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ActivoBank ofrece dos nuevos seguros

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ActivoBank ofrece dos nuevos seguros
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#1

ActivoBank ofrece dos nuevos seguros

· Activo Protección Hogar (BanSabadell Seguros Generales, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros) y

· Activo Protección Autos (Zurich España, Compañia de Seguros y Reaseguros, S.A.)

Me llama la atención que este último ofrece cobertura del 100% del valor del vehículo, como si fuera nuevo, durante los tres primeros años de vida del vehículo. ¿No es esto sobreasegurar un bien? aunque he visto otras compañías que lo hacen los dos primeros años o que incrementan el valor venal en un 15%.

También ofrece libre elección de taller (atención BMW y similares) y descuentos en viajes y hoteles. El resto no me ha llamado especialmente la atención.

El primer seguro incluye cerrajería por pérdida de llaves, asistencia en viaje (¿un seguro del hogar con asistencia en viaje?), etc., etc.

#2

Re: ActivoBank ofrece dos nuevos seguros

Si te sirve de orientación en el mercado asegurador existen opciones con auténtico I+D+i en el seguro de autos, muy por delante de lo que comentas:
- Nationale Suisse te garantiza coche nuevo durante CUATRO AÑOS. Aceptan, además, todo vehículo de altísima gama y puedes contar con cobertura para cualquier perfil de accesorio donde las generalistas te ponen topes o excluyen.
- MUSSAP dispone del único seguro de autos en España a VALOR CONVENIDO. En módulos de 3.000 € y hasta el valor de nuevo del coche tu puedes mantener la garantía de que SIEMPRE repararán tu coche, independientemente de la edad y sin declarártelo siniestro total. Aparte, coche de sustitución durante 30 días tanto por avería como por accidente. Eso sí, franquicia mínima de 200 € que se reduce a 100€ si acudes a centros concertados y unas primas excelentes para la calidad del producto.
Lo de la libre elección es un problema de conocimiento: en el art 18 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro encuentras el siguiente texto "Cuando la naturaleza del seguro lo permita y el asegurado lo consienta, el asegurador podrá sustituir el pago de la indemnización por la reparación o la reposición del objeto siniestrado." por el cual quien decide donde se repara es el ASEGURADO y no el asegurador. Este no puede imponerlo y viene obligado a satisfacer la indemnización; otra cosa es que no les haga gracia pagar 3.000 si pueden salirse con 2.600...
Supongo que ahora vas entendiendo por qué este corredor siente una profunda tristeza cuando sale alguien diciendo que "todos los seguros a todo riesgo son iguales" o que "se ahorra 60 € y total el seguro es idéntico". Esos 60 € en caso de siniestro los perderá multiplicados por una cifra con algún que otro cero detrás. ¿Dónde está el ahorro?
Aparte, en la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro hallarás el art 29 "Si por pacto expreso las partes convienen que la suma asegurada cubra plenamente el valor del interés durante la vigencia del contrato, la póliza deberá contener necesariamente los criterios y el procedimiento para adecuar la suma asegurada y las primas a las oscilaciones del valor de interés"
Y el 28 dice que "No obstante lo dispuesto en el artículo 26, las partes, de común acuerdo, podrán fijar en la póliza o con posterioridad a la celebración del contrato el valor del interés asegurado que habrá de tenerse en cuenta para el cálculo de la indemnización.
Se entenderá que la póliza es estimada cuando el asegurador y el asegurado hayan aceptado expresamente en ella el valor asignado al interés asegurado.
El asegurador únicamente podrá impugnar el valor estimado cuando su aceptación haya sido prestada por violencia, intimidación o dolo, o cuando por error la estimación sea notablemente superior al valor real, correspondiente al momento del acaecimiento del siniestro, fijado pericialmente."

Saludos,