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Como acreedor, ¿he de pujar para cobrar la deuda?

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Como acreedor, ¿he de pujar para cobrar la deuda?
Como acreedor, ¿he de pujar para cobrar la deuda?
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Como acreedor, ¿he de pujar para cobrar la deuda?

Buenas, quizá este tema ya lo habéis tratado pero no lo encuentro.
Os cuento resumido: tenemos a la dirección facultativa denunciada por deficiencias en una casa que compramos.Se allanó en la demanda, o sea que nos dio la razón a lo que pedíamos. Como aparejador tenía que tener un seguro que se hiciera cargo de estas cosas pero este señor no. Nuestro abogado pidio la subasta de uno de los inmuebles que el aparejador tiene a su nombre y lo ultimo que sabemos es que está pendiente de tasación. Mi pregunta: si nadie puja se levantará el embargo y nos quedaremos sin cobrar? Pujamos nosotros para quedarnos con la casa y venderla para al final cobrar nuestra deuda? El abogado no ha dicho nada de que tengamos que pujar ni nada quizá este tipo de subasta funciona de otra manera? Estoy perdidisima, si alguien me pudiera orientar por favor. Muchas gracias!