Sin entrar a valorar el cese de actividad, y dando por supuesto, tal y como comenta, que esa persona cumple los requisitos de cotización de acceso a una prestación contributiva de jubilación salvo la edad, la clave es estar en situación legal de desempleo: es decir, haber causado baja en una contratación por cuenta ajena por causa no imputable al interesado. Y efectivamente, cumpliendo todos los requisitos de cotización (mínimo 15 años, de los cuales mínimo de seis han de haber sido de cotización a desempleo y dos en los últimos quince) y requisitos de carencia de rentas, cotizar a desempleo un mínimo de 90 días crea una vía de acceso a este subsidio, siempre que el fín de dicho contrato sea involuntario y se dé de alta como demandante de empleo en su correspondiente oficina autonómica.
Salvo mejor opinión.