#601
#602
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Gracias por la respuesta. Lo he preguntado porque me estoy planteando donar una propiedad que tengo en el pueblo a un sobrino que está peor que yo.
Tengo claro que no aumento mi patrimonio real, sino todo lo contrario. Pero a la hora de declarar en el IRPF creo que habría que restar al valor actual de dicha propiedad, el valor que tenía cuando lo heredé hace 30 años, y lógicamente el valor actual es mayor, apareciendo así en la declaración del IRPF un incremento de patrimonio que he obtenido al "deshacerme" de dicha propiedad. Ello tambien dá lugar al pago del impuesto de la "plusvalia" municipal.
Es decir, cada vez que alguien vende o dona algo, debe pagar dos impuestos, la plusvalia municipal y el IRPF. Ambos derivados de un incremento de patrimonio que sólo sirve para pagar esos impuestos, pero que no se como lo considera el SEPE al mirar la declaración del IRPF.
Espero haberme explicado.
Tengo claro que no aumento mi patrimonio real, sino todo lo contrario. Pero a la hora de declarar en el IRPF creo que habría que restar al valor actual de dicha propiedad, el valor que tenía cuando lo heredé hace 30 años, y lógicamente el valor actual es mayor, apareciendo así en la declaración del IRPF un incremento de patrimonio que he obtenido al "deshacerme" de dicha propiedad. Ello tambien dá lugar al pago del impuesto de la "plusvalia" municipal.
Es decir, cada vez que alguien vende o dona algo, debe pagar dos impuestos, la plusvalia municipal y el IRPF. Ambos derivados de un incremento de patrimonio que sólo sirve para pagar esos impuestos, pero que no se como lo considera el SEPE al mirar la declaración del IRPF.
Espero haberme explicado.
#603
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
#604
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Hola.
Tengo una duda.Voy a cobrar el subsidio para mayores de 52 años y quiero suscribir el convenio especial de la seguridad social para mantener la misma base de cotización que cuando estaba trabajando. Unos 2200 € .si el subsidio cotiza en mi caso por 1312 € .Me gustaría saber si solo tendría que pagar por la diferencia que serian 888€ para mantener la misma base de cotización que cuando trabajaba.
Un saludo
Tengo una duda.Voy a cobrar el subsidio para mayores de 52 años y quiero suscribir el convenio especial de la seguridad social para mantener la misma base de cotización que cuando estaba trabajando. Unos 2200 € .si el subsidio cotiza en mi caso por 1312 € .Me gustaría saber si solo tendría que pagar por la diferencia que serian 888€ para mantener la misma base de cotización que cuando trabajaba.
Un saludo
#605
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
#606
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
La declaración anual de rentas se puede realizar a través de internet. La diferencia de hacerlo con internet y hacerlo en una oficina, es que a través de internet no hay opción (que yo sepa) para agregar la última declaración del IRPF, la cual sí que suelen pedir en las oficinas.
¿Hay alguna forma de adjuntar la declaración del IRPF a la vez que se hace la declaración anual de rentas mediante internet?
¿Hay alguna forma de adjuntar la declaración del IRPF a la vez que se hace la declaración anual de rentas mediante internet?
#607
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
#608
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
#609
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
No me han solicitado la declaración de IRPF. Sólo es que me toca próximamente hacer la declaración anual de rentas del subsidio y no veo en internet la opción de adjuntar el IRPF. Y me extraña porque la anterior vez, en la oficina me pedían el IRPF (era muy importante para ellos), a pesar de que supongo que ellos mismos pueden acceder a tal información.
#610
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Es que NO es obligatorio adjuntar la declaración del IRPF para ese trámite.
Por eso se lo decía.
No se refleja en ninguna Ley que sea requisito el enviar declaración IPRF para el DAR del subsidio de mayores de 52 años.
Ni obligatorio ni necesario.
Vd. presente el DAR (declaración anual de rentas) solo y exclusivamente.
Nada más.
Saludos.
Por eso se lo decía.
No se refleja en ninguna Ley que sea requisito el enviar declaración IPRF para el DAR del subsidio de mayores de 52 años.
Ni obligatorio ni necesario.
Vd. presente el DAR (declaración anual de rentas) solo y exclusivamente.
Nada más.
Saludos.
#611
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
#612
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Buenos días,
El RD 8/20121 dice (apartado 2 del artículo 275)
"Se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas exigido en el
artículo anterior cuando el solicitante o beneficiario carezca de rentas de cualquier
naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75 por ciento del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias"
Mi pregunta es:
¿Se entienden ingresos brutos o netos?
Pr ejemplo, si tienes unos ingresos por alquiler de 1.000€/mes, pero pagas una hipoteca de 600 €/mes y otros gastos (comunidad, tasas, etc), estarías cumpliendo el requisito que establece la Ley o no?
El RD 8/20121 dice (apartado 2 del artículo 275)
"Se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas exigido en el
artículo anterior cuando el solicitante o beneficiario carezca de rentas de cualquier
naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75 por ciento del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias"
Mi pregunta es:
¿Se entienden ingresos brutos o netos?
Pr ejemplo, si tienes unos ingresos por alquiler de 1.000€/mes, pero pagas una hipoteca de 600 €/mes y otros gastos (comunidad, tasas, etc), estarías cumpliendo el requisito que establece la Ley o no?
#613
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
#614
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Gracias!
#615
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
El año pasado presenté la declaración anual de rentas a través de internet. Este año con los problemas que tienen en la web, no he podido hacerlo, ya que despues de acceder me dá un error que no me deja continuar. No se si me pasa sólo a mí o es algo general. Por si acaso he pedido cita en la oficina, pero me dan fecha dentro de 2 meses. ¿A alguien mas le pasa? ¿es válido hacer la gestión mediante el formulario de pre-solicitud?