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¿Clausulas legales?

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¿Clausulas legales?
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#1

¿Clausulas legales?

Estoy alquilada en un estudio, en dos meses finaliza el primer año de alquiler, y la empresa propietaria me ha avisado de que me van a aumentar un 10% del precio que pago ahora, aun a sabiendas de que es ilegal puesto que en el contrato pone que se aumenta según el IPC.

Como no me apetece nada estar de mal rollo en la vivienda, puesto que puedo tener problemas por tratarse de una empresa que es propietaria de todo el edificio y que en el alquiler incluye todos los gastos (agua, luz, wifi...) he decidido cambiar de casa.

Pero ahora leo en el contrato que me obligan a:
1.- dejarles entrar durante 3 días a la semana el último mes para asi poder enseñarlo a futuros inquilinos ¿no vulnera esto la inviolabilidad del domicilio?
2.- que si hay algún desperfecto me lo descuentan de los 2 mensualidades abonadas como fianza, y que mientras duren las reparaciones debo abonar los meses de alquiler como si siguiese en la vivienda
3.- que se me descuentan automaticamente 80€ de la fianza para limpieza, sin tener en cuenta si está limpio o sucio (y se me entregó muy sucio)
4.- y que una vez acabado el 1er año de contrato me pueden echar si avisan con un mes de antelación.

¿es esto legal? y teniendo en cuenta que no cumplen las leyes ni la de los 3 años mínimos a los que la ley les obliga como propietarios, ni la de la subida del IPC ¿como puedo asegurarme la devolucion de la fianza?

#2

Re: ¿Clausulas legales?

Buenas Nereyn,

Como inquilina tienes unos derechos que el arrendador no está respetando. Te recomiendo que consultes este artículo:  La fianza en un contrato de alquiler de vivienda. Te respondo al resto de dudas:

  1. Puedes negarte a que visiten el piso, porque la vivienda es tuya mientras la tengas alquilada. Sin embargo, si está indicado específicamente en el contrato, podrían rebatírtelo. Yo pactaría con él las visitas, horarios etc. la verdad.
  2. Lo tienes en el artículo.
  3. Lo tienes en el artículo también.
  4. Según la LAU, el contrato de alquiler, una vez vencido el primer año, tiene una prórroga obligatoria anual hasta un mínimo de cinco años. 

Saludos!