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Salida humos por patio interior - Comunidad de propietarios

20 respuestas
Salida humos por patio interior - Comunidad de propietarios
Salida humos por patio interior - Comunidad de propietarios
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#9

Re: Salida humos por patio interior - Comunidad de propietarios

Juan, léete el hilo antes de contestar, así verás que no es q el tubo actual no cumpla, sino que no hay tubo. Las salida de humos la harán por la fachada, por el patio interior desde el local, por los shunts de los baños... a saber, pero no hay tubo de evacuación de humos

#10

Re: Salida humos por patio interior - Comunidad de propietarios

Bueno, creo que yo no me he inventado la existencia del tubo, sea o no el correcto.
Mira este párrafo:
"... tiene la oferta de un nuevo inquilino que pretende continuar con el negocio de la panadería pero necesita una salida de humos superior a la existente"

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: Salida humos por patio interior - Comunidad de propietarios

Cuando se monta un negocio hay dos tipos de empresarios, el panadero autónomo, que se monta su negocio con gran esfuerzo, que quiere todo lo mas barato posible, incluso a veces al margen de la legalidad, a veces por desconocimiento y otras intencionadamente. Y luego están las empresas con renombre, que abren muchos locales, que conocen la normativa y la cumplen a rajatabla, que intentan hacer todo bien ya no solo cumpliendo la normativa sino intentando causar las mínimas molestias que se puedan transformar en quejas vecinales, y lo que les importa es no manchar su nombre. Y parece que estos son tus dos casos.

Si el tubo lo montan bien y conforme a normativa, no os tiene que afectar en nada. No os tiene que quitar vistas, y no tiene que dar calor. No es un simple tubo de chapa, es un conducto que lleva dos tubos concéntricos con un aislante en medio, por dentro va el aire caliente y el aislante hace que el tubo exterior no se caliente. En cuanto a la reflexión de la luz... no se si es hilar muy fino.

En este tipo de obras, donde el local quiere quedar bien con los vecinos, se suele ofrecer una contraprestación en mejoras de la comunidad, de tipo, ya que van a hacer obras en el local, se van pintar la fachada del local, pues que pinten también la fachada del zaguán mejorando la estética del edificio en beneficio vuestro y del propio negocio. Si tienen que hacer obras en la comunidad pues ya que pintan, que no pinten solo el parche donde trabajen, sino todo el zaguán, si van a montar un andamio en el patio de luces para colocar el tubo a lo mejor es pedir demasiado, pero se le puede pedir que pinten el patio de luces, cosas así que a ellos metidos en obras es un poquito más, pero que a vosotros os hace mucho.

Respecto al tipo de negocio que van a montar, no sabéis el nombre de la empresa peticionaria de la licencia?? Pues averiguar los otros locales como son. Si el peticionario es panaria, pues os acercais a un local de panaria y sabéis lo que van a montar.
Por cierto, de que diámetro es el tubo??
Y en cuanto a poder limitar que tipo de negocio instalen en el local, no, vosotros no lo podéis limitar. Si el local no tiene salida de humos y no se quieren gastar el dineral en ponerla no podrán montar un bar, pero podrán montar un local de copas. La normativa les obligará a que insonoricen el local, a que durante el funcionamiento las puertas permanecerán cerradas y q no se permitirá sacar las bebidas fuera del local, si se hace bien, los vecinos no escuchareis ruido procedente del local, pero si la gente se queda en la puerta del local el bullicio de gente no lo podréis evitar.

#12

Re: Salida humos por patio interior - Comunidad de propietarios

Bueno, releyendo el hilo es cierto, no se dice como es la salida actual, por lo que yo intuyo que no hay tubo, al menos por donde se pretende instalar el nuevo.

