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Traspaso de fondo de inversion entre los miembros de un matrimonio- Fiscalidad Fondos de Inversión

8 respuestas
Traspaso de fondo de inversion entre los miembros de un matrimonio- Fiscalidad Fondos de Inversión
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Traspaso de fondo de inversion entre los miembros de un matrimonio- Fiscalidad Fondos de Inversión
#1

Traspaso de fondo de inversion entre los miembros de un matrimonio- Fiscalidad Fondos de Inversión

Hola, me llamo Margarita y estoy casada en régimen de gananciales y no tenemos hijos. Mi marido tiene una cuenta de valores, abierta solo a su nombre, a través de la cual compra, vende y traspasa fondos de inversión. Mi pregunta es la siguiente: En el supuesto de que mi marido fallezca, de que modo podría traspasar los fondos de inversión que tenga abiertos mi marido, a un único fondo de inversión, a mi nombre y que consecuencias fiscales tiene este movimiento. Por otra parte, en caso de que resulten consecuencias fiscales, me gustaría saber como podría evitarlas o reducir su impacto al mínimo posible. Tal vez sea posible que mi marido me legue en testamento todos sus bienes y solo tenga que tributar por sucesiones. Gracias por su atención. Marga.
#2

Re: Traspaso de fondo de inversión entre los miembros de un matrimonio- Fiscalidad Fondos de Inversión

Hola Margarita: te voy a dar mi opinión, sin ser un experto en la materia.

Si el dinero de esos fondos es de naturaleza privativa de tu marido, (heredado, proveniente de bienes suyos previos al matrimonio, etc.) cuando fallezca, y al elaborar el 650-660 del impuesto de sucesiones, testamento, aceptación de herencia, etc. (la mayor parte de esta parafernalia no será necesaria si eres única heredera), se te asignarán a ti al VL que tengan el día de su fallecimiento. Él pagará la denominada "plusvalía del muerto" que será la que haya hasta ese día en el IRPF del año en cuestión.

Es decir, es como si tú los comprases el día de su fallecimiento al VL de ese día. Respecto a sucesiones, depende de la comunidad. En la mayoría están exentos, pero en algunas hay que pagar. Los fondos se valoran al VL del día del deceso, y se suman al resto del caudal hereditario.

A la viuda se le aplican unos porcentajes de reducción, por lo que, como digo, es posible que estés exenta. Todo depende del importe total de la herencia en su conjunto.

Si el dinero fuera ganancial, sería exactamente igual, pero respecto a la mitad del dinero de cada fondo, pues el resto ya es tuyo. Ahora bien, si están a nombre suyo solo, el banco (y Hacienda también),  pueden decir que son privativos suyos salvo prueba en contrario, por lo cual sería conveniente dejar por escrito constancia de esa circunstancia.

Ahora bien, si lo que preguntas es si tu marido puede hacer un "traspaso" de sus fondos a tu nombre, no se puede hacer así, pues los traspasos directamente de un fondo a otro, solo se pueden hacer con la misma titularidad. Debería de venderlos (reembolsar) y luego suscribir a tu nombre. Y claro, al reembolsar hay que pasar por Hacienda, pero esto, como ya dije antes, habrá que hacerlo algún día, y si no se hace, se produce "de oficio" el día del fallecimiento. (Es lo de la "plusvalía del muerto" que mencioné antes).

Un saludo.
#3

Re: Traspaso de fondo de inversion entre los miembros de un matrimonio- Fiscalidad Fondos de Inversión

Una vez fallecida una persona hay que atender al testamento. En ese momento, se tiene que solicitar en el banco donde estén esos fondos de inversión un certificado de los saldos a la fecha de fallecimiento.
Los herederos tendrán que partir y adjudicar los fondos de inversión, y liquidar el impuesto de sucesiones. Una vez hecho, tendrán que entregar al banco el escrito de partición y adjudicación, así como las liquidaciones y presentación de impuestos de sucesiones, y el banco cambiará de nombre esos fondos de inversión.
Una vez a nombre de los herederos, podrán traspasarlos a otros fondos de inversión a su voluntad. El precio de adquisición será el valor a fecha del fallecimiento.

Saludos.
#4

Re: Traspaso de fondo de inversión entre los miembros de un matrimonio- Fiscalidad Fondos de Inversión

Por la plusvalía del muerto no se paga absolutamente nada.

