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Plusvalía obejtiva y real

1 respuesta
Plusvalía obejtiva y real
Plusvalía obejtiva y real

CÓDIGO AMIGO

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#1

Plusvalía obejtiva y real

Buenas tardes, he estado realizando una simulación con la calculadora del ayuntamiento y me da dos valores muy diferentes, en el objetivo pone unos 4000 euros y en el real casi 40000 euros. Es esto posible??? 
He estado leyendo y he llegado a la conclusión que podría elegir qué liquidación de las dos hacer, pero esto es realmente así?? O me voy a tener que tragar la real si o si. No me creo que el ayuntamiento me deje irme de rositas pagando 4000 euros cuando me podrian sacar hasta 40000. 
Si me podéis ayudar os lo agradecería. Un saludo
#2

Re: Plusvalía obejtiva y real

Hola,

La ley establece claramente que el IIVTNU ("plusvalía municipal") se calcula con el método objetivo, excepto que el real sea más beneficioso para el contribuyente. En tu caso, al ser perjudicial, la deuda tributaria se calcula por el objetivo, sí o sí. No hay más: la ley es clara y taxativa.

El Ayuntamiento esta, por tanto, obligado a girarte la menor liquidación de entre los dos métodos. De todas formas, remárcaselo: renuncias expresamente al método real. Y si es en régimen de autoliquidación, obviamente presenta por el método objetivo.

Un saludo,