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Re: Despido por incapacidad permanente total. - Incapacidad Permanente Total
De la empresa como tal, solo te corresponde la liquidación de haberes que toque, salario, opagas extras. Ahí entra también todas las vacaciones que puedas tener pendientes y que no hayas podido disfrutar.
Por la casuística concreta de una IPT, según el artículo 39 de tu convenio, la empresa debería tener suscrito un seguro colectivo para estas situaciones, y por una IPT en el año 2018 correspondía una indemnización de 28.000 €.
Deben facilitarte los datos de la compañia aseguradora.
Por la casuística concreta de una IPT, según el artículo 39 de tu convenio, la empresa debería tener suscrito un seguro colectivo para estas situaciones, y por una IPT en el año 2018 correspondía una indemnización de 28.000 €.
Deben facilitarte los datos de la compañia aseguradora.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!
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Re: Despido por incapacidad permanente total. - Incapacidad Permanente Total
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Re: Despido por incapacidad permanente total. - Incapacidad Permanente Total
Si es por enfermedad común, el seguro solo cubre un poco en caso de muerte. Por suerte, estás vivo.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!
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Re: Despido por incapacidad permanente total. - Incapacidad Permanente Total
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