#13

Re: Salida humos por patio interior - Comunidad de propietarios

Efectivamente no existe el tubo, obligatorio para hornos a partir de una determinada potencia, y parece ser, no obligatorio para los que no alcancen esta potencia. Como declararon una potencia de horno inferior a la que finalmente instalaron, a raiz de la denuncia el ayuntamiento advirtió este hecho y obliga a poner la salida de humos. El caso es que ya hace año y medio de esta inspección, sin que hasta el momento se haya solucionado ni haya significado un impedimento para continuar funcionando a la panaderia actual, que por cierto, ayer fue el ultimo dia que abrió.
El pasado viernes tuve la oportunidad de ver el horno y pude comprobar que no existe ninguna captación de humos ni la correspondiente salida. Unicamente el vao que se genera se gestiona a traves de los conductos de ventilación del local, sin que ningun trabajador dentro del local parece que esté expuesto a riesgo alguno, o eso al menos parece.
En el caso de aceptar alguna contrapartida por parte del propietario del local, cual seria el procedimiento idoneo para hacerlo y como tenemos que tratar los asuntos fiscales, en caso necesario ?
Gracias por vuestras respuestas.

#14

Re: Salida humos por patio interior - Comunidad de propietarios

Si solamente está usando el tubo de la ventilación, habría que saber si éste está preparado para ello, dependiendo del material de que esté hecho y, sobre todo, si se trata de un shunt que también da servicio a las viviendas.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#15

Re: Salida humos por patio interior - Comunidad de propietarios

Parece que los conductos de ventilación son los destinados a recoger todo tipo de humos, olores y demàs que se pueden generar en el local panaderia, ya que no existe ninguna salida de humos. A traves de uno de estos conductos que se utilizan para ventilar los baños,las cocinas e incluso una habitación cerrada a modo de trastero, los pisos comparten este espacio con los locales hasta llegar a la terraza, y parece ser la causa de la detección de olores en alguna de las viviendas, curiosamente no en todas. Supongo que te refieres a esto cuando hablas del shunt.

#16

Re: Salida humos por patio interior - Comunidad de propietarios

Si, cuando Juan Lackland y yo hablamos de shunt, nos referimos en edificios anteriores a 2006, al conducto, o generalmente hueco de obra que ni siquiera tiene un conducto de chapa donde se instalan las rejillas de ventilación de los baños y en algunos casos también de las cocinas (solo rejilla de ventilación de la cocina, no el extractor de la campana de la zona de cocción).

Ese shunt de ventilación es exclusivo para eso, para ventilar los baños, y evitar las humedades permanentes en zonas húmedas y poco ventiladas, pero no para evacuar los humos de cocción. Y aquí esta el motivo de porque la normativa es así; los hornos industriales tienen una salida de humos que deben conectar al conducto de salida de humos. Los hornos pequeños son como el de tu casa, no tienen salida de humos, y es solo al abrir la puerta tras cocinar el alimento cuando sale el vapor y el olor de la cocina. Pero si hacemos un sistema de extracción de la cocina que recoge esos vapores y olores y lo enchufamos al shunt del edificio, pues es igual que si conectas el extractor de tu cocina al shunt de los baños, que cuando esté orinando tu vecino de arriba sabrá lo que estas cocinando.

Resumiendo, baños, con shunt de ventilación natural por un lado. Extractores de cocina por otro lado. Antes de 2006, las cocinas domesticas tenían cada una su conducto a la fachada, ahora todos a un conducto vertical hasta arriba. Y las cocinas industriales ídem, pero por separado.

Nario, respecto a como recibir legalmente la contraprestación, pues para evitar esos líos precisamente no se suele recibir en metálico sino en mejoras de la comunidad. Sino la comunidad debería practicar una retención de IRPF sobre lo recibido, pero la comunidad lo aplica sobre cada uno de sus comuneros, no se exactamente como funciona el tema, pero algo así me comentaron.
Se que para pequeñas cantidades nadie lo hace así. Tengo un conocido que en su azotea tienen una antena de telefonía móvil, y reciben el alquiler de terraza y la contraprestación en la cuenta de la comunidad, para los gastos ordinarios, no se reparte entre los propietarios, pero si que se declara como ingresos de cada propietario, y al hacer la renta cada año tienen que indicarlo "lo que han cobrado de su parte proporcional" aunq ellos como personas físicas no han cobrado el dinero, sino q se han ahorrado las cuotas de la comunidad.