Me temo que aunque sea injusto marcar el límite en los 8.000,00 € para cualquier tipo de discapacidad, la norma es así, de manera que no es posible aplicar el mínimo por el ascendiente.
Lo que comentas de la deducción autonómica parece que es esta:
Por contribuyentes minusválidos, de edad igual o superior a 65 años, que precisen ayuda
de terceras personas. (Art. 1.1.4) Ley 14/2004).
Cuantía y límite máximo de la deducción:
10 por 100 de las cantidades satisfechas a los terceros por los contribuyentes de edad
igual o superior a 65 años afectados por un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100
y que precisen ayuda de terceras personas, con el límite máximo de 600 euros.
Requisitos para la aplicación de la deducción:
Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro minorada en el importe de los
mínimos personal y familiar, suma de las casillas 455 y 465 de la página 10 de la declaración
menos el importe de la casilla 679 de la página 12 de la declaración, no supere los siguientes
importes:
- 22.000 euros en tributación individual.
- 31.000 euros en tributación conjunta.
Que acredite la necesidad de ayuda de terceras personas.
Que el contribuyente no sea usuario de residencias públicas o concertadas de la Comunidad Autónoma de Galicia o beneficiario del cheque asistencial de la Xunta de Galicia.
Pero esta deducción es "para los contribuyentes". Es decir sería para tu abuela si ella hiciese la declaración, y fuese la que pagase cantidades...., pues sería la contribuyente. Pero en tu caso, entiendo que tu no la puedes aplicar.
Pero tampoco me hagas mucho caso pues esto de las deducciones autonómicas es un mundo y ni siquiera las de mi comunidad autónoma las domino.
Saludos.