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Herencia de un inmueble para aparcamiento.

1 respuesta
Herencia de un inmueble para aparcamiento.
Herencia de un inmueble para aparcamiento.
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#1

Herencia de un inmueble para aparcamiento.


Un padre posee un extenso aparcamiento para vehículos que tiene alquilado a diversos inquilinos. Ejerce la actividad de arrendamiento de bienes inmuebles a titulo personal. El aparcamiento es una única entidad registral.

Posteriormente, deja en herencia a sus 3 hijos, en proindiviso, dicho aparcamiento.

Dado que, tras la herencia, serán tres los propietarios (y no uno solo, como antes), y se ejerce una actividad empresarial de arrendamiento de inmuebles,… ¿debe constituirse una comunidad de bienes?.

En tal caso, … ¿debe liquidarse el impuesto de itp-ajd-os, al 1% del valor del aparcamiento?. Si en cambio, el padre legase el aparcamiento a una empresa de la cual son los propietarios los hijos,…¿qué tratamiento tendría en el impuesto de sucesiones?, ¿tendría las mismas deducciones que si heredasen los hijos?.

Disculpad si la pregunta es un poco compleja.

Saludos.

#2

Re: Herencia de un inmueble para aparcamiento.

Realmente, sin hacer nada, ya es una comunidad de bienes, pero hay que "formalizarlo", ponerla un nombre, llevar un escrito de constitución a Hacienda y solicitar un CIF. El único impuesto es el de sucesiones.

Saludos.