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Es obligatoria esperar a la concurrencia de seguros para cobrar la indemnizacion?

7 respuestas
Es obligatoria esperar a la concurrencia de seguros para cobrar la indemnizacion?
Es obligatoria esperar a la concurrencia de seguros para cobrar la indemnizacion?
#1

Es obligatoria esperar a la concurrencia de seguros para cobrar la indemnizacion?

Buenas Tardes,

Tengo una duda, sobre mi vivienda hay dos seguros, el propio y el comunitario, ha habido un siniestro que cubren ambas polizas. Como mi seguro ya cubro el 100% del valor del continente, puedo reclamar el 100% de la indemnización a mi Seguro y que este luego "haga cuentas" con el de la comunidad debido a la existencia de esta concurrencia?

Gracias

#2

Re: Es obligatoria esperar a la concurrencia de seguros para cobrar la indemnizacion?

Buenos días,
Tú tienes el contrato con una compañía, que es a quien debes de reclamar e informarle de que existe la posibilidad de cobertura por la póliza de la comunidad, facilitándole el máximo de datos posibles de la comunidad (compañía, nº de póliza, etc.).
Tu compañía deberá atenderte el siniestro en base a las garantías de tu póliza y repercutir sobre quien pueda. (En este caso sobre el seguro de la comunidad).
Otra cosa es que tú tuvieras dos contratos a tu nombre sobre el mismo riesgo, que entonces tendrías que reclamar a las dos compañías y cobrar lo que correspondiese de cada una.
Saludos

#3

Re: Es obligatoria esperar a la concurrencia de seguros para cobrar la indemnizacion?

Hola
Si tu seguro particular de hogar cubre el 100% de los daños sufridos, el seguro de la comunidad no toma parte. Sólo se puede indemnizar una vez los daños.
Y si lo que preguntas es por los responsables, el seguro de hogar particular está primero (si los daños son privativos). Si no tuvieras seguro particular de hogar, entonces empezaría a participar el seguro comunitario.
En caso de que los daños fueran comunitarios, el seguro de hogar particular puede indemnizarte a ti, y luego reclamar al de la comunidad. Aunque también puede pasar la pelota directamente al de la comunidad y lavarse las manos. Sólo participar si éste último se escaquea, y entonces debe usar su defensa y reclamación.

#4

Re: Es obligatoria esperar a la concurrencia de seguros para cobrar la indemnizacion?

Gracias Alex y Jomalo por vuestra respuesta......

La realidad es que mi seguro (es muy antiguo, y viene del 85) està infravalorado en cuanto a continente, pq cuando se hizo ya se sabía que había otro comunitario que cubría el resto del valor de la vivienda en cuanto a continente.

El contenido por el contrario està a dia de hoy supravalorado ( el seguro es de 64.000 €) en una vivienda de 125 m2 donde no hay nada de valor especial actualmente, si en los años 80-90. Por lo que yo estimo en un máximo de 30.000 € el valor del contenido actual.

Para que mi seguro cubra el 100% del continente he pedido a la compañia de seguros que haga una "compensación de capitales" entre contenido y continente (34.000€ que se convertiran en 100.000€ de valor de continente + los 25.000 existentes cubre el 100% del valor de la vivienda), y su respuesta es que como hay concurrencia de seguros no tiene por que aplicar tal compensación.

Puedo forzar a que sean ellos quien cubran el 100% de la indemniación y que apliquen la compensacion de capitales?,,, en la póliza solo indica que se puede realizar esta compensación sin ninguna exclusión...

Gracias por vuestra ayuda

#5

Re: Es obligatoria esperar a la concurrencia de seguros para cobrar la indemnizacion?

Si el seguro que tú tienes es insuficiente te aplicara una regla proporcional que no tiene porque ser la misma que proporción que en la concurrencia.
Me explico, si tú tienes un riesgo asegurado al 80% de su valor, la compañía te pagaría en esa misma proporción, es decir un 80% de los daños.
Pero si tú tienes un riesgo asegurado al 130% entre dos compañías (en una al 80% y en otra al 50%), en una concurrencia la primera pagaría un 80x100/130 = 61,54% y la segunda un 50x100/130 = 38,46%. Entre las dos pagarían el 100% de los daños.
Por ello “debiera” ser la compañía principal quien asuma los trámites y acuerde con la concurrente el pago del siniestro.
Yo en tu caso, forzaría en tu compañía para que pagara el total de los daños atendiendo a razones comerciales, por tenerte un riesgo mal asegurado pero pagando más prima que si estuviese bien asegurado, ya que el seguro de contenido es más caro que el de continente, etc. etc.

