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Real Decreto Ley 6-2012, 9 Marzo

3 respuestas
Real Decreto Ley 6-2012, 9 Marzo
Real Decreto Ley 6-2012, 9 Marzo
#1

Real Decreto Ley 6-2012, 9 Marzo

Hola solicito ayuda de si se podria acoger al real decreto con las siguientes caracteristicas, en 2007 una entidad bancaria nos concede 696000 euros en un prestamo para comprar acciones de su banco a una media de unos 18 euros, aahora estan a 7 euros.
Tenemos 2 viviendascon hipoteca y un local el cual esta vendido y en 2020 no pagarian el resto unos 80000 euros.
Ingresos un conguje no trabaja desde 2006 y el otro recibe pension por 1400euros mes.
Dividendos de las acciones al año unos 16000euros - retension quedan unos 12000 euros.
INGRESOS. 1400*12=16800
dividendos 16000*21%= 12640
TOTAL INGRESOS--------28640 euros.

GAstos 1ª hipoteca se pagan 883 euros mes. 2 hipoteca se pagan 600 euros mes. Interes del prestamo de compra acciones 6000 cada tres meses.
Capital a partir de mayo de prestamo acciones 50000 euros.
Las acciones estan ahora valoradas en unos 300000 euros,y la deuda de acciones es de 518000euros

total gastos: 1 hipoteca 883*12= 10596 euros
2 hipoteca 600*12= 7200 euros
intereses acciones 6000*4 = 24000Euros
total gastos------------------------------41796 euros

resumen ingresos 28640- gatos 41796 euros
SEgun el real decreto creo que dice que se podran acoger a las medidas cuando los gastos superen el 60% de los ingresos
pues creo que el porcentaje sin contar los 50000euros de principal de las acciones llega al 150% de los imgresos.
Creeis que tendria alguna posibilidad de acogerme a la medida del real decreto en el cual se podrian dar 4 años de carencia y bajar el diferencial.
Estamos deseperados por favor si nos podeiss ayudar.

#2

Re: Real Decreto Ley 6-2012, 9 Marzo

si las bbva son el 15% de la cartera de valores y son 300K, el total de la cartera serian unos 2M, creo que en la situacion merece la pena soltar algo de papel y quitar el prestamo de las acciones que seguramente estara en peores condiciones que las hipotecas. Es solo una opinion, pero yo soltaria papel (y ladrillo si se puede) y amortizaria lo mas posible

#3

Re: Real Decreto Ley 6-2012, 9 Marzo

Alo mejor me he explicado mal las acciones estan pignoradas y valen 300000 en la actualidad y la deuda de esas acciones son 518000 euros asi que si se vendieran aun se deberian 218000 euros.

#4

Re: Real Decreto Ley 6-2012, 9 Marzo

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-3394

Mira en el BOE, es para una vivienda y sin tener otros bienes, y tu en la cuenta estas metiendo los intereses de 2 viviendas y las acciones. Segun lo que has puesto creo que no podriais acogeros.
De todas formas estais muy apalancados, he leido otro post tuyo donde decias que las bbv eran el 15% de tu cartera, creo que podeis vender parte de la cartera, no necesariamente las bbv, pero otras acciones y una de las viviendas para reducir deuda, ya que la situacion no parece muy sostenible.