Pues con tu edad cogen los 6 últimos años cotizados desde el mes anterior que se concluya el punto 3 hacia atrás. 6 años son 72 meses y 84 si les sumo las pagas extras. Los primeros 48 meses los revalorizan con el IPC, los últimos 24 meses no. Se suman las bases de cotización de los 72 meses com sus revalorizaciónes y se divide entre 84, lo que sale es la base reguladora. Por la edad te corresponde el 55% de esa base reguladora al mes con 2 pagas extras.
Cómo ves no es fácil, si quieres hacer un cálculo aproximado suma las bases de cotización de los últimos 72 meses y divídelo por 84. A lo que te salga el 55%. Es bastante aproximado. Un saludo
Hola a Tod@s, soy nueva, me llamo Sandra y hace poco cumplí los 18 meses de baja, pasé inspección el día 20 de septiembre y el día 10 de octubre recibí una notificación que me habían abierto expediente de incapacidad permanente, he tenido que ir a la mutua a solicitar el pago directo y en la empresa estoy en suspensión, la cuestión es que entro en el INSS y aparece esto. Quiere decir que ya no me van a dar ninguna prórroga? Gracias de antemano
Pues nada ayer entregué la documentación en el INSS de momento siguen los 8 puntos pero solo está concluido hasta el 3 el 4 aún está pendiente haber lo que tardan
Pues nada ayer entregué la documentación en el INSS de momento siguen los 8 puntos pero solo está concluido hasta el 3 el 4 aún está pendiente haber lo que tardan también me dijeron que marcará lo de la brecha de género
Hola a Tod@s, soy nueva, me llamo Sandra y hace poco cumplí los 18 meses de baja, pasé inspección el día 20 de septiembre y el día 10 de octubre recibí una notificación que me habían abierto expediente de incapacidad permanente, he tenido que ir a la mutua a solicitar el pago directo y en la empresa estoy en suspensión, la cuestión es que entro en el INSS y aparece esto. Quiere decir que ya no me van a dar ninguna prórroga? Gracias de antemano
Hola Sandra, bienvenida. Pues lo has explicado todo muy bien, se están realizando todos los pasos correctamente y ya no va a haber demora de calificación, ya es lo que tarde el INSS en resolver el expediente. Ahora tú informe de síntesis hecho por el inspector médico ha pasado a manos del EVi y tienen que tomar la decisión de concederte o no una IP, punto 3. El el punto 2 el inspector médico decidió que ya no hacía falta una prórroga extraordinaria porque te pueden evaluar con lo que ya tienen. Como siempre, si es por enfermedad común, es muy importante mantener los 8 puntos y que no desaparezca el 5 con el cálculo del importe de la pensión. En cuanto al tiempo que tarden puede ser desde un par de semanas a varios meses, dependiendo de la saturación que haya donde vives. Un saludo
Hola José Luis, muchas gracias por responder. Soy de Valencia, el informe de síntesis ya lo tengo. Ahora me tienen que operar, aunque no estoy de baja por esa patología y por eso me extraña que no me hayan concedido otra prórroga. Gracias.
Hola Sandra, te van a valorar principalmente por la enfermedad por la que cogiste la baja y después tendrán en cuenta todo tipo de enfermedades más que tengas y de que estás pendiente de una operación. Pero si ellos pueden valorarte ya por la enfermedad principal que dio motivo a la baja independientemente de que esté pendiente de la operación. Si ellos lo consideran pueden darte un IP revisable al tiempo que tengas los informes de la operación y hayas hecho rehabilitación si procede. Pero es su decisión, nosotros podemos opinar pero la decisión la toman ellos 😀 Un saludo