#5

Re: Traspaso de fondo de inversión entre los miembros de un matrimonio- Fiscalidad Fondos de Inversión

Cierto. Si se "traspasan" antes entre los cónyuges (reembolso-suscripción), sí. Si no, hay que pagar esa plusvalía en sucesiones, en lugar de hacerlo por IRPF, con lo que suele salir más ventajoso. Creo que lo expliqué mal antes.
#6

Re: Traspaso de fondo de inversión entre los miembros de un matrimonio- Fiscalidad Fondos de Inversión

Te equivocas.
Si reembolsa en vida paga IRPF.
Si "traspasan" entre cónyuges, el donante paga IRPF y el receptor sucesiones (donación).
El heredero de los fondos solo paga sucesiones, y sus plusvalías latentes se ponen a cero en el momento del fallecimiento.
La plusvalía que llevase el muerto desaparece.

#7

Re: Traspaso de fondo de inversión entre los miembros de un matrimonio- Fiscalidad Fondos de Inversión

¿En qué me equivoco? ¿Sabes leer además de criticar alegremente?

Si reembolsa en vida paga IRPF.
¿Y qué digo yo aquí:  "Si se "traspasan" antes entre los cónyuges (reembolso-suscripción), sí"
¿Me explica Ud. cuál es la diferencia?

Si "traspasan" entre cónyuges, el donante paga IRPF y el receptor sucesiones (donación).
Ahí si que estás equivocado. ¿De dónde deduces que hay donación? Vete a un buen asesor, y entérate... No te conformes con leer en Google. A veces, quienes se creen muy listos, acaban pagando más, porque se creen que lo saben todo.
No voy a perder el tiempo en explicártelo, ya que tú parece que lo sabes todo...

El heredero de los fondos solo paga sucesiones, y sus plusvalías latentes se ponen a cero en el momento del fallecimiento. La plusvalía que llevase el muerto desaparece.
¿Y no he dicho yo lo mismo?: "si no, hay que pagar esa plusvalía en sucesiones, en lugar de hacerlo por IRPF, con lo que suele salir más ventajoso. Creo que lo expliqué mal antes."

Por lo visto hay que explicártelo todo super técnicamente. Pues vamos a ello: en este último caso la "plusvalía" que se genera no tributa en IRPF, PERO NO DESAPARECE como dice su ilustrísima. La plusvalía está ahí, y ese incremento tributará al porcentaje que le corresponda en sucesiones, que normalmente es inferior al de IRPF, como ya dije antes. Técnicamente, y hablando con propiedad, no es una "plusvalía" para el heredero, eso es cierto. Pero el heredero recibe la cantidad inicial incrementada en esa "plusvalía", y por supuesto que paga por ella, pero en sucesiones. Si "desapareciese" (como Ud. asegura tajantemente), no tributaría por ese incremento... pero no desaparece, es decir, el heredero tributa por el importe que recibe (inversión inicial+plusvalía generada por el fallecido). Lo que sí desaparece es la tributación en IRPF por esa plusvalía en la declaración del IRPF conjunta (o en la individual del fallecido), del periodo parcial del año en que vivieron ambos cónyuges, que es lo que se conoce como plusvalía del muerto, y en esto sí me expliqué mal en mi primer post.


#8

Re: Traspaso de fondo de inversión entre los miembros de un matrimonio- Fiscalidad Fondos de Inversión

En el primer post te explicaste mal y en este, ya, te has cubierto de gloria.
El heredero del fondo paga sucesiones, sí, pero es un porcentaje del valor del fondo en el momento del fallecimiento.
Es indiferente si el finado tenía plusvalías, minusvalías o una pierna de madera.
En los tres casos, el heredero pagaría lo mismo por sucesiones.

#9

Re: Traspaso de fondo de inversión entre los miembros de un matrimonio- Fiscalidad Fondos de Inversión

Mira majo. De un individuo como tú, que ya el propio nick "ojolince" dice mucho de lo creído que se lo tiene, qué se puede esperar...

Ahora bien, no tolero menosprecios, ni siquiera velados como es tu caso. No te pongo palabras más duras porque seguramente me lo borrarían, pero rozas la estupidez.