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Responsabilidad Civil en vivienda (supuesto teórico)

7 respuestas
Responsabilidad Civil en vivienda (supuesto teórico)
Responsabilidad Civil en vivienda (supuesto teórico)
#1

Responsabilidad Civil en vivienda (supuesto teórico)

Hace ya tiempo que leo a Carlos Lluch (Avante) y tengo dudas sobre la cuantía de la RC de una vivienda. Él con mucho atino reniega de las RC's habituales que suelen poner las compañías de seguros en viviendas (que suele ser entre 90.000-150.000) y nos aconseja contratar sobre 600.000€; muy bien hasta ahí de acuerdo.

Pero si nos ponemos a analizar posibles daños es que con 600.000€ puede ser que no cubra "ni para pipas"; pensemos en un incendio de un edificio de viviendas de lujo con 40 puertas con los garajes inundados del agua para apagar el incendio y los coches inservibles junto con los trasteros. Si se quemase entero es fácil que cada vivienda tenga un contenido de más de 100.000€ y un continente de 200.000€-250.000€. Y leyendo la coletilla que es muy importante proteger nuestro patrimonio y demás (cosa con al que estoy 100% de acuerdo), con 600.000€ no tenemos "ni para un rellano".

¿Qué cantidad de RC ponemos? porque si pensamos como nos dice Avante con 600.000€no estamos protegidos ante cualquier contingencia.

#2

Re: Responsabilidad Civil en vivienda (supuesto teórico)

Estimado Ninot,

Tienes toda la razón. Si bien los siniestros en materia de responsabilidad civil se materializan en frecuencia dentro de la capa de los 150.000 o 300.000 € (que ya está bien) recomiendo COMO MÍNIMO esos 600.000 € con carácter general.

Entre las entidades generalistas creo que me acabo de cargar de un plumazo, con esa recomendación, casi al 80% del mercado asegurador.

Luego existen otras entidades con las que es fácil contratar límites de 1,2 y 1,5 millones de euros. Eso manteniéndonos aún dentro de las generalistas.

Si nos asomamos a entidades que presumen de proteger grandes patrimonios (villas y similares) es normal que la cobertura ya ronde los 5 millones de euros lo cual es una cantidad respetable pero que también puede resultar insuficiente. Vía ramo podemos llegar con entidades especializadas hasta los 50 millones de euros pero... no admiten a cualquiera en el club de asegurados que, además, hay que ser realistas no estarían dispuestos a pagar la prima que supone tal cúmulo de riesgo.

Puedo decirte que nosotros trabajamos con cliente alemán y ponen una cara de alucine cuando se enteran de las coberturas españolas en materia de RC: en Alemania 3 millones de euros es algo normal.

En fin, supongo que tiene que ver con la oferta y la demanda: el consumidor se conforma con lo que le echan en el plato y el asegurador no se moja más de lo que le interesa. Otra cuestión es la valoración del riesgo que no entiende un carajo de costumbres.

Saludos y gracias por sacar el tema.

Calderilla es lo que muchas veces se asegura

Calderilla es lo que muchas veces se asegura

#3

Re: Responsabilidad Civil en vivienda (supuesto teórico)

Gracias por tu respuesta.

Siempre que veo un incendio en la TV me pregunto cuál será el fatal desenlace. ¿Podrías anticiparnos que pasaría si ... Me dejo una sartén en la vitrocerámica y ocasiono daños de 1.5 mill € entre pisos de vecinos, zonas comunes, y demás (tampoco es algo tan imposible). Si tengo un RC de 500.000€ ¿qué pasa con el resto? ¿me embargarían otros bienes? ¿y si soy insolvente, pagaría el Consorcio?

Es que por lo que veo; creo al 99.99% de los españoles si quemamos medio edificio de donde vivimos las RC's no serían suficientes y tendríamos serios problemas. ¿Sería un argumento válido decirle al juez que fuiste diligente al ampliar 3 veces la RC que te proponía la compañía como RC estándard? ¿En serio que te embargarían hasta cubrir la deuda?

Es que mira que pasan cosas y nunca he escuchado a nadie que diga que le han embargado bienes por insuficiencia en el seguro ¿hay sentencias?

Saludos.

#4

Re: Responsabilidad Civil en vivienda (supuesto teórico)

Desde el artículo 1º de nuestro Código Civil que data de finales del XIX tienes que "Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la Ley, la costumbre y los principios generales del derecho." Es decir, que la Ley, las costumbres y la Doctrina guían al Juez.

