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Problema sobre los beneficiarios de un Seguro de Renta Vitalicia

21 respuestas
Problema sobre los beneficiarios de un Seguro de Renta Vitalicia
Problema sobre los beneficiarios de un Seguro de Renta Vitalicia
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#1

Problema sobre los beneficiarios de un Seguro de Renta Vitalicia

Muy buenas a tod@s.

Por favor, me gustaría que me pudierais resolver una cuestión que nos ha surgido a mis hermanos y a mí en relación a un seguro de renta vitalicia que tenía mi tía. Os cuento brevemente: Mi tía falleció hace un par de meses y era soltera sin descendencia ni padres. En su testamento indica que todos sus bienes se los deja, a partes iguales, a sus dos hermanos: mi padre y mi tío. Mi padre falleció antes que mi tía. Al tramitar la herencia de mi tía, hemos visto que disponía de este seguro por fallecimiento en el que designó como beneficiarios a mi padre y a mi tío. Al solicitar la parte de mi padre, nos dice la entidad aseguradora que el único beneficiario que considera es a mi tío y que la parte dineraria que le correspondería a mi padre se la dan a mi tío. Es más, nos dicen que cuando murió mi padre, mi tía tendría que haber cambiado o bien su testamento e incluir en él este seguro y a nosotros como beneficiarios o bien habernos puesto como beneficiarios, junto con mi tío, en el contrato de la póliza. ¿Es esto así? ¿en qué normativa o legislación se basan? ¿los seguros escapan al código civil y al derecho de sucesión de padres a hijos? Porque he estado mirando la Ley de Contrato de Seguro de 1980, que es la vigente, y no encuentro nada de esto.

Muchas gracias de antemano y, por favor, espero que me podáis ayudar.

#2

Re: Problema sobre los beneficiarios de un Seguro de Renta Vitalicia

Una cosa es ser heredero de los bienes de una persona y otra cosa es ser beneficiario de un contrato.
El seguro de vida es un contrato entre el tomador y la compañía donde se acuerda unas condiciones entre las cuales está la designación de beneficiarios, que cobraran la prestación en caso de sobrevivir al asegurado.
Llegado el momento si no existiesen beneficiarios, tendrían esta condición los herederos legales del asegurado.

#3

Re: Problema sobre los beneficiarios de un Seguro de Renta Vitalicia

lógicamente vosotros sois herederos legales del asegurado.
¿Qué dices que te han dicho que tu tía al morir tendría que haber cambiado el testamento?
si, se murió como lo va a hacer

#4

Re: Problema sobre los beneficiarios de un Seguro de Renta Vitalicia

Se refiere a que cuando murió su padre, su tia (que todavía vivía), debería haber cambiado su testamento y sustituir al padre por l@s hij@s.

#5

Re: Problema sobre los beneficiarios de un Seguro de Renta Vitalicia

Habría que ver cómo está hecha la designación de beneficiarios en el seguro pero en principio la compañía actúa correctamente.

#6

Re: Problema sobre los beneficiarios de un Seguro de Renta Vitalicia

Como te comentan, habría que ver como están designados los beneficiarios de la póliza. Si están designados nominativamente, al fallecer tu padre, el que queda es tu tio y es el único con derecho a cobrar el seguro.

saludos

#7

Re: Problema sobre los beneficiarios de un Seguro de Renta Vitalicia

La legislación que te resuelve el tema es la de Sucesiones y Donaciones. El seguro se deriva a esa legislación. Efectivamente teneis derecho sobre la parte de tu padre a heredar el capital correspondiente. No obstante, (casi) todas las rentas vitalicias se extinguen con el fallecimiento del perceptor de la renta, de tal manera que no hay capital que repartir. Es decir, un capital 1MM € en renta vitalicia genera 100k € al año, si vive el año 37 y ha agotado el capital la Aseguradora sigue pagando la renta, si fallece el año 2 el remanente se lo queda la Aseguradora. Esto es en terminos generales, dependerá de lo pactado en esa seguro de renta.

#8

Re: Problema sobre los beneficiarios de un Seguro de Renta Vitalicia

Muchas gracias a todos por vuestras aportaciones.

De lo que he leído deduzco que la clave está en que la designación de beneficiarios sea nominal. Efectivamente, esto ocurre en la póliza. También debo entender que los derechos sobre una póliza de seguro por fallecimiento de un beneficiario designado nominalmente terminan cuando fallece y no pueden ser "cedidos" a sus descendientes mientras exista otro beneficiario nominal vivo. Me gustaría saber qué normativa, leyes o artículos son la base para deducir lo anterior, porque yo me he leído la Ley de Contrato de Seguro de 1980 y yo no veo nada de lo anteriormente expuesto.

Muchas gracias de nuevo.