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Beneficiarios en seguro de vida: madre vs. cónyuge

8 respuestas
Beneficiarios en seguro de vida: madre vs. cónyuge
Beneficiarios en seguro de vida: madre vs. cónyuge
#1

Beneficiarios en seguro de vida: madre vs. cónyuge

Buenas tardes,

El caso es el siguiente: fallece un señor casado, sin hijos, le sobrevive la madre y un hermano además de su viuda. Tiene un seguro de vida contratado en el que se indica como beneficiarios a los "herederos legales".

La madre reclama para sí el 100% de la cobertura. La viuda dice que tiene derecho al usufructo que se calcule según su cuota hereditaria, porcentaje que habrá de descontarse del 100% de la cobertura.

Por más que leo la ley del contrato de seguro no sé cómo encajar este supuesto.

Gracias de antemano.

#2

Re: Beneficiarios en seguro de vida: madre vs. cónyuge

Uf, tema mas de abogados que de peritos, pero me voy a mojar.

Corresponde a la madre el 100 % del seguro de vida.
Aqui no existe usufructo alguno.
Lo más que podría reclamar la viuda y no se realmente si se podría es es el 50 % de ls primas pagadas, desde que se casó o dio comienzo el seguro si se realizo en gananciales. Si encima tienen separación de bienes, ni eso.

#3

Re: Beneficiarios en seguro de vida: madre vs. cónyuge

¿Solo herederos legales? o por el contrario ¿conyuge, descendientes, ascendientes y en su defecto herederos legales?
Es que normalmente, lo que yo he visto, tira más por la segunda coletilla que por la primera

Saludos

#4

Re: Beneficiarios en seguro de vida: madre vs. cónyuge

Hola Muros,

Solamente pone "herederos legales". Textualmente.

#5

Re: Beneficiarios en seguro de vida: madre vs. cónyuge

Es de suponer que no ha hecho testamento, no?
Porque si ha hecho testamento y ahñi esta incluida la mujer, la hemos jodio.

#6

Re: Beneficiarios en seguro de vida: madre vs. cónyuge

No, no ha hecho testamento. En el acta notarial de declaración de herederos se dice que la heredera universal es la madre, salvaguardando el usufructo del cónyuge viudo.

#7

Re: Beneficiarios en seguro de vida: madre vs. cónyuge

Pues entonces me reitero en lo dicho, quien tiene que cobrar es lamadre.

#8

Re: Beneficiarios en seguro de vida: madre vs. cónyuge

Perdona por no contestar antes, pero estos días el ordenador no me dejaba acceder con mi usuario para poder contestar.
Como te comentan otros compañeros, creo que en este caso la beneficiaria del seguro es la madre, aunque como no soy experto en derecho, una consulta a un abogado te puede sacar de dudas, pero creo que el orden en las herencias es descendientes, ascendientes, colaterales y herederos legales, el cónyuge creo que no aparece por ningún lado, pero lo dicho, esto un abogado te lo explica en un momento.
Incluso si tienes seguro de hogar en muchos estas dudas legales están incluidas en la defensa jurídica.

Saludos

#9

Re: Beneficiarios en seguro de vida: madre vs. cónyuge

Según el art. 935 del código civil, a falta de descendientes, heredan los ascendientes, y en el 944, a falta de ascendientes, hereda el cónyuge.
Pero por otra parte, el mismo código establece una legítima para el cónyuge en los art. 834 a 840, concretamente, cuando concurre con ascendientes (Padres, Abuelos ...), tendrá derecho al usufructo vitalicio de la mitad de la herencia (Art. 837 del Código Civil).

Esta situación la resuelve el notario en la declaración de herederos ab intestato, que se deberá pedir en cualquier caso puesto que la compañia de seguros la va a pedir si no había testamento, y que establecerá como heredero universal al ascendiente, pero con la reserva del usufructo de la mitad al conyuge (es decir, los menciona a los dos y les dice en qué proporción y de que modo van a heredar). Según ese criterio se va a adjudicar la herencia, y yo entiendo que en esta misma proporción se tiene que repartir el seguro puesto que la poliza no establece otro criterio distinto. Además, la compañía lo va a liquidar así cuando vea esa declaración de herederos. Lo único, que se puede calcular el importe que representa ese usufructo y abonarselo a la viuda, y el resto a la madre, en vez de mantener el usufructo, que no tiene sentido en este caso.
En el notario al ir a hacer la declaración de herederos se puede preguntar a quién le corresponde la herencia en ese caso concreto de fallecimiento sin testamento y te van a decir lo mismo que yo.

Un saludo