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Reforma de subsidios por paro

210 respuestas
Reforma de subsidios por paro
Reforma de subsidios por paro
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Re: Reforma de subsi dios por paro

si la puedes cobrar 
#212

Re: Reforma de subsi dios por paro

Cada RAI es una nueva ayuda. Tener derecho a una no significa tener derecho a una segunda o a una tercera.
El RDL dice claramente que se deroga el RD que regula la RAI y no dice en ningún punto que se pueda dar esta ayuda desaparecida a quien la ha cobrado en otras ocasiones. Es como si dijéramos que hay que pagar el PRODI a todo el mundo otra vez porque lo cobro una vez.
Cuando llegue el día veremos pero para mí está claro.
#213

Re: Reforma de subsi dios por paro

busca el BOE y la pagina que te he puesto lo pone claramente y si llamas al Sepe te lo diran, es una ayuda con derecho a dos prorrogas con su condiciones, por supuesto pero tu tienes derecho a eso prorrogas una vez has adquirido el derecho a el cobro la primera vez el compromiso nace y es a lo que tienes derecho siempre y cuando cumplas requisitos a fecha de renovarla.
#214

Re: Reforma de subsi dios por paro

Creame, me he leido el RDL 2/2024 y varias veces, en el se deroga el RD 1369/2006 por el que se regula la RAI, sin ninguna medida intermedia, esto quiere decir que este RD dejará de existir y nada de su contenido podrá ser usado como motivación para ninguna resolución.
La RAI no es una ayuda con dos prorrogas. El artículo 5.1 del mencionado RD 1369/2006 dice bien claro " 1. La duración máxima de la percepción de la renta será de 11 meses" mientras que el artículo 2.4.b) señala como requisitos " No haber sido beneficiario de tres derechos al programa de renta activa de inserción anteriores aunque no se hubieran disfrutado por el periodo de duración máxima de la renta".
Luego el no haber cobrado tres veces es un requisito cada vez que se pida esta ayuda y la duración de esta ayuda es de 11 meses y no una ayuda de 33 meses en las que se debe pedir una prorroga después de un año en blanco.
A partir de ahí, lo que diga una web que no es oficial o una persona como voz independiente no cambia la Ley. 
Es más, plantéese porque el nuevo subsidio para victimas de violencia de género varía su duración de 30 meses si la mujer no cobro nunca la RAI a 20 meses si la mujer cobró un derecho de RAI y a 10 meses si la mujer cobró dos derechos de RAI. Si la RAI seguirá existiendo para quienes ya la cobraron alguna vez ¿que sentido tendría este cambio en la duración de este subsidio?
Lo importante es lo que hará el SEPE cuando lleguen las solicitudes y eso no pasará hasta noviembre. De momento las instrucciones del SEPE dicen claramente que no se podrá solicitar la RAI a partir del 01 de noviembre, incluso aunque la BAE esté realizada antes y se cumplan los requisitos antes.
#215

Re: Reforma de subsidios por paro

Saludos Buscadores del Duro

Por lo visto el club de mis angeles se amplia......

Cosulta delicada.....

Una amiga mia que es autonoma si las cosas siguen por donde van...echa el cierre tiene 61 años para 62 años. El negocio lleva en caida libre un tiempo y esta resistiendo como puede para poder seguir pagando los autonomos( el minimo) para tener el dia de mañana algo de pension...por años cotizados no sera ya que empezo a currar muy joven tendra como 20 años de regimen general como minimo y sobre 15 de autonoma ( se quedo en paro y monto el negocio)

Por lo que yo he leido tras agotar el año de paro que le corresponde por ser autonoma....no puede acceder al subsidio de mayores de 52 porque no se contempla si eres autonomo. Necesita encontrar un trabajo y estar al menos 90 dias dada de alta en el regimen general para poder optar a esta ayuda...es esto asi???? con cotizar esos 90 dias podria acceder a la ayuda de mayores 52 y asegurar los años que el faltan de cotizacion??????

Por si alguien no lo entiende....en su caso es inviable economicamente un convenio para seguir pagando autonomos hasta llegar a la edad de jubilacion con 67 años y medio.....que es la crueldad de tantos y tantos autonomos.....que el negocio solo les da para sobrevivir y en este caso cuasi miserablemente....

Gracias de antemano

Un saludo
#216

Re: Reforma de subsidios por paro

Sin entrar a valorar el cese de actividad, y dando por supuesto, tal y como comenta, que esa persona cumple los requisitos de cotización de acceso a una prestación contributiva de jubilación salvo la edad, la clave es estar en situación legal de desempleo: es decir, haber causado baja en una contratación por cuenta ajena por causa no imputable al interesado. Y efectivamente, cumpliendo todos los requisitos de cotización (mínimo 15 años, de los cuales mínimo de seis han de haber sido de cotización a desempleo y dos en los últimos quince) y requisitos de carencia de rentas,  cotizar a desempleo un mínimo de 90 días crea una vía de acceso a este subsidio, siempre que el fín de dicho contrato sea involuntario y se dé de alta como demandante de empleo en su correspondiente oficina autonómica.

Salvo mejor opinión.

#217

Re: Reforma de subsidios por paro

 Saludos Buscadores del Duro

Muchisimas gracias por la respuesta estimado Wediehard

Un abrazo