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Protección de pagos

6 respuestas
Protección de pagos
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Protección de pagos
#1

Protección de pagos

Hola, firme hace 15 años la hipoteca de mi casa con BBVA y me hicieron un seguro de protección de pagos, cuando firme pague los 15 primeros años, ahora me viene un recibo de unos 1800 euros a mí y otro a mi pareja, supongo que para los 15 años restantes de hipoteca. Ese seguro es obligatorio o puedo quitarle, porque la verdad eso de pagar casi 4000 euros ahora lo veo un poco complicado. Gracias
#2

Re: Protección de pagos

 
Cuando se firma una hipoteca el único seguro obligatorio, por mandato legal, es el de incendios para la vivienda, y en teoría lo debería de pagar el banco, pero ya se sabe, ningún otro seguro es obligatorio, otra cosa es que te ofrezcan que si contratas este seguro y aquel también, te rebajo el diferencial de la hipoteca, eso ya son cosas del banco con su cliente, pero no son obligatorios. 
#3

Re: Protección de pagos

Por Ley no se pueden hacer pólizas con duraciones superiores a 10 años que luego sean renovables, algo falla. ¿Puedes poner copia de lo que te mandan eliminando tus datos personales?

#4

Re: Protección de pagos

Toda la razón lo que dice Patocles, hay gato encerrado. Si quieres, puedes compartirme tu póliza por privado y estaré encantado de revisarla.
Soy asesor financiero certificado y trabajo en el departamento de vida-inversión de MAPFRE.
Saludos y suerte 
#5

Re: Protección de pagos

Toda la razón lo que dice Patocles, hay gato encerrado. Si quieres, puedes compartirme tu póliza por privado y estaré encantado de revisarla.
Soy asesor financiero certificado y trabajo en el departamento de vida-inversión de MAPFRE.
Saludos y suerte 
#6

Re: Protección de pagos

O sea que eres agente de Mapfre en el ramo vida?

Porque la figura de asesor financiero certificado (entiendo que certificado por Mapfre) yo no la conozco. 
#7

Re: Protección de pagos

Bueno, ni una cosa ni otra. Para venta de productos financieros con asesoramiento se debe certificar el curso correspondiente que pide la CNMV y renovarlo todos los años. Esos cursos solo los pueden impartir (y hacerte los exámenes) las empresas que autoriza la propia CNMV aunque tu compañía te lo pague y lo organice.