Fraank, por lo que veo tu no eres técnico en seguros y si lo fueras o fueses (así me lo enseñaron), lo sentiría mucho por tus asegurados.
La RC, que describe el 1.902 y ss. del CC. dice que tu eres responsable de todos los daños que causen tú, tus propiedades o todos los que de tó dependan, hasta el perro.
Por tanto si tienes seguro, podrás derivar esa responsabilidad "económica" (que no penal) hacia tu seguro, pero si no lo tienes, pues deberás tu y tus bienes, presentes o futuros, responder por el daño causado.
Y yo nunca he dicho que no hicieran (o anularan) el seguro de comunidad, al contrario (y por distintas causa a las por tu alegadas), he dicho que baje su seguro de hogar y se acoplen al seguro de comunidad.
Pero hoy no es el día. Otro te daré clases practicas de seguros y RC.
Modesto que es uno.
P.D. Y tu Cia como dices o te está engañando o tu no la estás entendiendo.