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Duda notario compraventa

3 respuestas
Duda notario compraventa
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#1

Duda notario compraventa

Hola, tenía una duda importante sobre la compra de un piso de segunda mano. Si al tramitarse ya la escritura ante notario se tramita la venta y el comprador recibe las llaves y todo eso, ¿es posible que el piso aun después de las comprobaciones del notario tenga alguna carga? Y en este último caso, el comprador, que no tiene ninguna culpa de esto, ha de cargar con ellas o tiene derecho a reclamar responsabilidades al notario o éstas son responsabilidad del vendedor. Por una parte entiendo que el notario ha de dar fe, pero he escuchado muchas opiniones contradictorias.

#2

Re: Duda notario compraventa

no, no es posible, porque el Notario antes de la firma pide el estado de cargas, y si esta libre, se puede firmar la vivienda sin cargas, desde el momento que le envia el registro el estado de cargas al notario, ( el mismo dia de la venta) quien ha tenido que informar del dia de venta, no se puede hacer ningún asiento a la finca ( ya sea anotaciones de embargo, otras cargas etc..)

si entra despues o el mismo dia alguna anotacion preventiva de cargas o embargos, se entiende que es sobre un determinado deudor, motivado por el propietario anterior, y si el propietario del bien ha cambiado esa carga no puede ser finalmente gravada a la finca, queda sin efecto... solo se comprueba en todo caso que no se trate de un caso de levantamiento de bienes ( es decir, que por ejemplo, un padre temiendo un embargo le venda corriendo la casa a un hijo, para evitar ser embargado etc.. ) es decir, que el vendedor y el comprador " estén compinchados de algún modo "

#3

Re: Duda notario compraventa

El notario pedira informacion registral de las cargas existentes y lo pondrá en la escritura y ahí acaba su responsabilidad, en el improbable caso de que despues hubiera algun conflicto eres tu el que debe afrontarlo con la escritura notarial como documento que dice libre de cargas.Si en la escritura notarial te la cuelan y aceptas algo así como "la situacion registral es conocida por las partes que la aceptan expresamente" pues la cosa es diferente y eso es lo debes comprobar.

Tu tambien puedes pedir las cargas del inmueble al registro, que es público, seguir el tema y en cuanto firmes la escritura de propiedad y seas propietario la inscribes inmediatamente a tu nombre.

S2

#4

Re: Duda notario compraventa

y además, en el momento que se firme la compra, el Notario esta obligado a mandar una comunicación al Registro del hecho en si ( como si fuera un burofax, para que nos entendamos, ) y luego si no tienes gestoria entonces tu mismo tienes un plazo para presentarla en el que el " llamado burofax del notario sigue teniendo validez" si luego nadie lleva la escritura de compra al registro pues entonces se puede pasar el plazo y el registrador entonces no cambia el nombre del propietario, porque nadie la ha presentado físicamente.. y es ahí cuando pueden meter entonces cargas al anterior propietario, pero en ese tiempo entre " el burofax " ( es que no se como se hace la comunicación exactamente, lo llamo así "coloquialmente " ) y la presentación física de la escritura de compra prevalece lo indicado por el Notario ante cualquier embargo posterior en ese intervalo de tiempo, siempre, no olvidemos, con las comprobaciones oportunas de levantamiento de bienes y esas cosas ( que esta penado por la ley ) porque si viene una carga en ese momento, el Registrador esta obligado a practicar un asiento de entrada de la carga, eso si, pero eso no quiere decir que finalmente la pueda hacer efectiva en la finca, ten en cuenta tambien que a veces puede ocurrir que el vendedor no sepa que tiene una carga, porque en la nota simple todavia no aparece, pero el registrador si ha practicado un asiento de entrada pendiente de despachar.. pero de esto último si se entera el Notario antes de la firma, para eso es Notario..