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Dejar de pagar la parte proporcional del seguro comunitario.

7 respuestas
Dejar de pagar la parte proporcional del seguro comunitario.
Dejar de pagar la parte proporcional del seguro comunitario.
#1

Dejar de pagar la parte proporcional del seguro comunitario.

Hola,
Una consulta, en mi comunidad de vecinos un propietario de un local quiere dejar de pagar la parte proporcional de la póliza. Argumenta que ya tiene su propio seguro.
¿Puede legalmente hacerlo de forma unilateral?

 
Si así fuera, ¿Es posible hacer una póliza comunitaria excluyendo un porcentaje concreto de superficie?

#2

Re: Dejar de pagar la parte proporcional del seguro comunitario.

Hasta donde yo se, no es posible. Desconozco si alguna compañía lo permite.

 

Saludos

#3

Re: Dejar de pagar la parte proporcional del seguro comunitario.

Buenos dias Marc2:

Yo me atreveria a afirmar que no es posible pero en el caso de que lo fuera que presente a la comunidad su seguro y con el asesoraros en la compañia de vuestro seguro comunitario.

Un saludo

 

#4

Re: Dejar de pagar la parte proporcional del seguro comunitario.

He consultado a un par de corredores y me dicen que si que es posible. Parece que es habitual que locales comerciales que pertenecen a una comunidad quieran tener su propia póliza. 

Otra cosa es que sea económicamente peor hacer dos seguros en lugar de Compartir los gastos de uno. O que en caso de siniestro que afecte a toda la comunidad con dos compañias de por medio se mas lio la resolución. 

Pero poder se puede.

Saludos

#5

Re: Dejar de pagar la parte proporcional del seguro comunitario.

Los acuerdos de la comunidad obligan a todos sus miembros. Por tanto, no es correcto que deje de pagar su pp por decisión unilateral.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Dejar de pagar la parte proporcional del seguro comunitario.

Entonces si se cae un trozo de fachada y mata a alguien quien se hace responsable? Le iran a pedir al dueño de ese local que pague su parte de la indemnizacion?

#7

Re: Dejar de pagar la parte proporcional del seguro comunitario.

El seguro de la comunidad tiene la consideración en la Ley de Propiedad Horizontal como gasto necesario y más en algunas comunidades autónomas en el que es obligado suscribirlo. Por tanto, el local en modo alguno debe eximirse en el pago de la parte proporcional a sus enteros. Máxime porque la comunidad no se garantiza que éste suscriba seguro alguno y en qué modo.

Lo lógico es que éste asegure las obras de reforma dado que el local ya esta asegurado por la comunidad y así se ahorre esa cobertura. 

Sí es cierto que en las pólizas de edificios y comunidad se permite la exclusión de los locales, sobretodo cuando estos tienen actividades peligrosas, pero es más por el interés de la aseguradora que por el de la comunidad.

  

#8

Re: Dejar de pagar la parte proporcional del seguro comunitario.

Debes revisar primero si elocal pertenece a la edificación, edificio. si no pertenece el propietario no ha de pagar. Si pertenece deberá pagar según los estatutos de la comunidad, probablemente SI. No se puede obligar al pago de un fraccción a alguien que No pertenece al edificio escriturado, doy fe. Eso a la compañía no le interesa como pague cada propietario. 

Y en cualquier caso es el propietario del LOcal el que ha de pagar y no el inquilino (propietario del comercio) .

En todo caso puede hacer como cualquier otro propietario de una vivienda, eliminar el contenido de su póliza privada o ajustarle el continente con cobertura de obras de reforma o también seguir pagando para no depender de la póliza de la comunidad en el caso de que exista un impago y se quede sin cobertura en el continete.