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Pagar mis cuentas

5 respuestas
Pagar mis cuentas
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Pagar mis cuentas
#1

Pagar mis cuentas

Buenas tardes foro

Me acaban de contar que en España existe una  ley de que si alguien paga el ibi y todos los gastos de un imueble pues el imueble sera despues de 10 años de la persona quien ha pagado todos los gastos.
La quien lo paga es mi hermana. Lo lleva haciendo unos años.
Es la mayor de 3 hermanos y paga los gastos del imueble de mis padres. 

Gracias

Kazincul
#2

Re: Pagar mis cuentas

Eso no es así de fácil, estaría bonito. No se trata solo de pagar sino de aparecer y actuar como dueño de algo.
Busca por internet usucapión, y miras lo que de verdad es. Por ejemplo: https://www.conceptosjuridicos.com/usucapion/
Tienes que estar en posesión del bien, con justo titulo y disfrutrarlo en concepto de dueño. Sin esos requisitos son 30 años, no 10.

Un saludo

#3

Re: Pagar mis cuentas

Muchas gracias….
Ella aparece y actua como dueña en el banco y demas….
No vive en el.
#4

Re: Pagar mis cuentas

 
Si preguntas es porque sabes que tu hermana no figura como titular en la escritura del piso, o que, si figura, lo hace junto con otras personas ¿los demás hermanos acaso?. 
¿Viven tus padres y el piso está a nombre de ellos?. Si murieron, ¿tramitasteis escritura de aceptación de herencia y a quién o quiénes fue adjudicado el piso?. 
¿Por qué paga tu hermana los gastos? ¿No lo hacen tus padres si están vivos? ¿no participan en esos gastos otros posibles copropietarios-coherederos, tras la muerte de tus padres? 

Das muy pocos datos. 
#5

Re: Pagar mis cuentas

No, ella no figura como titular en las escrituras del piso.
El piso esta al nombre de mis padres. 
Mi padre ha muerto recientemente y todavia no se hico nada que yo sepa.
Ella lo paga porque mis padres no vivian en España. Ella si en cambio si.
#6

Re: Pagar mis cuentas

Además de conjeturar sobre las intenciones de tu hermana, puedes reflexionar sobre estas cuestiones:
  • Tu hermana ha abonado durante varios años los gastos inherentes a un piso que no es suyo, que no ha usado, que no ha disfrutado, pues dices que no vive en él, ni es de suponer que lo haya alquilado y se quedase con la renta. Quizá tus padres le pidieron que pagase dichos gastos porque no dejaron ninguna cuenta bancaria en España donde domiciliar dichos gastos, los cuales ellos deberían reembolsarle salvo que tu hermana lo rechazase. Quizá tu hermana haya pagado porque no quiere ver cómo sobre ese inmueble recaen impagos, recargos, multas, procedimientos de embargo, etc., con las añadidas complicaciones administrativas que ella tendría que solventar.
  • Si tus padres no le reembolsaban los gastos del piso, quizá los otros dos hijos hayáis hecho alguna gestión ante vuestra hermana para participar en el pago de esos gastos.
  • Como ya sabrás, lo aconsejable es que contactes con tu hermana –y tu otro/a hermano/a- para tramitar lo concerniente a la herencia de tu padre (y la de tu madre si murió anteriormente y no hicisteis nada en su día). Si ella no quiere encargarse del trámite, busca un abogado e inicia tú la tramitación si crees tener derecho a heredar una parte de ese inmueble: supongo que por eso has abierto este hilo, no por mera curiosidad sobre la institución jurídica denominada “usucapión” que bien te ha indicado el forero Leopol72. En ese proceso hereditario se evidenciará si tu hermana tiene o no la pretensión de ser la propietaria única del piso.