo que establecen los estatutos de la empresa respecto a mayorías necesarias, número de componentes, cómo se nombran, quien los nombra, etc... Aunque que dos sean pocos, a nadie le gusta tener sentado en su mesa a dos que van a estar fiscalizando todo lo que hagas.
    En las sociedades, con un 5% de participación, puedes hacer una auditoría (aunque lo de las auditorías...)
    En definitiva, estar contínuamente pidiendo información (presente y pasada) para que lleguen a cansarse de nosotros y, o bien pagarnos el cupón, o bien, recomprarnos las preferentes.
    Ya sé que esto sería el mundo ideal, pero creo que es una de las maneras (aparte de esperar a ver qué pasa) que hay para intentar recuperar lo invertido.
    Saludos

  4. en respuesta a Antonio aspas
    -
    #17
    29/01/11 12:32

    Veo una gran idea lo que has hecho. Yo ya me he apuntado. A mi padre lo engañaron (presuntamente...), y todo lo que podamos hacer (por poco que sea), estará bien hecho.
    Por mi parte, voy a intentar darle a esta iniciativa el máximo bombo posible.
    Saludos y gracias.

  5. en respuesta a Antonio aspas
    -
    Top 100
    #16
    28/01/11 16:19

    Aquí no hay Gigantes, bien sabemos que Sos Corporación en su día no hizo bien los deberes, hay puedes contemplar pleitos y quizás graves peleas entre ellos me refiero en la Cúpula. Las enfretaciones las habrá porque como accionista que eres hay muchos que han comprado este valor a 9 euros y entre ellos estan las Cajas que dices han cometido errores con los bonos, repito soy accionista pierda o gane, y ten por seguro que de ganar con SOS Corporación quizás gane disgustos no tan fuertes como "Terra" y otros valores que según las Empresas y CNMV no iban con debían de ir,
    ahí tienes a "Amadeus".
    Saludos

  6. en respuesta a Franz
    -
    #15
    28/01/11 15:53

    Es la pelea de David contra Goliat, tienen la ventaja de la desunion del pequeño inversor. Por intentarlo una vez mas que no sea.
    Saludos.

  7. en respuesta a Pedretti
    -
    Top 100
    #14
    28/01/11 14:35

    Esto se va a quedar como ocurrió con los accionistas de "Terra" mucho animar y luego ahí, ahí...
    estaba Alierta para decir que no haya nada de nada. Y al cabo de un tiempo cuando ocurrió lo accionistas de Movistar que no quería hacer el mismo "mal efecto" que a los accionistas de Terra.
    Saludos

  8. en respuesta a Antonio aspas
    -
    Top 100
    #13
    28/01/11 11:56

    me había olvidado disculparme.

    en todo caso creo que esto de tratar de parar los abusos que se cometen, creo que no es ninguna novedad, (espero).

    en todo caso, lo que es importante es que tratemos de buscar formas que tengan posibilidades, y ahí es donde tengo, (creo que tenemos) el problema.

    no es nada fácil y es en lo que tenemos que empezarnos a centrar. propuestas concretas para evitar estas y tantas otras actuaciones que destrozan el sistema

  9. Top 100
    #12
    28/01/11 11:01

    Compré en su día acciones, aunque tuve la ocasión de ponerme en contacto con SOS corporación como accionista, mi llamada fué inútil, la señorita que se puso al teléfono pensó como si tuviera "preferentes" por lo tanto mi llamada fue ineficaz.
    Un saludo

  10. en respuesta a Yo mismo
    -
    #11
    28/01/11 09:30

    Yo mismo,

    Me alegra saber que ha sido un mal entendido y que compartimos el objetivo de poner trabas a los abusos que se cometen.

    Un saludo.

  11. en respuesta a Antonio aspas
    -
    Top 100
    #10
    27/01/11 22:48

    Acabo de releer mi comentario y he comprobado que he redactado mal y puede llevar a engaño.

    cuando dije:

    "pero lo que hay que hacer es acabar con estas tonterias y conseguir que estas prácticas que la defensa de los inversores sea una pantonima de tal calibre... sean desterrada"

    por las tonterias me refería a las actuaciones de estas entidades que colocan estas clausulas redactadas de esta forma, ante la atenta mirada para otro lado de los reguladores.

    Por tanto, lo que quiero dejar claro es que en ningun punto de mi comentario hablaba de tu propuesta, que no es una tontería.

    En particular creo que dado el diseño, es una propuesta que no tiene futuro y esa es la vergüenza de este país, que se diseñan estos activos para que nadie pueda hacer nada.

    A ver, no tengo participaciones de SOS, o mejor dicho no lo sé, porque es posible que a traves de plan de pensiones si que me toque algo...

    Pero en todo caso creo que soy perfectamente consciente del enorme cachondeo que hay.... y un cachondeo con el que hay que acabar. como dicen por ahí, llevo unos cuantos post a cuenta de estas y otras cosas y de cuantos engaños.

    ¿Que hacer?. Pues mira, es la eterna duda que tengo en esta y tantas otras cosas. No lo sé; yo a lo que llego es al blog, y aprovechar las oportunidades que tenga para denunciar estas prácticas, (las de sos y similares) y decir que nos llevan (llevaron) al desastre.

    Es lo que se me ocurre, tratar de difundir los cachondeos estos, (de SOS, repito), y algún día tendremos que pensar en irnos uniendo para ir llevando a tribunales estas cosas, pero no tenemos capacidad.

    ojala tuviese propuestas que sirviesen, pero la triste realidad es que las cosas están muy complicadas.

