El concepto de cuenta vivienda, en realidad tiene poco sentido, es decir tu puedes tener una cuenta a 31 del 12 de 2010 con 9000 € de un plazo fijo, y cuando llegue la hora de hacer la declaración de la renta en 2011, es cuando declaras que ese dinero es para la compra de una vivienda con lo que tendrías derecho a la deducción, ademas puedes cambiarlo de cuenta, es decir en Agosto de 2011 termina tu plazo fijo y contratas otro, en otra o la misma entidad, esta vez por 18000 porque lo ahorraste, bien pues cuando llegue el momento de la declaración de la renta en mayo de 2012 pues esa cuenta a plazo, le dices al simpático funcionario que te la hace en hacienda, oiga este numero de cuenta es mi nueva cuenta corriente con lo que te deduces el % que corresponda de los segundos 9000 y es él (es decir la administración) el que se encarga de apuntar que es el segundo año de tu cuenta vivienda y así sucesivamente, yo concretamente lo he estado haciendo de forma totalmente legal, al final no me he comprado vivienda pero los intereses de demora los he cubierto con lo que sacaba del plazo fijo. Lo que pasa es que el banco te vende las desgravaciones como algo suyo, pero vamos aquí el banco ni pincha ni corta, en tu caso con que a 31 del 12 tengas dinero en una cuenta, cuando llegue en Mayo la declaración de la renta con las normas ya mas claras decides lo que quieras hacer, y repito un plazo fijo también valdría o mas bien es lo mejor. Por otra parte se supone que ese dinero no lo puedes usar para otros menesteres pero hay gente, y es lo mas lógico, que durante el año lo usa como quiere teniendo la precaución de que al final de año este donde debe estar es decir en una cuenta corriente, (creo que en el País Vasco si se puede hacer esto ultimo), al fin y al cabo que sentido tiene tener ese dinero inmovilizado.
P.D. Ojo las Cuentas de Valores que es donde están las acciones y los fondos de inversión no valen para esto, solo las Cuentas Corrientes.