El Juez tiene un objetivo que es dar cumplimiento al art 1902 del Código Civil que obliga a quien causa un daño a repararlo al perjudicado. Resulta obvio que el Juez debe proteger con preferencia a aquel que ha perdido su casa por culpa de otro que al causante del incendio ¿no crees? Más aún si resulta que hay otro artículo del CC (el 1.911) que dice, textualmente "Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros." (recordemos que con el 1902 venimos con la obligación de reparar el daño al tercero perjudicado).

Por tanto, esa es la cruda realidad.

Para terminar el planteamiento que haces: el Consorcio solo es asegurador subsidiario en materia de responsabilidad civil de circulación de vehículos a motor y en materia de responsabilidad civil nuclear. PUNTO. El Consorcio no es un asegurador de excesos que cubra lo que nos falta en nuestro seguro de ningún tipo; que se lo digan a los vecinos de Lorca con infraseguro...

Todo lo contrario, incluso en los dos seguros que he citado una vez pagada la indemnización al tercero perjudicado (quien legalmente merece la protección) el Consorcio recobra al causante embargándole cualquier bien o recurso (salvo el salario mínimo y los planes de pensiones, que no son embargables). El Consorcio no es tonto ni sirve para dar cobertura a los confiados o indolentes.

Aunque no se refieran a este tema en concreto puedes ver lo que ocurre en ciertos supuestos de insuficiencia de cobertura:

http://www.abc.es/hemeroteca/historico-21-01-2003/abc/Sociedad/el-seguro-del-farmaceutico-condenado-no-cubre-la-totalidad-de-la-indemnizacion_156963.html

Esta es otra: cuesta mucho encontrar un seguro para una empresa donde la RC patronal supere los 150.000 € pero...

http://www.elmundo.es/elmundo/2006/05/31/madrid/1149084952.html

o

http://www.cadenaser.com/espana/articulo/condenado-empresario-pagar-millon-euros-victima-accidente-laboral/csrcsrpor/20060531csrcsrnac_9/Tes

Este sí es un típico caso de Responsabilidad Civil familiar:

http://ecodiario.eleconomista.es/sociedad/noticias/2895339/03/11/Condenado-a-pagar-106-millones-por-provocar-un-incendio.html

o

http://www.diariodeleon.es/noticias/noticia.asp?pkid=63879

Y, para terminar, ¿le ponemos precio a esto?

http://actualidad.orange.es/nacional/bomberos-dan-por-extinguido-incendio-un-edificio-en-cadiz.html

Abrazos,

#5

Re: Responsabilidad Civil en vivienda (supuesto teórico)

Estimado Avante,

Dime por favor que aseguradoras de este país te dejan contratar en un seguro de hogar una RC superior a 600.000 euros sin dar problemas en la contratación. Es más, para no afinar tanto, te pregunto que aseguradoras de nuestro mercado, en un seguro de hogar, tiene la posibilidad de contratar, en una modalidad de seguro general (no hogares platino etc...) una RC superior a 600.000 euros.

Es simple información.

Gracias.

;)

#6

Re: Responsabilidad Civil en vivienda (supuesto teórico)

Axa, Nationale Suisse, por ejemplo ya que excluyes a Mapfre.

Saludos.

#7

Re: Responsabilidad Civil en vivienda (supuesto teórico)

Coincido con Axa. Nationale Suisse le pasa lo que a Mapfre, tiene una modalidad "normal" limitada a 300.000 euros (MAPFRE lo limita a 600.000 euros) y tiene una modalidad para viviendas de alto valor con posibilidad de 2 millones de euros de cobertura.

Saludos

#8

Re: Responsabilidad Civil en vivienda (supuesto teórico)

Respecto a otros países, cierto es Avante.

La semana pasada daba proyecto y coberturas para una R.C como propietario de caballos.
El cliente es alemán, y quedaba dubitativo en cuanto a los límites de RC que digamos establecemos en España como "normales" .

Al dar proyecto me preguntaron en sucursal el por qué de una R.C. con unos capitales tan elevados para este tipo de riesgo.

Pd: Nosotros en hogar hasta un máximo de 600.000 sin tener que preguntar con sucursal. En comercios - comunidades 1.200.000 € también sin necesidad de consulta. Y en pymes creo recordar de cabeza, hasta 3.000.000 €.