Acceder

Subsidio de mayores de 52 años

12 respuestas
Subsidio de mayores de 52 años
Subsidio de mayores de 52 años
#1

Subsidio de mayores de 52 años

Estoy percibidiendo el subsidio de mayores de 52 años y quería saber si tengo que pagar medicamentos ya que anteriormente he percibido la RAI y los tenía gratuitos 
#2

Re: Subsidio de mayores de 52 años

Las competencias en materia sanitaria se transfirieron a las CC AA,  por lo que compruebe el número asignado al código de su tarjeta sanitaria (TSI) sobre este particular consultando en cualquier farmacia o ambulatorio de su lugar de residencia. Éso sí, cada comunidad autónoma puede haber establecido unas exenciones de pago en algunos medicamentos en función del "estado actual del trabajador en a SS" (por ejemplo, si es perceptor de prestación o subsidio) y el nivel de rentas anuales del interesado que remite anualmente el INSS.respecto a cada ejercicio Fiscal.Busque
 en Google, tabla de exenciones de pago de medicamentos de su comunidad autónoma y consulte en su farmacia si paga o no, y a qué medicamentos afecta. Por ponerle mi caso particular, tengo un TSI 003 que en la comunidad autónoma donde resido y por mi nivel anual de rentas (las del subsidio) me exime de cualquier pago (hasta la fecha).










#3

Re: Subsidio de mayores de 52 años

El código TSI 003 corresponde a una aportación del 40% del precio del medicamento y es válido para personas activas con rentas anuales inferiores a los 18.000€

¿Está seguro que no paga nada?
#4

Re: Subsidio de mayores de 52 años

Hola, Paco.
Sí, sí; no pago nada por un medicamento en tratamiento crónico y otro, por dispensación temporal. En su día, comentamos en otro hilo sobre este tema y me quedé con la mosca. Consulté en INSS y en la farmacia y me comentaron éso: Código 003 y por aplicación del nivel de ingresos anuales de la comunidad autónoma donde resido, así lo tengo establecido. Desconozco si tratamientos para X dolencias tendría que pagarlos en parte.
Acabo de mirar Informe de Tratamientos Vigentes y pone lo comentado: TSI 003-Aportación 40 por ciento (como bien indicas tú), pero en la actualidad NO pago nada. Desconozco, como te decía, si depende del tipo de tratamiento Y/o del tipo de fármaco. 

#5

Re: Subsidio de mayores de 52 años

Hola Wediehard

Lo que no he visto nunca que por cobrar el subsidio para mayores de 52 años estés exento de pagar medicamentos.
No sé si es por algo especial de tu Comunidad, por el tipo de tratamiento o porque tengas una discapacidad, pero en general  cobrar este subsidio no te exime de pagar.
Un saludo 


#6

Re: Subsidio de mayores de 52 años

Hola a todos. Estoy cobrando el subsidio + 52 años. Me ha salido un trabajo por sustitución de una baja. Tengo entendido que una vez paralizado el subsidio tengo que trabajar mínimo 3 meses para volver a cobrarlo. ¿Es esto cierto? . Porque si empiezo a trabajar y la persona de baja se incorpora a la semana por ejemplo, ¿podría volver a solicitarlo pasada la semana y me lo concederian de nuevo?
#7

Re: Subsidio de mayores de 52 años

No existe eso que menciona.
Si la causa de baja del contrato no es voluntario se podrá reanudar el subsidio independientemente de la duración del contrato (siempre que no se tenga derecho a paro)
#8

Re: Subsidio de mayores de 52 años

Muchas gracias por la respuesta. Me lo habían mencionado en la misma empresa donde me quieren contratar y me paré para asegurarme. Con la respuesta me quedo más tranquilo. 
#9

Re: Subsidio de mayores de 52 años

Buenos días. Estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años y me gustaría saber si el saldo que tengo en mi cuenta bancaria, el sepe lo tiene en cuenta a la hora de calcular que mis rentas no superen los 915 euros de tope. Yo en mi caso tengo unos 20000€ que no producen intereses. He oído que al saldo que tengas le calculan el interés presunto al 3,25%. No se si esto es verdad o no..
#10

Re: Subsidio de mayores de 52 años

Según las instrucciones de rentas de SEPE , en el caso que describe, a falta de rendimiento efectivo se calcula el presunto.
Pero ésto es lo de siempre: SEPE no va pidiendo el saldo en CC de cada beneficiario del subsidio. Es el propio interesado quien debe saber, tras hacer sus càlculos, si está en "zona de riesgo". Si hoy tiene esa cantidad y mañana tiene que afrontar una factura de 10.000 euros? 
En definitiva, esa cantidad por sí sola le está produciendo cómo cincuenta y pico euros mensuales "presuntos". 
No sé si me explico.
#11

Re: Subsidio de mayores de 52 años

Si. Se explica perfectamente..Haré el calculo contando ese interés presunto para comprobar si estoy en la "zona de riesgo"..Muchas gracias por la respuesta..Que pase buen día.. 
#13

Re: Subsidio de mayores de 52 años

Quiero empadronarme en otra comunidad diferente ¿tengo que comunicarlo a la comunidad que me corresponda nueva tanto al SEPE como a la comunidad? Si es así lo puedo comunicar solicitándolo por internet, telefónicamente o asistiendo personalmente.
Gracias 
#14

Re: Subsidio de mayores de 52 años

Tiene que comunicárselo a la comunidad autónoma, son los encargados de la gestión de los datos de contacto.
Como hay 17 comunidades autónomas y 2 ciudades autónomas, hay 18 formas de funcionar. No sabría indicarle la forma de funcionar de todas. Desde luego, presencialmente, puede hacerlo en cualquiera.