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Partición de herencia

7 respuestas
Partición de herencia
Partición de herencia
#1

Partición de herencia

Se va a proceder al reparto de la herencia entre varios herederos a través de escritura de partición . Todo parte de que el catastro y Hacienda están cruzando datos y en las declaraciones la viuda del finado declara el 100% de las propiedades . Una de esas propiedades es un local comercial alquilado a un tercero con contrato efectuado por la viuda y que declara ella los rendimientos que le genera el local .

La pregunta es muy sencilla . Una vez se registre en el catastro los porcentajes que corresponde a cada sujeto ¿ Los rendimientos que genere el local han de de declararse por cada sujeto en base a la cuota de reparto o la viuda puede seguir declarando el 100% de los rendimientos como hasta ahora ? No sé si me explico .

Gracias .

#2

Re: Partición de herencia

Los rendimeintos deberán ser declarados por quines ostenten el pleno dominio del local, proporcionamente a su participación, desde el día siguiene al fallecimiento de cónyuge.

#3

Re: Partición de herencia

Gracias . ¿ De donde lo has sacado ? Parece un copia y pega . Si no es así , disculpa por dudar de tus capacidades .

#4

Re: Partición de herencia

Si la viuda mantiene el usufructo vitalicio ( como esta muy generalizado), los herederos obtienen la Nuda Propiedad ( No Plena Propiedad) y las rentas ha de declararlas integramente el usufructuario. Asi que depende de como se establezca el cuaderno particional.

Saludos

#5

Re: Partición de herencia

Me ha salido sobre la marcha. No obstante como casi todo ya está inventado, seguro que en alguna parte lo he leído y se me ha quedado colgado de alguna neurona. Realmente no deja de ser un vulgar copia y pega.

#6

Re: Partición de herencia

Pero ese usufructo de la viuda, ¿no afecta solamente, si hay hijos, al tercio de mejora?

#7

Re: Partición de herencia

El usufructo sobre la Herencia , es sobre cualquier activo que genere rentas.

Los herederos obtienen la Nuda Propiedad y obtienen Plena Propiedad cuando se extinge el usufructo.

Los tercios en que se divide la herencia ,estan para poder disponer de ellos mediante testamento

La Legitima.- Que solo puede asignarse a los descendientes directos y a partes iguales
La Mejora.- Que ha de repartirse solo entre los descendientes directos pero en la proporcion que se desee y se determine en testamento.
La libre disposicion.- Que se puede asignar a quien se quiera , aunque no sea familar

El testamento "del uno para el otro" deja en usufructo universal al conjuge superstite y reparte a partes iguales la totalidad de la herencia , entre sus herederos directos, es uno de los mas utilizados, el conyuge sigue disponiendo de todos los bienes y pasan a sus herederos cuando este fallece . No puede realizar ventas de dichos bienes sin el consentimiento de los herederos.

Saludos

#8

Re: Partición de herencia

Gracias...

Pero -supongo- que eso será solamente cuando se haya hecho testamento estableciendo dejando el usufructo universal al cónyuge. Me sigue pareciendo que, en ausencia de esa disposición, y habiendo hijos, el usufructo perpetuo de la viuda (o viudo) afecta solamente a la parte de la herencia designada en el testamento como tercio de mejora...

Pero este es un tema muy complicado, que conozco muy poco.