  12. Top 10
    #9
    27/01/11 22:43

    Creo que la campaña de desprestigio más que contra la empresa SOS, que hasta el "presunto" desfalco de los Salazar iba bien, habría que hacerla contra las entidades bancarias que han colocado "presuntamente" con malas artes estas Preferentes a tantos ancianitos indefensos. ¿Por qué no se las han colocado a un doctor en Economía de 45 años? Y sí a ancianos, analfabetos incluso o con problemas cognitivos?

    Gracias por la iniciativa, aunque a mí me llega demasiado tarde. Si los accionistas (provenientes de PRF SOS) podemos hacer algo, estoy a vuestra entera disposición.

  13. #8
    27/01/11 22:29

    ¿Que les sale más barato, dos consejeros o pagaros lo que os deben?
    ¿Serviría de algo tener dos representantes (hay que comprobar lo que decís, saber de si serían de la filiar o no)?
    Es una alternativa el hacer "propaganda" en medios de comunicación para desprestigiar a la empresa y tal, hasta que sean responsables?

  14. en respuesta a Antonio aspas
    -
    Top 100
    #7
    27/01/11 22:28

    No nos estresemos. Yo tampoco soy ni he sido preferentista de Sos. Cierto que así es más fácil opinar pero estoy seguro de que Yo mismo ha escrito su mensaje con la mejor intención, lleva tiempo en su interesante blog dando su opinión.
    No obstante por supuesto que siempre es buena idea que los inversores minoritarios (sean preferentistas o accionistas) puedan ponerse en contacto entre sí, desde luego.

    Por cierto es curioso que, al menos en España, los emisores de preferentes son simpre fililes que sólo se dedican a eso y nunca la empresa matriz. Da igual que sean bancos, cajas, alimentación o utilities, siempre (que yo sepa) las preferentes se emiten desde una filial ¿quizá por lo del consejo de administración?.

  15. en respuesta a Yo mismo
    -
    #6
    27/01/11 21:46

    Con esta iniciativa no se pierde nada, unicamente he intentado aportar mi granito de arena ante el desespero de algunso pequeños inversores. En el peor de los casos los preferentistas se quedan igual que estaban.
    Desterradas deben ser otras practicas como el atropello a los pequeños inversores.
    Es muy facil utilizar comentarios tan duros si no se tiene ni un duro invertido en este valor, espero que seas asi de contundente con los abusos que se producen en el mercado.
    Seria mucho mas interesante ver algun comentario constructivo de tu parte.

    Saludos

  16. en respuesta a Antonio aspas
    -
    Top 100
    #5
    27/01/11 19:49

    Los Estatutos del Emisor establecen un mínimo de tres (3) miembros del Consejo de Administración y un máximo de doce (12) miembros. A la fecha de registro de este Folleto, el Consejo de Administración se compone de cinco (5) miembros. A efectos aclaratorios, en el supuesto de que los titulares de participaciones preferentes designaran dos miembros en el Consejo de Administración del Emisor de acuerdo con lo establecido anteriormente, el número máximo de consejeros no se alteraría y seguiría siendo de doce (12), por lo que el Garante, como titular del 100% de las acciones ordinarias del Emisor podría nombrar hasta diez (10) miembros del Consejo de Administración

    pues la verdad es que lo dice bastante claro... si no se paga, el garante, (sos) solo puede elegir un maximo de 10 consejeros en el emisor, (sos preferentes) y los otros dos para los preferentistas.

    Respecto a lo de los gustos... pues tener a dos en una filial que se dedica a emitir participaciones y nada más es absolutamente ningún problema... tanto que con no reunir el consejo o no dotarlo de punto del día o no hablar de nada en ese consejo, no se soluciona absolutamente nada.

    lo siento, pero lo que hay que hacer es acabar con estas tonterias y conseguir que estas prácticas que la defensa de los inversores sea una pantonima de tal calibre... sean desterradas

  17. en respuesta a Manolok
    -
    #4
    27/01/11 16:51

    Manolok,

    Muy buena cuestion y la verdad es que no lo tengo tampoco claro, pero en la cnmv no consta ningun consejo de administracion de SOS Corporacion Alimentaria Preferentes, por lo que no puedo resolver la duda.
    Entiendo que primeramente debemos ver cuantos somos (si llegamos al 10%) para consultarlo con un abogado y que de cualquier forma no va a ser plato de gusto para SOS tener dos consejeros externos y no deseados en una de sus empresas.

  18. Top 100
    #3
    27/01/11 15:53

    Sobre lo de que los preferentistas puedan sentar gente en el consejo de SOS-Cuetara veo una pega: la emisión no es de SOS-Cuetara SA sino de su filial SOS-Cuétara Preferentes S.A.U. Supongo que se referirá al consejo de SOS-Cuetara Preferentes ¿no?
    Por dejarlo claro: hay dos empresas
    -el emisor: SOS-Cuétara Preferentes S.A.U.
    -el garante SOS-Cuétara S.A.
    entiendo que toda referencia a puestos en el Consejo es del emisor (o sea SOS-Cuétara Preferentes S.A.U.)

  19. en respuesta a Pedretti
    -
    Top 10
    #2
    27/01/11 14:57

    Ay qué lío Pedretti, creía que habías canjeado por acciones. Este blog se hace para afectados SOS que se quedaron con las preferentes, ¿no?
    A los que canjeamos las preferentes por acciones ya no nos puede defender nadie, por lo que veo. :-(

  20. #1
    27/01/11 14:43

    Animo chicos!!

    Considero que es una muy buena iniciativa

Se habla de...
Deoleo (OLE)

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