#1
Venta finca rústica antigua
Buenos días:
Una persona muy mayor vendió en 2025 una finca rústica que heredó de su padre (año 1978). En 2016 ya había vendido otra finca rústica heredada de su padre y, desde entonces, le salía un recordatorio en rentaWeb de que había aplicado la Disposición Transitoria 9ª por un valor de transmisión de 6000 euros. En el desplegable para poner la variación patrimonial pregunta si se desea aplicar los coeficientes reductores de la DT 9ª de la Ley (supongo que habrá que decir que sí) y cuál es el valor acumulado de transmisión sobre el que se aplicó de 2015 a 2024 la DT 9ª. Entiendo que en ese valor de transmisión hemos de poner los 6000 euros, ¿no?
Y dos cosas más: en 2025 esta persona también vendió un garaje (urbano) que hay que meter en la declaración y por el que tuvo una ligera pérdida. ¿Tanto la venta rústica como la venta urbana se declaran dentro de “Ganancias y pérdidas patrimoniales de transmisión de inmuebles y derechos reales sobre los mismos” o va en epígrafes distintos? ¿la ganancia de la finca rústica podría compensarse con la pérdida del garaje?
Una persona muy mayor vendió en 2025 una finca rústica que heredó de su padre (año 1978). En 2016 ya había vendido otra finca rústica heredada de su padre y, desde entonces, le salía un recordatorio en rentaWeb de que había aplicado la Disposición Transitoria 9ª por un valor de transmisión de 6000 euros. En el desplegable para poner la variación patrimonial pregunta si se desea aplicar los coeficientes reductores de la DT 9ª de la Ley (supongo que habrá que decir que sí) y cuál es el valor acumulado de transmisión sobre el que se aplicó de 2015 a 2024 la DT 9ª. Entiendo que en ese valor de transmisión hemos de poner los 6000 euros, ¿no?
Y dos cosas más: en 2025 esta persona también vendió un garaje (urbano) que hay que meter en la declaración y por el que tuvo una ligera pérdida. ¿Tanto la venta rústica como la venta urbana se declaran dentro de “Ganancias y pérdidas patrimoniales de transmisión de inmuebles y derechos reales sobre los mismos” o va en epígrafes distintos? ¿la ganancia de la finca rústica podría compensarse con la pérdida del garaje?
Muchas gracias.