Acceder

Impago renovación seguro de vida

21 respuestas
Impago renovación seguro de vida
Impago renovación seguro de vida
Página
1 / 2
#1

Impago renovación seguro de vida

Buenas tardes. Tengo un problema con un seguro de vida anual renovable:

- Mi madre tenía contratado este seguro desde 2013.
- Este año la prima anual ha pegado un subidón (900€). Lo hemos intentado dar de baja y nos dicen que no porque no hemos avisado con dos meses de antelación.
- Les hemos replicado que, como han subido el precio del recibo sin avisarnos con dos meses de antelación, nos acogemos a eso y que nos den de baja por no respetar las condiciones generales iniciales del contrato.
- Nos contestan que según la Ley y nuestro contrato no están obligados a enviar ninguna información sobre el nuevo importe, y que el seguro sigue otro año más.

En las condiciones generales del contrato sólo se detalla el importe de la primera fracción de prima del primer año (enero de 2013), y en una cláusula se lee "para la cobertura de los periodos anuales sucesivos, el Tomador estará obligado a abonar, el día de inicio de cada periodo anual de cobertura, la prima anual que se calculará conforme a lo establecido en este apartado (...): la prima se calculan en función de la edad actuarial, profesión, riesgos, garantías, capital asegurado y estado de salud del Asegurado, tomando como base la información facilitada al solicitar el seguro. En caso de que la póliza hubiese sido calificada como riesgo agravado, la prima se verá incrementada por una sobreprima (...). En todo caso, las primas se verán incrementadas por los impuestos y recargos legalmente aplicables".

¿Puedo hacer algo ahora? Según he leído, si la modificación de la prima no está concretamente señalada en el contrato se puede reclamar, pero si lo está poco se puede hacer. El caso es que no sé si está realmente señalada leyendo las condiciones del párrafo anterior. Tampoco sé por qué conceptos sube la prima este año, ni el importe, ni tengo ninguna información previa por parte de la compañía, por lo que mi pregunta es ¿puedo tirar porque han modificado el importe sin avisarnos de la subida ni del motivo de ésta?

#2

Re: Impago renovación seguro de vida

Devuelve el recibo. Aunque efectivamente no están obligados a informar, la realidad es que el precio supone un cambio en las condiciones del contrato y, por tanto, tu tienes 15 días para rechazar esas nuevas condiciones desde que has tenido conocimiento de las mismas.

#3

Re: Impago renovación seguro de vida

Hola Emmanami gracias por contestar.

Dices que es un cambio en las condiciones del contrato, pero en una cláusula viene eso, que "para la cobertura de los periodos anuales sucesivos (...) la prima anual que se calculará en función de la edad actuarial, profesión, riesgos, garantías, capital asegurado y estado de salud (...)". Por tanto no sé si en realidad es un cambio en el precio y por tanto en las condiciones esenciales o si pueden decir que ya venía "mencionado" en esa cláusula y se lavan las manos.
Aparte de esto y del importe del primer recibo que fue de enero de 2013, no viene nada más especificado en la póliza. Es que no tenemos ni idea de las primas anuales concretas que van a venirnos porque no se especifica en ningún lado.

#4

Re: Impago renovación seguro de vida

en un seguro anual renovable se conocen las primas desde el momento en que se formaliza el contrato

#5

Re: Impago renovación seguro de vida

quien es el mediador? Para que le hizo el seguro? Que capitales?

#6

Re: Impago renovación seguro de vida

El seguro es con Unicorp Vida, y el mediador Unicaja. Es un seguro de vida anual renovable; si fallece mi madre tenemos un capital asegurado de unos 42.000€.

#7

Re: Impago renovación seguro de vida

edad de tu madre? Primas pagadas en 2013? 2014? 2015?

#8

Re: Impago renovación seguro de vida

según lo que vengo leyendo aquí a lo largo de todos estos años, los dos meses no se aplica a los seguros de vida, y a mayor abundamiento para el resto de seguros (hogar, coche) mi mediadora me dijo que este año de dos meses se pasaba a UN mes.

#9

Re: Impago renovación seguro de vida

En mayo de este año cumple 67. En 2013 fueron unos 780€ la prima anual, en 2014 unos 830€, en 2015 unos 890€ y ahora este año sube a 1010€ exactamente.

#10

Re: Impago renovación seguro de vida

La verdad que lo de que no se aplica a los seguros de vida ya me lo ha dicho más gente... pero en las condiciones generales del contrato viene así estipulado.
De todos modos el seguro tiene como fecha de vencimiento el 28 de diciembre por lo que se aplicó lo de los dos meses el año pasado (ya este año es un mes de antelación pero ya da igual porque ya ha pasado el 28 de diciembre). De hecho nos acaba de llegar el recibo al banco y ahí se va a quedar hasta ser devuelto.

#11

Re: Impago renovación seguro de vida

veo una subida mas importante por cumplir 70 años. Pero tampoco es una subida tan espectacular como explicabas

#12

Re: Impago renovación seguro de vida

A los 70 años del asegurado se extingu el seguro de vida anual renovable.

#13

Re: Impago renovación seguro de vida

Perdón no me expresé bien, quise decir que había subido hasta los 900€ este año. Pero era lo que estimábamos, después con el recibo en el banco ya a día 5 de enero nos hemos enterado que serán 1010€.

#14

Re: Impago renovación seguro de vida

Los seguros de vida se ajustan a la Ley 50/1980 , modificada por la 20/2015, igual que todos los demás, para sucesivas renovaciones tienen exactamente los mismos plazos de preaviso para la anulación, 30 días desde entrada en vigor de la modificación el día 1 de enero.

La subida no es llamativa para una persona de su edad, no puedes basarte en una estimación personal sino que hay que comprobar que se ajuste a las tablas vigentes a la firma del contrato.

También con fecha 1 de enero se suprime la posibilidad de que las compañías aumenten la prima en los seguros sobre las personas por variaciones en el estado de salud, artículo 11.

#15

Re: Impago renovación seguro de vida

Gracias patocles, ya me va quedando clara la cosa. Sin embargo, esas "tablas" no las encuentro por ninguna parte, en el contrato no vienen.
Ahora mismo nos acaba de llegar una carta fechada a 15 de diciembre de 2015 donde dicen que modifican las condiciones del contrato a partir de 1 de enero de 2016, diciendo que nos las "mejoran". Sin embargo, los tres o cuatro puntos que "mejoran" no nos satisfacen. ¿Se puede resolver el contrato por no estar conforme con las nuevas condiciones?