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Cataluña 2017: El final del camino.

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Cataluña 2017: El final del camino.
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Cataluña 2017: El final del camino.
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#1892

Re: Cataluña 2017: El final del camino.

igualito que el abuelo...jjj 

menos mal que se cumple la ley y las ordenes del juez viva españa y viva la guardia civil y la policia nacional

saludos 

#1893

Re: Cataluña 2017: El final del camino.

La Fiscalía actuará contra los Mossos por su pasividad en el referéndum ilegal

Puigdemont vota en Cornellà de Terri.
Puigdemont vota en Cornellà de Terri. @GOVERN EUROPA PRESS

Enfrentamientos y cargas policiales en varios colegios al comenzar las votaciones. La policía autonómica ignora la orden del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de desalojar los centros de votación a partir de las 6.00

#1894

Re: Cataluña 2017: El final del camino.

Y los mozos de cuadra tocándose el higo!!!

Ya que no acatan al juez que defiendan a los pacíficos manifestantes de los sedientos de sangre policías y Guardia civiles!!

Qué es la hora del vermú???

#1895

Re: Cataluña 2017: El final del camino.

si triste la actuacion de los mossos espero que incumplir la ley tenga su castigo...el referendum es ridiculo sin censo no hay internet sin sobres en un voto unoiversal desde cualquier lugar sin junta electoral sin independientes interventores la mesa sin notificar con voluntarios nacionalistas ....ridiculo esta claro que se ha de usar el 155 a partir de mañana

saludos viva españa!!!

#1896

Re: Cataluña 2017: El final del camino.

Menos la sexta, es normal que todas las cadenas sigan con su programacion habitual como si nada estuviera pasando? ahora mismo en tve estan con el corazon, corazon...

#1897

Re: Cataluña 2017: El final del camino.

No habrá referéndum decían y lo ha habido. El domingo no se podrá votar decían y se ha votado. Todos los colegios estarán cerrados decían y se han abierto. En mi ciudad, como mínimo, sí ha habido referéndum, sí se ha votado y todos los colegios han abierto.

#1898

Re: Cataluña 2017: El final del camino.

La Delegación de Observadores Británicos compuesta por 14 parlamentarios acaba de declarar que se encuentra en "estado de shock" con lo que está presenciando. Ha declarado que dan toda la validez al referéndum y al número de votos. Por otra parte han declarado que van a llevar al Estado español a la corte penal internacional de La Haya. Informa el periodista Fede Cedó de La Vanguardia.

#1899

Re: Cataluña 2017: El final del camino.

Interesante.

#1901

Re: Cataluña 2017: El final del camino.

normal un referendum ilegal segun el tribunal constitucional, sin junta electoral, sin mesas formadas por los elegidos por sorteo sino voluntarios indepen..., sin censo, apuntando en una hoja sin saber si vota en la de al lado, universal votas donde te da la gana, sin recuento informatico....es decir sin validez alguna por parte de los organismos internacionales (venecia entre ellos) y por encima de todo pudiendo votar enseñando el DNI ESPAÑOL....por favor ja ja ja 

menudo esperpento

saludos viva españa!!!

#1902

Re: Cataluña 2017: El final del camino.

#1903

Re: Cataluña 2017: El final del camino.

al final seguro que vota un 105% de toda la poblacion catalana....ja ja ja votan hasta los de madrid

#1904

Re: Cataluña 2017: El final del camino.

El  artículo 155 de la  Constitución española, incluido en el  título VIII sobre la organización territorial del Estado, constituye, según los expertos constitucionalistas, el «medio de control, de carácter excepcional, que complementa al ordinario recogido en el  artículo 153, de la actividad de las CCAA».

 

 

Está previsto para situaciones «extremas», es decir, aquellas en las que una comunidad incumple las obligaciones impuestas por la Carta Magna o las leyes «atentando gravemente al interés general de España».

Este artículo está inspirado, como señala el profesor  Mariano Bacigalupo, en la figura de la «coerción federal» prevista en el  artículo 37 de la  Ley Fundamental de Bonn. No contempla, como sí sucede en otros Estados federados, la suspensión o disolución de los órganos de la comunidad incumplidora. En este caso, de lo que se trata es de adoptar medidas para el cumplimiento forzoso de las obligaciones.

La diferencia entre el artículo 155 español y el 37 alemán reside en que en el primero, la situación de conflicto debe atentar gravemente al interés general de toda la nación. No basta con el mero incumplimiento de las leyes. Este supuesto evidentemente se daría en el caso de un intento de secesión puesto que la misma afectaría a la integridad territorial del Estado, y a los principios de unidad y soberanía nacional que constituyen el núcleo de la Carta Magna.

En el 155 se prevé además un primer paso que implica el requerimiento a las autoridades de la comunidad incumplidora para que atiendan sus obligaciones legales. En caso de que dicho apercibimiento fuera desoído, las medidas a adoptar por el Estado deberían ser aprobadas por la mayoría absoluta del  Senado. No sería, sin embargo necesario que medie una declaración de incumplimiento por parte del  Tribunal Constitucional, aunque muy probablemente el Gobierno de Mariano Rajoy la requeriría.

Ni en  España ni en  Alemania se ha activado un precepto tan excepcional. En el caso español, el procedimiento de aplicación del artículo 155 en su fase parlamentaria está recogido en el  artículo 189 del reglamento del Senado.

En virtud del mismo, el Gobierno deberá presentar ante el presidente de la Cámara un escrito en el que manifieste el contenido y alcance de las medidas a aplicar, así como la justificación de haber realizado el correspondiente requerimiento al presidente de la Comunidad Autónoma afectada, y el incumplimiento de ésta.

La Mesa del Senado remitirá esta documentación a la  Comisión General de las Comunidades Autónomas que requerirá al presidente de la comunidad implicada a remitir en plazo las alegaciones que considere oportunas y designe a una persona para que ejerza su representación.

La Comisión emitirá un dictamen razonado sobre si procede o no aprobar la solicitud del Gobierno central, incluyendo los condicionantes y precisiones que crea oportunos. El Pleno de la Cámara debatirá y votará la propuesta, siendo necesario para la aprobación el voto de la mayoría absoluta de los senadores

Artículo 155 de la Constitución

"1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras Leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

 

2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas."

#1905

Re: Cataluña 2017: El final del camino.

La primera mimistra de Escocia y el primer ministro de Bélgica condenan en twitter la violencia contra los votantes catalanes.

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