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Código deontológico para empleados de banco

14 respuestas
Código deontológico para empleados de banco
Código deontológico para empleados de banco
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#1

Código deontológico para empleados de banco

La jugada es la siguiente: Mi padre es un jubilado tipo, conocimientos financieros más bien básicos. Yo un poco por encima de él, poco.
Va al banco a contratar un depósito y vuelve con unas obligaciones preferentes del propio banco (BBVA) y colocadas como si fueran un depósito. El producto no parece tan malo como los contratos financieros atípicos ¿qué os parece?
El problema de conducta que sobresale es que en el banco le han colocado estas obligaciones y él ni tan siquiera sabe lo que le han vendido. Defícit de conocimientos financieros acompañado de un mal asesoramiento. ¿En qué fecha nos vamos a poder fiar de los comerciales de un banco?

#2

El Código civil considera que no hay contrato sin consentimiento

Según el artículo 1.261 del Código Civil, no hay contrato sino concurren como requisitos el consentimiento el objeto cierto de lo que sea materia del contrato y la causa de la obligación que se establezca. A esto, une el artículo 1.265 por el que el consentimiento será nulo si se presta por error, violencia, intimidación o dolo. Añade que para que el error invalide el consentimiento, deberá recaer sobre la sustancia de la cosa que fuere objeto del contrato o sobre aquellas condiciones de la misma que principalmente hubieren dado motivo a celebrarlo, según el 1.266.

#3

Re: Código deontológico para empleados de banco

Los productos en genral no son malos ni buenos. Pero no creo que fuese lo que tu padre buscaba. Estamos hablando de deuda perpetua que cotiza en un mercado secundario. No se si sera a tipo fijo o variable. Es consciente tu padre de que puede perder pasta? de los gastos que supone? etc, etc,....

Es lamentable pero es practica habitual. Y ojito, que no sera el caso de tu padre, pero muchas veces hay tambien una falta de responsabilidad por parte del consumidor. Conozco bastantes casos similares, en los cuales, los clientes han sido advertidos de en lo que estaban invirtiendo, y aun asi lo han hecho, porque daban mas que en un plazo fijo normal y porque era con la garantia del banco/caja. Hoy en dia, cualquiera que visite 2 o 3 entidades es informado por el competidor de los defectos del producto del de enfrente. Y aun asi, se siguen colocANDO. Alguna responsabilidad tendra el cliente (aqui ya se que me saltan encima doscientos mil).

saludos...

#4

Re: Está firmado

El contrato es valido porque está firmado, luego hay consentimiento. Mi queja se debe a la falta de ética al vender los productos.

#5

Re: Código deontológico para empleados de banco

Es a tipo fijo. Ni mi padre, ni yo mismo somos conscientes de que pueda perder pasta.

También hay falta de responsabilidad por parte de mi padre porque ya le había avisado de que tuviera cuidado y no le colocaran ninguna cosa rara. De lo que estoy seguro es de que a él no le explicaron los riesgos que corría al invertir en esas obligaciones. ¿Cuales son los riesgos de las obligaciones?

#6

Obligaciones preferentes BBVA

He ojeado los productos y servicios para particulares del BBVA en su web y no aparece por ningún sitio (o no he sabido ver) esas obligaciones preferentes.

En Google no hay casi información sobre "obligaciones preferentes" y menos información aún por las emitidas por el BBVA. Qué raro no?

Alguien tiene más información sobre lo que es una obligación preferente y, en particular, sobre esta emisión realizada por el BBVA?

#7

Re: Código deontológico para empleados de banco

Lo leo y lo alucino. Increible lo poco profesionales que son algunos comerciales de la banca. ¿Como a una persona jubilada que busca un deposito (imagino que con el capital garantizado) le pueden vender unas acciones preferentes?. Bueno la explicación son dos y faciles de entender. Le deja mas comision al comercial y les han dicho que coloquen acciones preferentes al primero que asome la cabeza pidiendo lo que sea.

Panico me dan este tipo de comerciales. Tengo entendido (sin ser ningun entendido en la materia) que las acciones preferentes de cualquier empresa, pueden no dar dividendos nunca, no tienen tanto riesgo como las acciones normales, or tanto la rentabilidad tambien es menor. Pero el mayor problema es a la hora de venderlas ya que tienes que esperar que llegue alguien que las quiera. Osea que no las puedes vender cuando quieras ya que no tienen tanta rotacción como las acciones por ejemplo del ibex.

Eso tengo entendido que me rectifique alguien si es mas entendido en la materia.

#8

Re Nulidad del contrato por error en el consentimiento.

Pudiendo probar que existió un error esencial e inexcusable al presentar a la firma un contrato de depósito, cuando lo que realmente firmaba era un contrato de unas obligaciones preferentes del propio banco, la parte agraviada puede reclamar la nulidad de dicho contrato por error en el consentimiento, con el efecto de la devolución de la cantidad depositada más los intereses legales.

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