Sobre cupones corridos...
Buenos días a todos. Es solamente una duda técnica al respecto, creo que estoy en lo cierto pero... mejor recibir alguna opinión de alguno de vosotros que desmienta o confirme lo que creo.
Cuando vendemos una emisión por la que debemos recibir cupón corrido aparte ( no va incluído en el precio), recibimos la fracción de cupón que nos corresponda... con la retención del 21% practicada sobre ella, al igual que si lo hubieramos recibido completo en su fecha de pago. Creo que es así.
Pero... cuando compramos una emisión por la que debemos desembolsar el cupón corrido ( que de nuevo supongamos que no va incluído en precio) para que dicho cupón se lo paguen al vendedor de dicha emisión, nosotros como es natural desembolsamos el 100% del cupón corrido, mientras que al que nos ha vendido le abonarán el 79% de lo que nosotros hemos desembolsado, de modo que le retendrán el 21%.
Creo que es así como digo en ambos casos, de modo que si es así, desde luego convienen a efectos fiscales las emisiones que llevan el cupón incluído en el precio de modo que te computen como plusvalías o minusvalías y no como rendimientos de capital mobiliario, además de que evitamos si somos compradores y vendedores habituales de RF, desembolsar 100% del cupón corrido cuando compramos y recibir sólo 79% de dicho cupón cuando vendemos.
Si alguno me puede dar confirmación se lo agradezco.
Un saludo.