Problemón declaración 390 y 303 cuarto trimestre de 2.010
Buenas tardes,
resulta que es la primera vez que hago declaraciones anuales y cierres de año fiscales en lo relativo al 303.
Por error ( el día 31)presenté un IVA negativo a compensar ( además del 390) cuando es cierto que el cliente me dijo que lo quería a devolver, pero eran muchas declaraciones las que llevaba en mente y fue un lapsus. Quise rectificar el mismo lunes a través de complementaria de 303 ( porque no me dan la opción de sustitutiva) y sustitutiva de 390 pero me decían que " ya existían declaraciones de esa entidad presentadas".
Total que lo quise hacer el día siguiente y ya fuera de plazo; pude hacer sustitutiva de 390 y complementaria de 303.4t pero indicando a devolver por fin. Adjunté inmediatamente un escrito explicándole tal incidencia a AEAT, demostrando documentalmente que todos los años presentamos " a devolver" y que este año tuvimos ese lapsus y encima el programa el 31 no nos dejaba modificarlo.
Y me comentan que no, que ya si presenté a compensar que se queda a compensar y que lo sienten mucho. No me lo podía creer. Entendía que podía sustituir la anterior indicando a devolver, asumiendo en todo momento la sanción por presentación fuera de plazo.
No me dan ninguna esperanza pese a presentar el escrito, el cliente está como está y yo para que les voy a contar.
Por favor, si alguien sabe algún recurso o algo para ayudarme lo agradecería de todo corazón, porque es muy grande la impotencia de ver que el programa me dejó rectificar al día siguiente y que ellos no me dan ninguna opción.
Han habido casos donde personal de la empresa han olvidado en un 390 presentar el IVA a compensar acumulado de otro cliente señalándose solo el IVA devengado durante todo el año, lo cual motivó que AEAT reclamara ese IVA devengado no ingresado. La sustitutiva la presentaron 8 meses después (no como en mi caso donde apenas transcurrió un día) nos devolvieron la deuda con apremio que inicialmente pagó el cliente pare detener el periodo ejecutivo y conseguimos que nos devolvieran toda esa cantidad, sin un euro de sanción y considerando nuevamente el IVA a compensar que por error esta persona olvidó transladar en el 390.
Me parece increíble que me estén haciendo esa jugarreta amparándose en no se que artículo, en vez de ampararse en el sentido común, porque me estoy jugando el puesto de trabajo