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Tipo minimo Irpf

7 respuestas
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#1

Tipo minimo Irpf

Tenemos una empresa que tiene un trabajador con un contrato tipo 410 de interinidad calculamos que sus ingresos van a ser 2000 euros con 127 euros quisiera saber si tengo que hacerle el 2% como minimo de retencion al ser una relación inferior al año o si solamente esto se aplica en contrataos 401 de obra y servicio.Gracias.

#2

Re: Tipo minimo Irpf

Creo que lo correcto está en hacer la retención del 2%, dado que de tu comentario se desprende que es un contrato inferior al año:

Artículo 86. Tipo de retención.
(...)
2. El tipo de retención resultante de lo dispuesto en el apartado anterior no podrá ser inferior al 2 % cuando se trate de contratos o relaciones de duración inferior al año(...)

Fuente: Reglamento Impuesto Renta Personas Físicas.

Saludos.

#3

Re: Tipo minimo Irpf

Ya pero no se entiende que los contratos de interinidad son relación General, por que por ejemplo a afectos de cotizaciones sociales si se entiende como una realacion general y por ejemplo en las nominas en desempleo se descuenta 1,55 % en vez de 1,60 % que hacemos en los contratos de obra y servicio.Gracias.

#4

Re: Tipo minimo Irpf

En mi opinión, estás comparando dos aspectos que no tienen nada que ver. Por una parte la cuantía de la cotización de la Seguridad Social ante la contingencia de desempleo y por otra unas retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta.

Si vamos a hacer una retención por unos rendimientos de trabajo personal que nos obliga la ley del IRPF, nos tendremos que atener a lo que nos digan sus normas. Y yo entiendo que lo que hay que aplicar es lo que se relaciona en el artículo 86 del Reglamento del IRPF. Como al parecer la cantidad sobre la que hay que aplicar la retención es pequeña pero se trata se una relación inferior al año, la cantidad a la que te obliga el reglamento es el 2%.

Saludos.

#5

Re: Tipo minimo Irpf

Te endiendo perfectamente al hilo de todo esto que veo que eres un perfecto contraldor del IRPF, que baremo tenemos que tener para las relaciones inferiores al año aplicarles el 2% minimo yo entiendo que en una SITUACION 3 con una RELACION 2 todos los ingresos que superen los 12000 euros con 768 euros de gastos tendriamos que aplicar el 2% todo lo que pase de esto tendrias que hacer la retencion acorde a las tablas, te lo digo por llevar un control a la hora de presentar el 190 que no tengamos diferencias que luego tenemos la FAMOSA carta de la AEAT con las diferencias.

#6

Re: Tipo minimo Irpf

Disculpa si no te entiendo. Al hablarme de SITUACION 3, creo que te refieres al programa de cálculo de retenciones de la Agencia Tributaria.

En este programa, aparecen tres situaciones. Pero debes tener en cuenta, que éstas se refieren a situaciones familiares:

Situación 1: Solteros, viudos o divorciados...con hijos menores....

Situación 2: Perceptor casado cuyo cónyuge no supere en rentas 1.500 euros...

Situación 3: Solteros sin hijos, casados con cónyuge con rentas superiores a 1.500...

Todas estas situaciones no corresponden a ningún dato económico. Tendrías que marcar la correspondiente y luego en "Contrato o relación": "Duración inferior a 1 año".

Pero insisto que puede que no hablemos de lo mismo.

Y en lo referente a nuestra relación con la AEAT, a todos se nos encoge el ombligo cuando recibimos una carta suya, por más que intentemos hacer las cosas bien.

Saludos.

#7

Re: Tipo minimo Irpf

Te hablo situacion 3 con tipo de relacion 2 todos los que pasen de 12000 euros hay que hacerles una retencion superior al 2% para que luego no tengamos problemas????

#8

Re: Tipo minimo Irpf

He visto las instrucciones del modelo 190. Casilla: "Contrato o relación". Casilla 2: "Contrato o relación de duración inferior al año, con excepción de los supuestos contemplados en el código 4."

Efectivamente, es la casilla 2 la que debes marcar.

Saludos.