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Orientacion en siniestro ¿que hago?

16 respuestas
Orientacion en siniestro ¿que hago?
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Orientacion en siniestro ¿que hago?
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#1

Orientacion en siniestro ¿que hago?

Necesito opinion de expertos.

El tema es el siguiente. Soy una tienda de telefonia nueva y de segunda mano, en un local que tiene 10 meses.

Compramos muchos terminales de review ( nuevos solos se les ha grabado un video ) usados, de excedente y de cierres de tiendas. y Nuevos a china.

muchos de ellos al ser de particulares, no disponen de factura, pero en algunos se pueden justificar los pagos, al ser via paypal y tener concepto de pago. otros tenemos contratos de compraventa al ser cantidades elevadas ( ejem. 800 euros ) y de otros no tenemos nada.

El caso es que mucho de esos terminales se guardan en cubetas, hasta que tenemos ratos, los comprobamos 100%100 y los sacamos a la venta.

Esta cubeta esta guardada dentro de un armario, el cual esta debajo del fregadero, el cual apenas se usa. ( estan guardados, por que ademas de no tener mas espacio, estan escondidos en caso de robo ) habria unos 6000/9000 mas o menos

El caso es que hace un mes  vimos como salia agua y resulta que el desague perdia, quedando los terminales dañados, se dio parte y vino un perito.

El perito comenzo a indicarme cosas extrañas, como que en esta compañia el no decidia y que no valorava los daños ni decia si tenia cobertura, que simplemente pasaba los hechos y las facturas a la compañia ( tube que pedir al asesor toda la documentacion posible, pero aun asi me falta )

al solicitarme que le pasara todos los imeis, algunos telefonos todabia encendia y otros parpadeaba la pantalla, porque incluso me decia que " como sabe el que los telefonos funcionaban" ( telefonos sin un raguño y con precintos de pantalla )

Total que todo los que yo le conte de la procedencia, en parte mi version se la he podido demostrar por varios pagos de paypal con fecha y concepto y con algunos contratos de compraventa, ademas de ver que algunos terminales todabia encendian.

El perito me pidio los precios, y como no recordaba todos, los puse todos a la baja, incluso menos la mitad de lo que costaria reponerlos nuevos.

Tambien le dije que podriainventarme contratos de compraventa, ya que son papeles que no se presentan legalmente, pero que yo no iba ha hacer eso que la verdad es la verdad, y si no hay facturas no las hay, pero por ese motivo yo no iba a perder el dinero.

Le mando mails, y me ignora.

Pero me dan a entender que si no tengo factura no me van a pagar nada, quedando la preexistencia demostrada, tanto fisica, como en contenido de poliza.

que hago? me busco un abogado? llevamos 25 dias y aun no hay informe.
yo le he escrito esto al perito, que os parece??

tras comentar la informacion que me trasmitistes de que tu labor no es decir si el siniestro tiene cobertura, ni de dar cuantia de indemnizacion, y tras comentarlo con varios agentes de seguros. Te adjunto lo que dice la ley del contrato de seguro publicada en el boletin oficial del estado.
Artículo 38 Ley 50/1980, de contrato de Seguro.
“… Si las partes se pusiesen de acuerdo en cualquier momento sobre el importe y la forma de la indemnización, el asegurador deberá pagar la suma convenida o realizar las operaciones necesarias para reemplazar el objeto asegurado, si su naturaleza así lo permitiera.
Si no se lograse el acuerdo dentro del plazo previsto en el artículo 18, cada parte designará un perito, debiendo constar por escrito la aceptación de éstos. Si una de las partes no hubiera hecho la designación, estará obligada a realizarla en los ocho días siguientes, a la fecha en que sea requerida por la que hubiere designado el suyo, y, de no hacerlo en este último plazo se entenderá que acepta el dictamen que emita el perito de la otra parte, quedando vinculado por el mismo.
En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias que influyan en la determinación de la indemnización, según la naturaleza del seguro de que se trate y la propuesta del importe líquido de la indemnización.
Cuando no haya acuerdo entre los peritos, ambas partes designarán un tercer perito de conformidad, y de no existir ésta, la designación se hará por el Juez de Primera Instancia del lugar en que se hallaren los bienes, en acto de jurisdicción voluntaria y por los trámites previstos para la insaculación de peritos en la Ley de Enjuiciamiento Civil. En este caso el dictamen pericial se emitirá en el plazo señalado por las partes o, en su defecto, en el de treinta días, a partir de la aceptación de su nombramiento por el perito tercero.
El dictamen de los peritos, por unanimidad o por mayoría, se notificará a las partes de manera inmediata y en forma indubitada, siendo vinculante para éstos, salvo que se impugne judicialmente por alguna de las partes, dentro del plazo de treinta días, en el caso del asegurador, y ciento ochenta en el del asegurado, computados ambos desde la fecha de su notificación. Si no se interpusiere en dichos plazos la correspondiente acción, el dictamen pericial devendrá inatacable.
Si el dictamen de los peritos fuera impugnado, el asegurador deberá abonar el importe mínimo a que se refiere el artículo 18, y si no lo fuera abonará el importe de la indemnización señalado por los peritos en un plazo de cinco días.
En el supuesto de que por demora del asegurador en el pago del importe de la indemnización devenida inatacable al asegurado se viera obligado a reclamarlo judicialmente, la indemnización correspondiente se verá incrementada con el interés previsto en el artículo 20, que, en este caso, empezará a devengarse desde que la valoración devino inatacable para el asegurador y, en todo caso, con el importe de los gastos originados al asegurado por el proceso, a cuya indemnización hará expresa condena la sentencia, cualquiera que fuera el procedimiento judicial aplicable.”