Saludos

#6

Re: Es obligatoria esperar a la concurrencia de seguros para cobrar la indemnizacion?

No creas que el problema que planteas es facil de resolver. Realmente es un tema complejo.

Estas mezclando varios conceptos aseguradorores que Su Señoría tendria problemas de interpretar.

1º.- El calculo del Contenido, es realmente dificil, pero no veo inconveniente alguno en que un hogar de 125 m. tenga un contenido de 60.000. Muchas veces no nos damos cuenta de lo que tenemos hasta que no se origina el siniestro. Se sinceso contigo mismo y reliza una valoración de la cocina (inlcuidos cubertería, vajilla, ajuar, trapos, muebles, etc ), salón (incluidos libros, tc, sofá, cortinas, decoración, etc) y despues dormitorios (ropa, ajuar, cama, mesita, equipos de musica, etc etc etc), de verdad nos llevamos una sorpresa con todo lo que tenemos.

Pero a lo que vamos, pretendes aplicar una compensación entre Continente y Contenido y además, una Concurrencia.

En principio te diría que no a lugar la compensación, sino antes de la concurrencia. Si a pesar de la concurrencia tuvieras infraseguro, entiendo que sí procedería la compensación. Pero si entre uno y otro tienes capital suficiente para Continente, a mi entender no procede.
¿Tienes derecho a que te abone tu cia el 100 % del daño y despues reclamar a la Comunidad?. A mi entender NO. Tendran que llegar a un acuerdo ambos peritos en los daños y en la concurrencia.

En este caso, a mi entender pinta mal para ti, pues si fuera fuera el Perito, te diría que nones. Pero reconozco que es discutible.

#7

Re: Es obligatoria esperar a la concurrencia de seguros para cobrar la indemnizacion?

Si justamente es eso en lo que se ampara la compañía. Ahora bien, el périto a reconocido que el valor del contenido total de la vivienda no es 60.000 sino 30.000 €, ¿entonces pq tengo que esperar a la concurencia para que hagan la compensación?. Para mi es independiente una cosa de la otra.

Aquí el único que ha ganado en 20 años es el Seguro que ha cobrado una póliza excesiva por el contenido, ya que el resto del continente no asegurado queda cubierto por la comunidad.

Entiendo que no puedo reclamar que he pagado de mas durante 20 años, pero imagínate que no ha habido siniestro y ahora pido compensacion de capitales (misma tarifa). Seguro que lo hacen sin discutir, ahora bien cuando tienen que pagar ellos ya no...

Teóricamente son "mi seguro" y tienen que vigilar por mis intereses....pq al fin y al cabo ellos van a reclamar al seguro del vecino quien es el que ha provocado el siniestro. Sólo van a perder el que me tienen que adelantar el dinero, pq como es un tema de RC ya sé que a ellos les pagaran el contenido a valor real... pero es igual pq justamente el contenido de la casa está suficientemente cubierto y me lo tienen que pagar si o si seguro.

O solo pido que cumplan con nuestro contrato, y en mi contrato con ellos no habla de concurrencia, solo de compensacion de capitales.....

O igual estoy equivocado!!!, solo intento aplicar el S.C. (Sentido Común, como sabéis el menos comun de todos ellos)

Sabéis de algún abogado especialista en el tema?

#8

Re: Es obligatoria esperar a la concurrencia de seguros para cobrar la indemnizacion?

Abogado? Para este caso?

Este asunto es mas de estudio, que de abogados.
En el tiempo que te va a llevar conseguir uno que sepa lo que es una concurrencia y lo que es la compensación de capiatales en el seguro ya habrás solucionado el tema entre las dos cias.
Se paciente e intenta que los daños se valoren de acuerdo a tus necesidades, lucha este tema y deja para el final la compensación si fuera necesaria.