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Seguros: quien tiene razón en este caso?
Hace unos meses, un local comercial de mi propiedad provocó daños por agua en una zona comunitaria (el garaje). Entró por tanto en juego la cobertura por responsabilidad civil.
Como mi aseguradora tardaba mucho en dar respuesta y actuar, el seguro de la comunidad —en el que yo también participo como copropietario— peritó , valoró los daños e indemnizó a la comunidad. Posteriormente, reclamará el importe a mi compañía mediante recobro. El administrador de fincas debe ahora buscar un pintor y abonarle con la indemnización recibida.
Desde la administración de fincas me indican que, al haber causado yo el daño (lo reconozco), debería ser mi seguro o yo directamente quien asumiera la reparación.
Les explico que este modus operandi es habitual entre aseguradoras (por lo que he oído), que tienen convenios para agilizar la gestión: una paga y luego reclama a la otra. Sin embargo, no están de acuerdo. El presidente de la comunidad incluso se muestra molesto por tener que recurrir al seguro comunitario, a pesar de que yo también soy parte de él. E incluso me dicen que les consta que la aseguradora de la Comunidad no va a reclamar posteriormente a la mía.
Quien tiene razón en este caso? Suelen actuar así las aseguradoras?
Quien tiene razón en este caso? Suelen actuar así las aseguradoras?