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Cargas posteriores en subasta tributaria

1 respuesta
Cargas posteriores en subasta tributaria
Cargas posteriores en subasta tributaria
#1

Cargas posteriores en subasta tributaria

Hola a todos. A ver si algún experimentado forero me puede echar una mano. Estoy interesado en una subasta de Hacienda. El caso es que la propiedad solo tiene dos anotaciones de embargo de Hacienda y se despacha ejecución por la primera que es de menor cuantía. ¿Que ocurría con la segunda? Se cancela? Quedo subrogado o Hacienda se apaña con lo que sobre de la primera?

#2

Re: Cargas posteriores en subasta tributaria

Las cargas posteriores se cancelan del Registro y la deuda se mantiene a nivel personal con el deudor originario solo que el acreedor, en este caso Hacienda, pierde una garantía.

Si hay sobrante se consigna a favor de los acreedores posteriores a la carga que se ejecuta.

En un ejemplo se ve más claro:

- Carga 1: se deben 50.000€. Carga 2: se deben 75.000€.

- Se ejecuta la 1ª carga y en la subasta del bien se obtienen 75.000€. Los primeros 50.000€ se usan para saldar la carga 1 y los 25.000€ restantes se consignan a favor de los acreedores posteriores (en este caso la carga 2, que ve reducida su deuda a 50.000€. Este resto deberá reclamarlo buscando otros bienes del deudor originario).