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Cotización fijo discontinuo.

21 respuestas
Cotización fijo discontinuo.
Cotización fijo discontinuo.
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#16

Re: Cotización fijo discontinuo.

Actualmente el descuento y cotización del tiempo en IT cuando después se pide el paro, también se aplica a los fijos discontinuos.
Por lo tanto, cuando acuda a pedir el paro, le descontarán el tiempo de paro desde que finalizó el periodo de actividad y se lo cotizarán. Como lo tendrá cotizado por el paro no se aplicará esa ampliación de cotizaciones de los fijos discontinuos.
#17

Re: Cotización fijo discontinuo.

Siendo así, si no se solicita ese paro, tiene cabida esa sobre cotizacion de 1.5
Se encuentra un trabajo y al  finalizar el mismo sí que podríamos pedir esos 3 meses, no?
  
#18

Re: Cotización fijo discontinuo.

Sí, pero hay que tener en cuenta que cotizar 360 días desde que se suspendió el paro supone la extinción del mismo. Aunque la Ley permite reanudarlo si se renuncia al paro nuevo.
O sea que puede encontrase en la situación de tener que elegir entre dos Prestaciones y perder una de ellas. En ese caso no habría ganado nada conservando el paro, habría perdido el dinero.
Si se puede evitar esta circunstancia, sería como dices.
#19

Re: Cotización fijo discontinuo.

Con ésta excepcion, no??
No obstante, si la prestación se encuentra suspendida, pero desde la fecha de su reconocimiento has trabajado y cotizado al desempleo durante 360 o más días no consecutivos, habiendo reanudado entre ellos dicha prestación, podrás elegir entre volver a cobrar la prestación inicial o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones efectuadas.

Si eliges reanudar el derecho inicial, las nuevas cotizaciones sí podrán computarse para el reconocimiento de un derecho posterior, pero si eliges percibir la nueva prestación, la anterior quedará definitivamente extinguida y sin posibilidad de recuperarla.

#20

Re: Cotización fijo discontinuo.

El matiz está en un año cotizado sin haber reanudado la prestación en los intermedios entre contrato y contrato.
Aunque exista un año cotizado en el total.
Es lo mismo, pero con otras palabras 
#21

Re: Cotización fijo discontinuo.

Siempre se ha renovado entre contrato y contrato. Entonces ,ahora  está de baja de larga duración. Con lo que ,al ser fijo discontinuo lo llamarán por inicio de temporada  en viarías ocasiones y como está de baja ,no puede poner en alta la prestacion. Osea, entre llamamiento y llamamiento no puede solicitar reanudar el paro .
 Implica algo esta no reanudación? Recordar que antes de caer de baja si que reanudaba las prestación entre contrato y contrato. De echo es una prestación de duración inicial de 180 días, de los que ya tiene consumidos 90.
- Otra forma de plantear la duda.
  Es obligatorio reanudar la prestación cada vez que finaliza un contrato? O con hacer una vez esa reanudación ya nos libera de perder meses de paro?
#22

Re: Cotización fijo discontinuo.

Es tan sencillo como ¿Ha cotizado 360 días desde que se suspendió la Prestación Contributiva? 
¿La respuesta es sí? Hay derecho de opción y el paro que no se escoja se pierde.
¿La respuesta es no? No hay derecho de opción y se puede reanudar el paro que se tenía concedido sin tocar el nuevo.

#23

Re: Cotización fijo discontinuo.

Me pierdo...
Vamos con el señor X.
-Contrato fijo discontinuo.
-Prestación contributiva, fecha de inicio 10/10/2023. Duración 180 dias.
-Desde el 10/10/2023 alterna varias altas y bajas en su empresa. Cuando le dan de baja en la empresa, da de alta su prestcion contributiva.
 -Ultima reanudacón 22/9/2024 
-20/10/2024, baja laboral contingencias comunes.
-30/10/2024, fin de campaña.
-Desde la fecha de incio del paro10/10/2023 hasta el 30/10/2024, cotiza 7 meses.
-1/5/2025, continua de baja y se le da de alta en la seguridad social por inicio de temporada.
-1/10/2025, continua de baja y cotizando.
 PREGUNTAS:
A) Cotiza 7 meses trabajando+6 meses(baja cotizando desde 1/5/2025 hasta 1/10/25. ya tiene 13 meses, luego derecho a 4 de prestacion contributiva.  Con estos datos podria gastar los 3 meses que tiene sin gastar, sin perder las cotizaciones (13 meses) para una futura prestación.
B) A día de hoy ,7 meses cotizados trabajando +6 meses de baja y cotizando, supongamos que sigue de baja y cotizando otros 6 meses. tendríamos 12 meses seguidos. aqui si que pierde uno u otro?
#24

Re: Cotización fijo discontinuo.

Efectivamente.
En el caso A no se han cotizado 360 días desde la última suspensión del paro, por lo que se puede reanudar el paro que se tenía concedido sin tocar el nuevo y en el caso B  si se han cotizado 360 días desde la última suspensión y hay que elegir obligatoriamente y perder el que no se escoja.
Que sea fijo discontinuo no es relevante en este criterio, sólo afecta en que un fijo discontinuo tiene que ser dado de alta por la empresa cuando comienza la actividad aunque esté de baja médica, mientras que si no se es fijo discontinuo simplemente la empresa no te contrata si estás de baja.