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Portal Subastas BOE

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#1

Portal Subastas BOE

Buenas tardes y gracias de antemano.
Estoy viendo la posibilidad de comprar una vivienda a través del sistema de pujas de subastas del BOE y me he encontrado con algunas duda que no logro resolver.

El caso es que he visto un bien que en principio me puede interesar por las características que tiene y por su posible precio.
En el portal de subastas se indica lo siguiente:
100 % PLENO DOMINIO PRIVATIVO SIN CARGAS

Tal y como he leído, se recomienda pedir una nota simple y eso he hecho, aquí viene lo siguiente:
Carga propia: Embargo a favor de hacienda pública contra la titularidad de XX en cuanto a la totalidad, en reclamación de xx€ de principal, xx€ de intereses y xx€ de costas. Ordenado en procedimiento administrativo de apremio con fecha 10/06/20 seguido por la agencia tributaria en expediente XXX.

¿Alguien me sabría decir si esas cargas me las como yo si compro la vivienda?

He visto que las cargas anteriores al proceso de ejecución se las come el que gana la subasta pero esto no se si se considera carga anterior.

Saludos.




#2

Re: Portal Subastas BOE

Hola,

Tienes que saber por cual carga sale a subasta el inmueble. Es decir, si un inmueble tiene tres cargas, y sale a subasta por la segunda, la segunda se cancela con lo que se obtiene en la subasta y la tercera automáticamente (aunque no cobre nada) porque es posterior. Y efectivamente, tú te subrogas en la primera.

Sin embargo, si un inmueble solo tiene una carga (parece ser tu caso), pues entonces como sale a subasta por dicha carga, se cancela con lo que se saque en la misma. Ten en cuenta de que si no hubiera embargos ese inmueble no saldría a subasta (excepto en las voluntarias).

Conclusión: se cancela la deuda por la que sale a subasta y las posteriores.

Un saludo,
#3

Re: Portal Subastas BOE

Gracias por tu respuesta.
Lo que no acabo de entender en este caso.
La deuda es de unos 60k más 40k en intereses y 5k en costas, total unos 105 más o menos.

Está persona tiene embargadas dos propiedades, está que la tasan en 45k y el valor de subasta es el mismo. Y una segunda que está tasada en 25k y el valor de subasta es el mismo.

Esto es normal? Saldrá la subasta aún cuando pagando el valor de tasación de ambas viviendas no se cubre la deuda?

Gracias.

#4

Re: Portal Subastas BOE

Hola,

Sí. Es más, te la puedes adjudicar (si no hay mas pujas) por menos del dinero de la tasación (con un cierto límite inferior por debajo del cual no se te adjudicará excepto que el acreedor este de acuerdo, exactamente está regulado por el art. 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Es decir, la subasta sirve para que el acreedor (en este caso, supongo carga única, será AEAT) cobre el total de la deuda, o una parte. El resto de deuda la seguirá debiendo el deudor original (al quien se ha embargado) pero tú no la tienes que hacer frente, aunque con la subasta no se cubra y aunque el deudor no tenga más bienes y por tanto sea insolvente.

Un saludo,
#5

Re: Portal Subastas BOE

Muchas gracias, me quedo más tranquilo sabiendo esto.

Saludos.