Acceder
¡Bienvenido a Rankia España! Volver a Rankia USA

Limite ingresos complemento de minimos - Pensiones

3 respuestas
Limite ingresos complemento de minimos - Pensiones
Limite ingresos complemento de minimos - Pensiones
#1

Limite ingresos complemento de minimos - Pensiones

Buenos dias. Estoy cobrando complemento a minimos. Este año he invertido en letras del tesoro y en 2024 cobraré intereses de estas letras. Con este cobro y un ingreso por alquilar un piso demi propiedad habré sobrepasado el limite para cobrar comp. a minimos. ¿Debería informar la seguridad social antes de fin de año? Si es afirmativo me puede decir la dirección para escribir una carta a la seg. social. Muchas gracias
#2

Re: Limite ingresos complemento de minimos - Pensiones

Hola,

No es necesario comunicárselo a la Seguridad Social. Una vez que presentes la declaración de la renta del año 2023 (es decir, entre abril y junio de 2024), aproximadamente sobre noviembre de dicho año (2024), la Seg. Social cruzará datos con la Agencia Tributaria y ellos te indicarán cuanto te descontarán mensualmente de tu pensión (con mínimos incluidos, puesto que en 2024-2025 todavía no cocerán si durante esos ejercicios fiscales has sobrepasado el límite que se establezca para esos años) lo que cobraste de más.

En este otro hilo ya se hablo del tema y mi información viene confirmada por la experiencia de alguien que se vio en tu situación.

Un saludo,
#3

Re: Limite ingresos complemento de minimos - Pensiones

Gracias. Esto lo sabía porque ha pasado a mi marido. A partir de 2024 cada año pasaré el limite entonces en algún momento tendré que informar a la seg. social. Muchas gracias
#4

Re: Limite ingresos complemento de minimos - Pensiones

Hola,

Sí, es posible presentar ante la Seguridad Social una declaración de ingresos para que tengan en cuenta los ingresos del ejercicio y procedan a abonarte directamente la pensión con el complemento a mínimos ajustado (o anulado, si se supera el límite).

Sin embargo, si me permites el consejo, como nunca es totalmente certero que efectivamente vayas a tener esos ingresos que supones "fijos", debido a que, para este ámbito -el complemento a mínimos- no presentar declaración alguna no supone ningún tipo de sanción  ni problema, siempre recomiendo optar por esperar a que sea la SS quien proceda con la regularización de oficio, pues este dato partirá  la declaración de IRPF, dónde constarán los ingresos que efectivamente se hayan percibido, ya que se presenta a año vencido y es entonces cuando únicamente se puede conocer con casi absoluta certeza dicho dato. 

Un saludo,
Guía Básica