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Una persona con 15 años cotizados, tiene derecho a percibir pensión de jubilación pública.

6 respuestas
Una persona con 15 años cotizados, tiene derecho a percibir pensión de jubilación pública.
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Una persona con 15 años cotizados, tiene derecho a percibir pensión de jubilación pública.
#1

Una persona con 15 años cotizados, tiene derecho a percibir pensión de jubilación pública.

   Tengo un familiar que está cerca de la edad de jubilación y tiene pocos años cotizados,  por lo que solicito si alguien me puede informar si tendría derecho a percibir  pensión de jubilación pública.
   Trabajador que cumple  66 años de edad a principios del próximo año,  y  tiene cotizado 15 años en distintos régimenes:
– 24 meses cotizados durante los años: ( 2005 y 2006 ),    en Régimen General ( CTP 99% ),   sumando las bases de cotización de los 24 meses: 6078 )
- 36 meses cotizados durante los años: ( 2009, 2010, 2011),   en Régimen General ( HOGAR – DIS ),  sumando las bases de cotización de los 36 meses: 26581 )
- 120 meses cotizados después del año 2011, en Régimen General  ( Sistema especial empleados de hogar ),  ( CTP 33,6 % ),  sumando las bases de cotización: 29460 )
    Suma total de las bases de cotización: 62119
    Gracias.
#2

Re: Una persona con 15 años cotizados, tiene derecho a percibir pensión de jubilación pública.

Pregunta esto en el foro de fiscalidad. Allí te podrán ayudar mejor que en este sitio.

Saludos
#4

Re: Una persona con 15 años cotizados, tiene derecho a percibir pensión de jubilación pública.

Muchas gracias:  Alfon1974.
  Como desde el  año  2012  hasta  esta  fecha,  el  trabajo  fue  a  tiempo parcial  ( CTP 33.6 % ), no se si cuentan  los  meses  o  años  completos  como  cotizados,  o  sólo  el  33.6 %.
#5

Re: Una persona con 15 años cotizados, tiene derecho a percibir pensión de jubilación pública.

  • A efectos de la determinación de la cuantía de las pensiones de jubilación y de incapacidad permanente derivada de enfermedad común, el número de días cotizados que resulten de la aplicación del coeficiente de parcialidad (segundo párrafo de la letra a) del artículo 247 de la LGSS), se incrementará con la aplicación del coeficiente del 1,5, sin que el número de días resultante pueda ser superior al período de alta a tiempo parcial.



#6

Re: Una persona con 15 años cotizados, tiene derecho a percibir pensión de jubilación pública.

  • La base reguladora de las prestaciones de jubilación e incapacidad permanente se calculará conforme a la regla general.
  • A efectos de la determinación de la cuantía de las pensiones de jubilación y de incapacidad permanente derivada de enfermedad común, el número de días cotizados que resulten de la aplicación del coeficiente de parcialidad (segundo párrafo de la letra a) del artículo 247 de la LGSS), se incrementará con la aplicación del coeficiente del 1,5, sin que el número de días resultante pueda ser superior al período de alta a tiempo parcial.
  • El porcentaje a aplicar sobre la respectiva base reguladora se determinará conforme a la escala general (artículo 210  y  disposición transitoria novena de la LGSS),  con la siguiente excepción:

    Cuando el interesado acredite un período de cotización inferior a quince años, considerando la suma de los días a tiempo completo con los días a tiempo parcial incrementados ya estos últimos con el coeficiente del 1,5, el porcentaje a aplicar sobre la respectiva base reguladora será el equivalente al que resulte de aplicar a 50 el porcentaje que represente el período de cotización acreditado por el trabajador sobre quince años.
#7

Re: Una persona con 15 años cotizados, tiene derecho a percibir pensión de jubilación pública.

Gracias  a  todos por la  ayuda.
   Encontré  a  través  de  internet.  Que a partir  del  13 de Julio de 2019,  según sentencia del  tribunal  constitucional  ( Sentencia  91/2019 ),   a  los  trabajadores  a  tiempo  parcial,  los  días  trabajados  se  contabilizan  como si fuera  una  jornada  completa.  O eso es lo que entiendo yo una vez  leida  algo de la  sentencia.
  Un saludo.
Guía Básica