Usufruto y propiedad en irpf
Padre : 50% pleno dominio + 50% usufruto de la otra parte
hijos: 50% nuda propiedad
Hay una venta.
¿en qué casilla del IRPF pongo la ganancia patrimonial del usufruto?
Por la edad del padre, el usufruto es el 10% del valor de transmisión.
¿tendría que poner en el irpf que mi padre tiene el 60% de titularidad y los hijos el 40%?
pd: para enredar más la cosa, la propiedad de mi padre es del 1973 y la que generó el usufruto (por muerte de la madre) del 1992.