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Alquiler, aire acondicionado.

8 respuestas
Alquiler, aire acondicionado.
Alquiler, aire acondicionado.
#1

Alquiler, aire acondicionado.

Tengo un problema. Vivo de alquiler en un piso que dispone de dos aparatos de aire acondicionado.
Resulta que han dejado de funcionar. Mi pregunta es : si no se pueden reparar ¿tiene derecho el dueño del piso a ponerme dos aparatos nuevos de las mismas características? ¿En caso de que se niegue puedo comprarlo y descontarlo del alquiler? 
Agradecería una respuesta. ¡Un saludo! 
#2

Re: Alquiler, aire acondicionado.

La primera pregunta es SI.

La segunda pregunta es NO.

Método, disciplina y tiempo

#3

Re: Alquiler, aire acondicionado.

Como bien dice Jtorres el propietario puede cambiarlo por unos similares, pero el alquilado no puede realizar cambios y de forma unilateral descontarlo del alquiler a no ser que previamente se llegue a algún acuerdo con el arrendador.

Por lo que a falta de ese acuerdo, el cambio lo tiene que realizar el arrendador.
#4

Re: Alquiler, aire acondicionado.

Tal como está redactado el comentario, parece que quiere decir "tiene obligación el dueño" en vez de "tiene derecho el dueño", y si fuera así, creo que la respuesta sería NO a las dos preguntas.
#5

Re: Alquiler, aire acondicionado.

Pues yo creo que el dueño no tiene para nada obligación de cambiar el aire acondicionado. La tiene para garantizar los mínimos básicos, y el aire acondicionado no lo es. Lo es una caldera, por ejemplo.  Se tiende a veces a creer erróneamente que el alquiler incluye también mantenimiento. Eso sí, si el inquilino los pone él, que luego se los lleve, sin problema. Pero de su bolsillo. 
#6

Re: Alquiler, aire acondicionado.

1- la reparación la pagas tu. 
2- si no se puede reparar tendras que mirar en el contrato de alquiler si estaba especificado que el piso tenía aparatos de aire acondicionado. Si es así y puedes demostrar que no es posible repararlos (nota del servicio técnico) puedes hablar con el casero para que los reponga. Elegirá el los que quiere poner. Si no están inventariados en el contrato de alquiler del piso habla con el casero. Puede cambiarlos o no. Si no los cambia y decides ponerlos tu nuevos guarda toda la documentación, para poder demostrar que intentaste repararlos, que informaste al casero (un correo electrónico por ejemplo) y que has comprado tu los nuevos, porque de esta forma cuando te vayas puedes llevartelos del piso o venderlos. 

Saludos 
#8

Re: Alquiler, aire acondicionado.

Si esta inventariado en el contrato de alquiler Y no es posible la reparación si tiene la obligación. Tu puedes alquilar un piso con aire acondicionado, con  nevera, con mampara de ducha, lo que sea. Evidentemente si yo me cargo la mampara de ducha de mi piso de alquiler tengo que reponerla pero si el aire acondicionado es irreparable y esta inventariado en el contrato pues si, tendrá que poner el casero uno nuevo, dado que inventarió que alquilaba un piso con aire acondicionado. 

Normalmente el inventario se hace para que el inquilino no te deje el piso sin nevera, muebles, etc, cuando se vaya, pero ojo, el inventario también obliga al casero. 

Saludos 
#9

Re: Alquiler, aire acondicionado.

Siempre ha sido un tema abierto, y de libre interpretación. Lo he visto de todos los colores. Pero la ley, dentro de su ambigüedad, como muchas, dice al respecto :

"El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil" (Art 24). 

Yo en mis contratos de alquiler, como casero, siempre he indicado una cláusula que los electrodomésticos no esenciales (como aire Acondicionado, etc) mientras vivan, bien, pero quedan fuera de la responsabilidad de reparación y/o sustitución por parte del arrendador. Los que no son necesarios para garantizar la habitabilidad de la vivienda. Me lo han firmado, hemos convenido ambos eso, de acuerdo con la Ley, o sea que ya sabemos lo que toca dado el caso. Otra cosa es que nadie haya puesto nada, y ahi pues empezamos a interpretar..

Saludos

#10

Re: Alquiler, aire acondicionado.

Hombre si lo pones en tus contratos, lo avisas antes de firmar a tus potenciales inquilinos y sabiéndolo ellos firman, en tu caso particular entiendo que estás cubierto. 
Ahora también te digo, que un aire acondicionado aquí por el sur en verano si que podría decirse que es necesario para garantizar la habitabilidad de la vivienda 😅