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- Deducción por maternidad

7 respuestas
- Deducción por maternidad
- Deducción por maternidad
#1

- Deducción por maternidad

Buenos días tengo una duda, es compatible la deducción por maternidad a el complemento a la infancia ? Muchas gracias .
#2

Re: - Deducción por maternidad

Se ha comentado en varias ocasiones en el foro: no son compatibles.
Pero hay una excepción: si en 2022 ya se venía cobrando lo de Seguridad Social por el mismo hijo que da derecho a la deducción de la AEAT, se tiene derecho a ambas.
Si la ayuda a la infancia se ha empezado a cobrar por ese hijo (aunque la solicitud fuera anterior) después del 01-01-23, sólo se tiene derecho a ella: no a la deducción por maternidad ni a su incremento por gastos de custodia.
#3

Re: - Deducción por maternidad

Una duda...la norma dice "...aun cuando alguno de los progenitores tuviera derecho al citado complemento respecto de dicho descendiente..." no dice nada de percibir el complemento.
#4

Re: - Deducción por maternidad

En mi caso, mi conyuge venia percibiendo deduccion de maternidad+guarderia en la declaracion 2022, y tenia derecho a percibir complemento infancia durante el 2022, pero no lo solicitamos hasta el 2023, el cual ha sido aprobado con efecto 01/01/2023. Entiendo que en la declaración del 2023, mi conyuge no pierde el derecho a seguir percibiendo la deduccion de maternidad.
#5

Re: - Deducción por maternidad

Sí, sí lo dice. "La norma" es el artículo 81 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, y, en el epígrafe 3, se indica, textualmente: "...siempre que durante dichos meses no se perciba por ninguno de los progenitores en relación con dicho descendiente el complemento de ayuda para la infancia previsto en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital".
La DT 37 de la misma Ley, que tú reproduces, habla, efectivamente, de "derecho", pero, luego, se remite al cumplimiento de los requisitos del artículo 81.
Me temo que no: no tiene derecho a la deducción de la AEAT. 
Siempre podréis lucharlo en los tribunales, pero no sé si merece la pena pagar un abogado y un procurador, que ya te van a cobrar 2.000 euros, por una deducción de menos importe. En caso de querer hacerlo, yo os recomiendo hacer la declaración de tu cónyuge sin la deducción y, seguido, pedirla a través de una rectificación, para evitar sanciones; van a desestimarla, y también el recurso y la Reclamación Económico Administrativa; en un par de años ya podréis acudir al tribunal de justicia.
#7

Re: - Deducción por maternidad

Muchas gracias por tu respuesta...yo he remitido a la AEAT una consulta vinculante para ver que me responde, efectivamente en el art 81 establece que no es compatible, pero yo me acojo a la DT, en la que unicamente habla de derecho y no del percibo de la prestación. 
#8

Re: - Deducción por maternidad

Buenas, y respecto a este tema, y a las palabras "derecho"  y "percibir". Mi caso es, q me aprobaron la infancia en 2023 pero con efecto desde octubre de 2022..  En ese caso, sería compatible? 
#9

Re: - Deducción por maternidad

En tu caso si tendrías derecho a deducción maternidad en el 2023, ya que los efectos del complemento de infancia es del 2022.