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Cancelar seguros de vida.

20 respuestas
Cancelar seguros de vida.
Cancelar seguros de vida.
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#17

Re: Cancelar seguros de vida.

Tienes que mirar el vencimiento de póliza, y mandas una carta a la compañía de seguros diciendo que al vencimiento anulen la póliza.
Mandas otra carta al banco diciendo que te den de baja la domiciliación de esa compañía y que no paguen más recibos de esa póliza.
Aunque tienes todo en el mismo banco recuerda que el seguro de vida es de una compañía de seguros y la cuenta es de la entidad financiera. Aunque sean de los mismos dueños, son entidades distintas.

#18

Re: Cancelar seguros de vida.

Hola franciscoextrem, tienes razon. Si pueden trataran de extrujarte,que le dejes el sueldo entre seguros,hipotecas,tarjetas,etc. Una cosa he aprendido. Debido a que cuando son ellos quienes ofrecen determinados productos o servicios trataran de poner pegas,trabas para que no los dejes. Por ello, siempre que sea posible es mejor (si asi lo ve el cliente)contratar los servicios con otras entidades. Si deseas marcharte das orden al banco de no pagar y punto. Pero los bancos o cajas trataran de retener el producto o servicio contratado.(seguros coche,decesos,vida etc)En ocasiones hay empleados tanto celos que llegan a acosar o presionar.

#19

Re: Cancelar seguros de vida.

Además mira si el contrato se ajusta a la ley 50/1980. Muchos seguros, sobre todo pólizas colectivas, que te meten con calzador los bancos suelen estar contratados en fraude de ley. Si lo que tienes es una solicitud nada más, no estás obligado. Tienes que tener una póliza con condiciones particulares y generales completas. Mira los artículos 3, 4, 6 y 8 de la ley 50/1980.

#20

Re: Cancelar seguros de vida.

revisa las condiciones de la hipoteca, pero en los seguros, puedes contratarlos con quien quieras, solo que tendrás que darle al beneficiario otro seguro con las mismas garantias antes de cancelar el actual.

en cuanto a la fecha de baja, al finalizar cada periodo (anual habitualmente, aunque la forma de pago fuese mensual).

no tienes que avisar a la aseguradora con dos meses antes del vencimiento, en otros segros si, pero jusgto en los de vida no es necesario, la facultad corresponde excluisivamente al tomador (eso si, tiene que cancelar el tomador, como en todos)

Ahora ya no pueden aplicar diferencia de genero en los seguros, por ello asesorate en las primas antes de contratar y antes de cancelar, garantias, etc,, ACUDE A UN ROFESIONAL

#21

Re: Cancelar seguros de vida.

Artículo 95 ley 50/1980
"Una vez transcurrido el plazo previsto en la póliza, que no podrá ser superior a dos años desde la vigencia del contrato, no se aplicará el párrafo 2.º del artículo 15 sobre falta de pago de la prima. A partir de dicho plazo, la falta de pago de la prima producirá la reducción del seguro conforme a la tabla de valores inserta en la póliza."

No hay ninguna penalización por pasar de pagar ese seguro. Además mira si el contrato fue legal, si es un seguro colectivo debes tener un boletín de adhesión, y las condiciones generales; estas últimas deben estar aceptadas pro ti al menos con una firma.