Por otro lado, la labor de un perito sea cual sea la compañia a la que represente es la siguiente.

• Determinar si las causas del siniestro pueden producir los daños declarados
• Valorar económicamente los daños
• Proponer una indemnización
• En caso de peritaciones contradictorias, cuando el asegurado no está conforme y propone otro perito, debe aportar argumentos y criterios técnicos que le han llevado a su conclusión y que deben acercar su postura con el asegurado. En el momento del acuerdo, debe expedir un acta de conformidad. En el caso contrario, debe emitir un acta de disconformidad unilateral alegando los motivos técnicos que le llevan a esa conclusión.
La labor del perito es, pues, esencial en el engranaje de los seguros. Sus funciones van desde evaluar los aspectos técnicos y administrativos-legales a negociar la peritación con las partes implicadas.

y aqui te explico tal como se refleja en la condiciones de mi poliza, lo que debo declarar, al no poder presentar mas documentacion, y como queda demostrada la preexistencia:

Incumbe al asegurado la prueba de la preexistencia de los objetos. No obstante, el contenido de la póliza constituirá una presunción a favor del asegurado cuando razonablemente no puedan aportarse pruebas más eficaces en caso de robo o perdida. En el caso de objetos dañados, queda demostrada la preexistencia fisica.

Tambien desearia, me envase a mi correo el informe ya que el informe pericial debe estar disponible para el asegurado, tal y como establece la ley de seguros.

#2

Re: Orientacion en siniestro ¿que hago?

Han pasado 45 dias desde la comunicacion del siniestto y nadie responden, se niegan a darme datos de direccion postal a efectos de envio de burofax, se niegan a darme datos del defensor al asegurado. No responden emails. Y solo me dan largas, me dicen que el perito no les ha pasado el informe. Eso si, el perito me ha llamado, no para decirme nada del siniestro, sino para exigirme que borre las grabaciones de llamads con el, le tuve aue adjuntar el parrafo de la ley, donde se indica que puedo grabar cualquier llamada en la que yo sea interlocutor sin previo aviso. Vamos que esto es de risa y ya no se aue hacer. Necesito consejo, o si alguien sabe los datos del defensor al asegurado de segurcaixa adelas industria.

#3

Re: Orientacion en siniestro ¿que hago?

Para poder acceder al defensor del asegurado de cualquier compañía es OBLIGATORIO que primero presentes una reclamación por escrito a su departamento de quejas o de atención al cliente. Sólo una vez que éste te conteste o que no lo haga en el plazo establecido (dos o tres meses) es cuando puedes elevar el escrito a su defensor. De no hacerlo como te digo, te desestimarán cualquier reclamación por defecto de forma.

#4

Re: Orientacion en siniestro ¿que hago?

La dirección postal de SegurCaixa Adeslas es pública

#5

Re: Orientacion en siniestro ¿que hago?

Mucho leer y poco entender.

 

El articulito tan largo que has puesto en el post, viene a decir que contrates un Perito por tu parte y que defienda tus intereses frente al Perito designado por Segurcaixa.

Y en tu poliza tendrás la dirección de Segurcaixa y si no en internet, que como te han dicho es público..

Si necesitas un perito aqui me tienes.

#6

Re: Orientacion en siniestro ¿que hago?

Por lo que comentas, ¿tienes el seguro mediado con la entidad bancaria o con un mediador exclusivo o corredor de segurcaixaadeslas? Parece que al estar haciendo tu mismo las gestiones tiene pinta de ser mediado por la entidad bancaria y esta fue una mala elección, y es una locura que lo intentes tu solo sin su ayuda, el mediador esta para preservar tus intereses frente a la aseguradora, y no importa que esta sea entidad bancaria, te debe de dar servicio.

Lo que te comento el perito es cierto, su labor es confeccionar un informe y algunos proponer la indemnización después del estudio de las garantías contratadas en la póliza, pero sera la aseguradora la que decida, y sera con esta con quien tendrás que pelear.

