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Cuando el nudo propietario no es heredero del usufructuario - Asistencia jurídica

10 respuestas
Cuando el nudo propietario no es heredero del usufructuario - Asistencia jurídica
Cuando el nudo propietario no es heredero del usufructuario - Asistencia jurídica
#1

Cuando el nudo propietario no es heredero del usufructuario - Asistencia jurídica

Buenos días,

Voy a hacer consolidación de dominio por fallecimiento del usufructuario.
Éste, contrajo una deuda de sumministros.

Quería preguntar…
1- Este año 2023, falta por que se cobre el tercer tramo del Ibi. ¿Debe cobrársele al usufructuario y por lo tanto, al heredero de éste o puede reclamarme después el pago del Ibi el heredero?
He tramitado ya el cambio, pero me comentan en tributos, que el último trimestre de noviembre, no tienen tiempo de cambiar la domiciliación y que la cargará en la cuenta del usufructuario.

2- En cuanto a la deuda… quién debe asumirla? Yo como plena propietaria o el heredero del usufructuario..

Muchas gracias
#2

Re: Cuando el nudo propietario no es heredero del usufructuario - Asistencia jurídica

Vaya por delante que no soy abogado, pero a mi entender, en cuanto a la deuda supongo que le corresponderá al heredero no al nudo propietario, ya que este último nada tiene que ver con la herencia del difunto. Simplemente tenía que "soportar" una carga sobre el bien del que era propietario, pero no tenía la posesión.
En cuanto al IBI, si es una cantidad pequeña, como seguramente sea, si el heredero me la reclamase, se la abonaría y punto, para evitar problemas. Aparte dependerá de cuando falleció el usufructuario, si es anterior al recibo del IBI entiendo que el obligado al pago es el nudo propietario que pasa a ser propietario en pleno dominio. Como digo, yo no me metería en problemas por 30-50€.

Saludos
#3

Re: Cuando el nudo propietario no es heredero del usufructuario - Asistencia jurídica

Bueno, no es tan poco Ibi. Digamos que he simplificado en mi explicación.
En cuanto a lo del suministro de la luz, supongo que lo mejor es pagar e ir luego contra los herederos.
#4

Re: Cuando el nudo propietario no es heredero del usufructuario - Asistencia jurídica

Los herederos heredan todo, los bienes y derechos y las deudas, sea cual sea su origen.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Cuando el nudo propietario no es heredero del usufructuario - Asistencia jurídica

Entonces, qué me sugieres?
Si no pago la luz y espero que los herederos lo hagan…
#6

Re: Cuando el nudo propietario no es heredero del usufructuario - Asistencia jurídica

Lo que yo te sugiero depende de tus relaciones con los herederos. Lo más operativo es que tú pagues y los herederos te reembolsen. Si eso es inviable, no pagues.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Cuando el nudo propietario no es heredero del usufructuario - Asistencia jurídica

Tengo relación distante con la heredera (2a pareja del usufructuario). Pero sé que ella da por hecho que esa deuda es cosa mía (o se hace la tonta).
La cuestión es que si no pago me veo acorralada. Quiero tratar de vender esa vivienda, cosa que no es fácil de por sí y si encima hay una deuda…
Pensaba que si pagaba la deuda, luego puedo pedírsela por vía judicial.
Es posible, no?
#8

Re: Cuando el nudo propietario no es heredero del usufructuario - Asistencia jurídica

Y en cuanto al último fraccionamiento de los inis de 2023, entiendo que también lo deben soportar ellos, no?
#9

Re: Cuando el nudo propietario no es heredero del usufructuario - Asistencia jurídica

Ibis, perdón
#10

Re: Cuando el nudo propietario no es heredero del usufructuario - Asistencia jurídica

Sí, el último fraccionamiento del IBI corresponde a los herederos. 
No obstante, hay una responsabilidad subsidiaria por parte del titular.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: Cuando el nudo propietario no es heredero del usufructuario - Asistencia jurídica

Muchas gracias