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Declaración de cuentas en el extranjero, modelo DD1.

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Declaración de cuentas en el extranjero, modelo DD1.
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Declaración de cuentas en el extranjero, modelo DD1.
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#9

Re: Declaración de cuentas en el extranjero, modelo DD1.

Se agradece la aclaración porque ahora al empezar el papeleo de Flatex, se me ha ocurrido que en su día no declaré la de IB y me he acojonado por momentos.. pero veo que no aplica.

Gracias mil,

#10

Re: Declaración de cuentas en el extranjero, modelo DD1.

Nueva Ley contr el fraude, ley 7/2012 del 29 de octubre
«Disposición adicional decimoctava. Obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero.
1. Los obligados tributarios deberán suministrar a la Administración tributaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y 93 de esta Ley y en los términos que reglamentariamente se establezcan, la siguiente información:
a) Información sobre las cuentas situadas en el extranjero abiertas en entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio de las que sean titulares o beneficiarios o en las que figuren como autorizados o de alguna otra forma ostenten poder de disposición.
b) Información de cualesquiera títulos, activos, valores o derechos representativos del capital social, fondos propios o patrimonio de todo tipo de entidades, o de la cesión a terceros de capitales propios, de los que sean titulares y que se encuentren depositados o situados en el extranjero, así como de los seguros de vida o invalidez de los que sean tomadores y de las rentas vitalicias o temporales de las que sean beneficiarios como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, bienes muebles o inmuebles, contratados con entidades establecidas en el extranjero.
c) Información sobre los bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles de su titularidad situados en el extranjero.

#11

Re: Declaración de cuentas en el extranjero, modelo DD1.

Hola Marei,

Desde mi punto de vista, respecto la cuenta de IB:

a) No soy titular, ni beneficiario, ni autorizado ni dispongo de poder alguno
b) Los títulos están a nombre de IB, al ser una cuenta omnibus
c) Bienes inmuebles, no aplica.

Entiendo yo que las cuentas de valores omnibus quedan por tanto excluidas de declaración.

Saludos,

#12

Re: Declaración de cuentas en el extranjero, modelo DD1.

Personalmente comparto tu opinión pero, como soy profano en la materia, he preferido incorporar la noticia por si alguien más experto podía arrojar luz sobre este punto. En todo caso, cuando salga el reglamento (tal como se menciona en el segundo párrafo), es de esperar que haya una mayor concreción.

#15

Re: Declaración de cuentas en el extranjero, modelo DD1.

Hola, buenas tardes:

Lo de IB me lo figuraba, muchas gracias por confirmarlo, Padrino, lo mejor es ir directamente a la fuente.

Despues de leeros se me ha planteado la siguiente duda: si no existe obligación de declarar las cuentas tipo IB y los títulos están a su nombre, y no al mío, entonces en la nueva regulación contra el fraude de la Agencia que menciona Vilarey y que se ha tratado otro hilo, a la hora de determinar el efectivo y valores(cada clase deber ser inferior a 50.000€) ¿no contaría en el cómputo el efectivo y los valores que tuvieramos en IB?

Un saludo

#16

Re: Declaración de cuentas en el extranjero, modelo DD1.

Yo espero que la información que me dieron en esos dos teléfonos que puse en el hilo haya sido correcta, porqu si no lo es el marrón de todas todas será nuestro y ahora ve explicando que te dijeron por tfno, que si tal que si cual..., toda la información que tengo al respecto es esa conversación telefónica que mantuve con ellos, ni siquiera he leído la ley, desconozco si las cosas habrán cambiado de entonces a hoy, es decir, si habrá algo nuevo, o tendrán alguna consigna nueva que transmitir a los asustadizos evasores de capital como nosotros :), si alguno llamáis y les comentáis la cuestión de cuentas tipo IB no dejéis de comentarlo por aquí, porque en realidad creo que hay un cacao de narices o eso es lo que me transmite todo lo que leo, como que nadie tiene nada meridianamente claro pero porque la propia administración tampoco es muy clara en este sentido. De momento yo la cuenta de IB no la he declarado aunque como es lógico declare todas las ganancias o pérdidas que tenga a la AEAT.
Sobre la pregunta que haces la verdad que ni idea, todo lo que podría hacer sería especular sobre el asunto y añadir má confusión a la que ya hay. A ver si alguien nos ilumina un poco...
Un saludo Jonpru.

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