Lo que le mandaste al perito no era necesario, por ahí no van los tiros, no lo interpretas bien, parece que recoges opiniones de gente pero no sabes como tratarlas bien y no sera a el al que se le tendrás que mandar si no a la aseguradora, por ahí solo estas poniendo en tu contra a alguien que tiene que realizar un informe, que se supone y que firmara una declaración en ese informe donde indique que dirá verdad, pero...

el que te pidan toda la documentación y las preexistencias no significa que estén dando por bueno la cobertura de la mercancía dañada, eso solo es para elaborar el informe con todos los datos posibles, incluso si no se tuviese cobertura para la indemnización de esos daños también te lo pedirían.

Y la aseguradora ni el perito te tienen que facilitar una copia de dicho informe, como les solicitas.

Pelea con la aseguradora y por desgracia con tu mediador, estudia con este mediador tu póliza contratada para conocer exactamente que tienes contratado y se tendrá cobertura lo que reclamas, quizás, después de todo esto, te manden una carta donde te indiquen que no tienes cobertura contratada para los daños reclamados, o que tienes infraseguro o..., estudiar la póliza lo primero y colmate de paciencia y de tiempo, la necesitaras.

Suerte.

#7

Re: Orientacion en siniestro ¿que hago?

En principIo me he leido la poliza y un amigo que es agente tambien, y si tiene cobertura. Pero independientemente de lo que yo entienda, la decision es de la compañia, la verdad es que todos teneis razon, estoy muy verde en estos casos por eso pedia ayuda. Acrasol, de donde eres? Eres de cerca de alicante?

#8

Re: Orientacion en siniestro ¿que hago?

Hombre, cerca cerca no es que esté. Pero vamos que lo primero sería ver tu póliza, ver lo que reclamas y te diría en la distancia si es interesante el tema.

si quieres mandame tu telefono en privado y lo hablamos.

#9

Re: Orientacion en siniestro ¿que hago?

La decisión no es de la compañía, la compañía tendrá que hacer lo que tu contrato y tu condicionado general de ese contrato indique, esto no es unos si y otros no por que no son guapos, fijate si es importante lo del contrato que un perito que esta por aquí, un poco blanco y le pillas alegre después de lo acontecido ayer, te pide el contrato y nada mas para darte su opinión.

 

#10

Re: Orientacion en siniestro ¿que hago?

Hace poco ayudé a un amigo en un siniestro por robo  en el que le robaron mucho material unos 55.000 €, la aseguradora nos estuvo mareando durante casi 6 meses les mandamos el inventario de lo robado, el inventario de lo que quedó, los daños, una ampliación y como no se aclaraban les mandamos las facturas de compra de todo el año y medio . Y que espavilaran,al final despues de  mandar 5 o 6 cartas certificadas con la informacion corregida por los errores de los peritos pero errores de bulto, que ni un niño de primaria haria por ejemplp mandarles la valoracion del inventario robado a precio de COSTE SIN IMPUESTOS y deducir por segunda vez el IVA , hubo que volver a escribirles y explicarles su error al final  acabaron pagando, eso si hay que estar encima  y muy encima. 

Edito: Pasaron 3 empresas de peritaciones distintas desigandas por la compañia, no dudo de la profesionalidad pero tuvimos que explicar tres veces e siniestro a tres señores distintos.

 

#11

Re: Orientacion en siniestro ¿que hago?

QUE CIA?

#12

Re: Orientacion en siniestro ¿que hago?

Mi compañía es segurcaixa adeslas industria.
Viendo el condicionado, poliza y circunstancias del siniestro, me corresponde indemnizacion. Peeerooooo.... Me toca esperar. Siguiendo el consejo del compañero acrasol(muchas gracias por todo) he hecho un escrito para presentar queja en la oficina. Tambien he llamado de nuevo al seguro y me dices que todavía no esta cerrado el informe, les he recalcado lo de los 40 dias y me dicen que es desde la presentacion de la documentacion y yo me he reiterado diciendoles que es desde la comunicscion del siniestro, al menos yo lo entiendo asi leyendo la ley de contrato de seguros.

#13

Re: Orientacion en siniestro ¿que hago?

Comentaros que he realizado el escrito adjuntando los bienes dañados, y no me han cogido el escrito. :( Ya no se que hacer

#14

Re: Orientacion en siniestro ¿que hago?

¿Que no te han cogido el escrito?

En ese mismo momento llamo a policia y les digo que como es posible que no me cojan un escrito y me sellen la entrada. Tambien puedes pedir una hoja de reclamaciones al banco (obligados a tenerlas)

Al Director de la oficina se le abrieran las carnes y verás como te lo sella.

#15

Re: Orientacion en siniestro ¿que hago?

Mañana hago eso sin falta. Muchas gracias.