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Accidente laboral

18 respuestas
Accidente laboral
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#1

Accidente laboral

Buenas tardes, soy de Valencia y trabajador interino en la administracion; hace tres meses tuve un accidente laboral en el puesto de trabajo al caerme por unas escaleras, estando de baja 47 dias. La escalera no tienen pasamanos, solo pared a ambos lados. Cabe la posibilidad de denunciar a la Inspección de trabajo ? o a la propia administración ?. Y sobre todo, algún rankian@ me puede informar sobre la obligatoriedad de pasamanos en las escaleras, dado que hay 12 escalones. Gracias y espero una respuesta de vosotros.

#2

Re: Accidente laboral

Por supuesto puedes reclamar a la compañía de seguros de la Administración que atienda el siniestro por posible responsabilidad civil.

#3

Re: Accidente laboral

Buenas, como bien indica Andreu dado que estabas trabajando, el seguro de la empresa puede indemnizarte por el daño que has sufrido.

Respecto a la obligatoriedad de que las escaleras cuenten con pasamanos, al ser tan solo doce escalones y además, contar con pared a ambos lados, no es obligatorio.

Un saludo.

#4

Re: Accidente laboral

El Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones
mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, establece en su anexo I-A, apartado 3, respecto a las escaleras:

"Los lados cerrados tendrán un pasamanos, a una altura mínima de 90 centímetros, si la anchura de la escalera es mayor de 1,2 metros; si es menor, pero ambos lados son cerrados, al menos uno de los dos llevará pasamanos"

Por tanto, en función del ancho de la escalera (y con independencia del número de escalones), deberá disponerse de pasamanos, en uno o en los dos lados.

#5

Re: Accidente laboral

Con relación a la posibilidad de denunciar la situación a la Inspección de Trabajo, indicarte que estás en tu derecho. La denuncia puedes presentarla directamente por internet a través de la web https://explotacion.mtin.gob.es/ley11/inicio/elegirTramite.action?tramiteSel=1&procedimientoSel=12&proc=3

Puedes alegar que tu accidente de trabajo se ha producido como consecuencia de una falta de medidas de seguridad por incumplimiento de la normativa (Real Decreto 486/1997, anexo I-A, apartado 3), y solicitar un incremento entre el 30% y 50% de la prestación por incapacidad temporal, al amparo del artículo 123.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social:

"Todas las prestaciones económicas que tengan su causa en accidente de trabajo o enfermedad profesional se aumentarán, según la gravedad de la falta, de un 30 a un 50 por 100, cuando la lesión se produzca por máquinas, artefactos o en instalaciones, centros o lugares de trabajo que carezcan de los dispositivos de precaución reglamentarios, los tengan inutilizados o en malas condiciones, o cuando no se hayan observado las medidas generales o particulares de seguridad e higiene en el trabajo, o las elementales de salubridad o las de adecuación personal a cada trabajo, habida cuenta de sus características y de la edad, sexo y demás condiciones del trabajador"

#6

Re: Accidente laboral

Ay ya yai, que corres mucho.

#7

Re: Accidente laboral

Gracias a tod@s por vuestras aportaciones, las cuales me han servido para tener mas conocimientos sobre el asunto. Carlos9, esta mañana he estado hablando con un técnica de riesgos laborales y me ha comentado lo mismo que tu. Ahora tengo un dilema, a) denunciar ante la Inspección de Trabajo o b) escrito ante la administración sobre reclamacion de responsabilidad patrimonial. La duda me surge por cual será la vía mas rápida para dilucidar la posible responsabilidad. De nuevo, gracias a tod@s y si podéis seguir ayudándome quedare muy agradecido.

#8

Re: Accidente laboral

Y tanto que corre